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28/03/2024. 16:58:45

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Algo más sobre el lenguaje no verbal en la comunicación abogado-cliente

abogado y consultor psicológico

Me he prepuesto transitar un poco en el camino de la comunicación no verbal, en la relación cliente-abogado. En tal sentido mi primera entrega fue el título: «Lo que el cliente dice sin palabras».

A esto le quiero agregar una serie de principios o reglas que rigen el proceso total de la comunicación humana, que yo estoy enfocando en el vínculo cliente-profesional, pero es aplicable a cualquier relación "entre existencias", de las cuales también podemos mencionar en el campo de la abogacía – reitero es nuestra incumbencia-  a la de abogado-abogado, abogado-fiscal, abogado-juez, abogado-perito, etc. La primer gran regla es que: El lenguaje no verbal o analógico no se da en forma aislada del lenguaje verbal o digital. Si bien hemos dicho que el hombre comunica verbalmente el 35 % de lo que expresa y el otro 65 % lo hace mediante el lenguaje del rostro y los gestos, esto no significa que estas formas del lenguaje actúen aisladamente. Lo pueden hacer en forma simultanea o consecutiva, pero el lenguaje no verbal y verbal siempre forman integralmente el proceso de comunicación.

La segunda regla que rige el proceso total de comunicación nos dice que: según la situación existencial que se está viviendo en el vínculo humano, hay un tipo de lenguaje que predomina. Veamos un poco el tema abogada o abogado lector. Si usted está viviendo un vínculo con el cliente se supone que predomina el lenguaje verbal, aunque este presente la comunicación del rostro y los gestos. Puede ser que por un momento logre predominio el lenguaje no verbal, como por ejemplo en el caso que usted o el cliente quieran trasmitir un disgusto. Pero básicamente en el vínculo profesional el lenguaje será verbal. Si usted colega me dice que hay situaciones  del ejercicio de la abogacía experimentadas, en que predominó prolongadamente el lenguaje no verbal, le puedo decir que no se está manejando bien la comunicación con el cliente – no es factible desarrollar la labor de abogado primariamente con gestos -, o bien se ha equivocado de ¨ caso ¨ para poner como experiencia, ya que el predominio del lenguaje verbal en un encuentro, sobre todo positivo, con el Otro ( ¿cliente?) es para expresar emociones en el amor o flirteo.

En síntesis podríamos decir que en la ¨ convivencia necesaria ¨ entre las dos formas de leguaje: verbal y no verbal, la vida en común entre ambas, es de alternancia y puede ser armoniosa o de fricción, esto a partir del lenguaje no verbal o analógico. Veamos un poco esto. A veces el lenguaje no verbal repite la palabra. Es el típico asentimiento con la cabeza, cuando uno dice que si. Movimiento afirmativo que se produce sin que uno se de cuenta, como instintivamente. En cambio hay momentos en que el lenguaje no verbal contradice lo dicho mediante la palabra. Por más que uno intente disimular, diciendo que está a gusto cuando en realidad no es así, la ¨ cara lo vende ¨; se nota el fastidio o desagrado que produce el momento que se vive. Puede ser que el lenguaje gestual sustituya al verbal. Por ejemplo si alguien nos pregunta: ¿te fue bien en la entrevista?; uno puede contestar con gesto afirmativo con la cabeza. Otra situación es cuando el lenguaje gestual refuerza la palabra. Un ejemplo estaría en esas esperas de algún testigo a la audiencia y cuando vemos que esta llegando más tarde de lo pactado uno le dice: habíamos quedado a las nueve, a la vez que señalamos el reloj en forma ampulosa. Finalmente tenemos el caso en que el lenguaje no verbal o gestual regula la conversación verbal que uno sostiene con Otro. Por ejemplo si queremos hacer uso de la palabra cuando la viene teniendo otra persona, uno suele levantar un poco la mano, como diciendo ahora voy a hablar; o también puede darse el caso en que yo quiero que mi interlocutor siga hablando, y lo asiento en sus dichos con movimientos de cabeza, con lo que quiero decir continua hablando, me interesa que lo sigas haciendo.

Como ha podido apreciar estimada lectora o lector, la comunicación con el Otro es total y se integra con el lenguaje verbal o digital o el no verbal o analógico o gestual. Estos lenguajes no trabajan en forma aislada. Uno va a predominar según la situación en que estemos comunicando. El lenguaje no verbal puede tomar un protagonismo importante en la comunicación que entablemos los abogados, donde en principio el lenguaje verbal ( incluye al escrito)  por la naturaleza de los vínculos que se establecen es el principal.

Seguiremos hablando sobre el lenguaje no verbal. Hasta entonces.

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