LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

19/04/2024. 08:23:49

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

¿Cobramos mucho los abogados?

Manuel de Cristóbal

Siempre me ha parecido que la frase «todo es relativo» es totalmente falsa porque implica en sí misma una afirmación absoluta.

Y pretender la "regulación del mercado de la competencia" para que exista "libre competencia" supone una contradicción, en sus propios términos, como ocurre con la frase inicial de este artículo.

Poseemos una serie de organismos reguladores de la competencia: nacionales, autonómicos, etc. También tenemos más de medio centenar de colegios de abogados y cuentan que más de 100.000 abogados en ejercicio. Esto, mi profesor de Economía lo llamaría un mercado atomizado, mercado perfecto etc.

La justicia gratuita es una obligación del Estado que debería pagar el Estado pero que soportan los abogados debido a que atienden el tuno de oficio y el Estado no les paga lo que debería. La diferencia de precio entre lo que paga el Estado y lo que debería pagar es una obligación del Estado que soportan los abogados mediante una menor retribución.

Con precios ridículos, 70€ por un juicio, con retrasos en las vistas de dos horas y retrasos en el pago, en algunos sitios dicen que hasta de dos años, han generado unos incipientes estudios de los colegios de abogados sobre los costes y los precios, por debajo de los cuales esta actividad profesional no puede sostenerse.

 Dicen que varios organismos supervisores de la competencia de varias comunidades autónomas van a actuar contra estos colegios y contra la coordinación de precios que afirman existe entre los más de 100.000 abogados, derivadas de estas iniciativas.

Todos sostienen que esta actividad no coordinada pero coincidente de los organismos del Estado y de las autonomías no tiene nada que ver con esta deriva que está tomando el turno de oficio y la reclamación de los profesionales para que la justicia gratuita sea soportada por el Estado y no por los abogados.

Algunos apuntan como solución hacer un concurso público para que grandes empresas pujen por proporcionar este servicio y que se adjudique a quien esté dispuesto a hacerlo al menor precio. Estas empresas contratarían abogados como personal laboral o realizarían contratos mercantiles con abogados autónomos.  

Verán Vds., los trabajadores por cuenta ajena pueden reunirse en sindicatos, asociaciones e incluso por empresas para regular la retribución de su trabajo en los llamados convenios colectivos. También se pueden fijar límites mínimos en convenios marco, en leyes como la del Salario Mínimo Interprofesional, etc. y el regulador de la competencia lo considera legítimo.

Pero si al trabajador por cuenta ajena le "echamos" y le obligamos a ser un "autónomo vinculado", le estamos privando de la posibilidad de negociar la retribución de su trabajo y, en realidad, le "echamos" no a los leones, sino a una manada de leones, tanto más peligrosa cuantas menos empresas existan en ese sector y cuanto más grandes sean esas empresas y, sí intenta llegar a un acuerdo con sus excompañeros para mantener algo parecido al convenio colectivo que tenían unos meses antes de que los "echaran", competencia daría el alto y lo consideraría "coordinación de precios ilegal".

Veamos un primer caso concreto:

Tal vez todo esto sea una exageración, pero sí está prohibido vender por debajo del precio de coste: ¿Cómo han conseguido, consentido y mantenido que la leche se venda por debajo de ese coste de producción? Por una sencilla razón, porque a los trabajadores adscritos a una gran empresa los convirtió en "autónomos" y fueron excluidos de los convenios colectivos. Por cierto: ¿Cuál sería el convenio colectivo aplicable al cuidador de vacas por cuenta ajena? Si no les suena, tal vez se encuentre extinguido. Pero esto no es indicativo de ninguna coordinación entre grandes empresas lecheras ni indica actividades contrarias a la competencia… pero sí los vaqueros se reúnen…

Los pobres vaqueros luchan, y se reconoce su heroica lucha, para intentar conseguir un precio mínimo, desconociéndose la causa de haberles doblegado durante años y obligarles a vender violando la ley, es decir, vender por debajo del precio de coste. ¡Cómo sigan quejándose habrá que multarles por vender por debajo de coste y, además, por dar publicidad a su infracción! Pero puede que esta prohibición sólo sea aplicable a la venta al por menor pues, en grandes superficies, no se puede vender por debajo del coste, pero si se permite que las empresas industriales lecheras compren leche por debajo del coste . . . o eso dicen los vaqueros . . .

También a los abogados se nos está vetando poder asegurar un precio mínimo por nuestros servicios. Y esto es solamente la antesala a "subastar" el turno de oficio a la gran empresa que esté dispuesta a pagar menos a sus "contratados por cuenta propia". Parece que miles de abogados somos capaces de coordinarnos con más facilidad que cuatro o cinco "grandes centrales lecheras"… ¡Perdón! Grandes despachos, que son los que pujarán por este servicio.

Veamos un segundo caso concreto:

Las multinacionales de las semillas consiguen "certificar", "patentar", "asegurar" y "garantizar" la "propiedad" de esas semillas, hasta el punto que, en pocos años, la principal actividad del SEPRONA será perseguir a quienes planten cualquier cosa sin pagar a una multinacional. Sin embargo, los abogados no podemos "patentar" la propiedad intelectual de una argumentación, es más, el CGPJ nos expropia gratuitamente de ese derecho, y pasa a "vender" esas sentencias que recogen los argumentos que nosotros hemos hecho. Miles de abogados, con miles de argumentos, no necesitamos la misma protección que 4 ó 5 multinacionales fabricantes de semillas.

Veamos un tercer caso concreto:

Los médicos deben pasar por la universidad y después por un MIR o un PIR ¡cómo se llame este año! Porque el año que viene ya le habrán cambiado el nombre. Y esos conocimientos y experiencia, sólo se puede conseguir en unos pocos centros, a costa de pacientes, de enfermos, heridos y moribundos, que pagan durante toda su vida a la Seguridad Social para servir de entrenamiento, cuando peor se encuentran anímicamente, en hospitales universitarios, a futuros médicos que emigrarán a Alemania. No existe coordinación ni en los precios de las universidades privadas, ni en la sucesión de castas en las cátedras, ni en nada… Aquí la supervisión de la competencia no tiene ningún "target", ningún objetivo que perseguir.

A miles de abogados, que salen de la universidad sin haber realizado una sola práctica, competencia sostiene que no se les puede vetar el acceso al turno de oficio por carecer de una experiencia mínima o una formación práctica que la universidad no facilita. Por eso, competencia va a cargar contra esas injustas normas que exigen acreditar una formación práctica mediante un examen. Esto aumentará el número de abogados y permitirá bajar el precio. Y, respecto a la calidad del servicio…, de eso no opina competencia. Pero no olvidemos que es algo necesario para lo expuesto en el ejemplo primero: tres o cuatro grandes operadores jurídicos necesitarán miles de abogados dispuestos a trabajar por 10€/asunto y no es ni una exageración ni un sarcasmo, es una previsión. La conclusión es lo razonable de la suposición inicial del regulador de la competencia: debemos impedir la coordinación de precios de los abogados para abaratar la factura del Estado en justicia gratuita.

Veamos un cuarto caso concreto:

Dicen que los delitos de pensamiento no existen y que la libertad de expresión es uno de los pilares de la democracia. La investigación científica, la protocolización de tareas, la tabulación de los elementos, el estudio de "imput" y "output" que componen un proceso industrial o una actividad humana, son el elemento fundamental del desarrollo de la economía, de la producción en cadena, de la fijación de precios y de nuestro modo de vida.

Pero no podemos dejar de perseguir y multar a quienes se atreven a escribir, so pretexto de la libertad de expresión, pseudoestudios pseudoilegales y pseudocientíficos sobre los costes de la actividad forense, para llegar a la conclusión de CUÁL ES EL PRECIO MÍNIMO, el precio de coste del servicio, pues está claro que debe ser cero, todo lo que paga el Estado por justicia gratuita siempre debe ser una cantidad a reducir.

Más de medio centenar de colegios de abogados se han coordinado con miles de colegiados para cobrar 70€ por un juicio de faltas (baremo del turno de oficio). Tal vez si dejamos que cualquiera pueda defender en juicio y ponemos de intermediario a una gran empresa, podamos rebajar tan altos honorarios a esos abogados y dejarlos en 10€ más el beneficio industrial de la empresa pujadora, y así mejorará el sistema de justicia o, al menos, la factura de la justicia, permitiendo la entrada a dos o tres grandes empresas que pujen por el turno de oficio, que siempre serán más amables, negociadores y colaboradores que 100.000 abogados y 50 colegios manifestándose.

La prohibición general de vender por debajo del precio de coste no tiene sentido aplicarla a los colectivos de abogados, porque pudiendo comer del aire, vivir en la calle, y teniendo el placer de utilizar los ingresos de su cónyuge para pagar el IVA, el IRPF y otros impuestos, no tienen necesidad de cobrar nada y por ello estudiar cuanto les cuesta su actividad, hablar sobre el tema o defender colectivamente una retribución mínima, es  perder el tiempo en algo que está claro que es CERO… y puede provocar malas ideas.

Debido a todo ello, competencia, en ejercicio de sus funciones, NO ha coordinado ningún plan para que, al mismo tiempo, Andalucía, País Vasco, Madrid y Galicia preparen expedientes o informes para activar la actividad del "superregulador" (existe un organismo regulador de la competencia por comunidad autónoma y otro a nivel nacional). Ellos son libres y competentes, y sólo es una coincidencia que todos se activen al mismo tiempo contra el mismo objetivo, ese colectivo que se atreve a pedir al Estado más de 70€ por un juicio de faltas que, recordemos, es lo que cobra un abogado del turno de oficio, porque está claro que, aún cuando la justicia gratuita sea una obligación del Estado, es obligación de los entes del Estado conseguir que el cargo por ese derecho ciudadano y obligación estatal de garantizarlo, se rebaje a cero, que es su precio de coste, como el de la leche… ¡LA LECHE!

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.