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28/03/2024. 10:55:40

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Cuando pan no significa pan, ni vino significa vino

Profesor de Investigación del CSIC

A. J. Vázquez Vaamonde

Según recientes noticias la CNMV ha abierto un expediente sancionador a Caja Madrid, Bancaja, Caixa Laietana, Bankia y su matriz, BFA. Esta decisión, no por demorada menos necesaria es, sin embargo por “no gestionar adecuadamente los conflictos de interés” – delicada expresión para decir lo que Berceo, un descarado, hubiera llamado abuso de confianza – en los cases de operaciones entre preferentistas “a precios significativamente alejados de su valor razonable” – algo que Berceo hubiera denominado estafa – y también por “malas prácticas” al colocar estos productos entre clientes que no reunían los conocimientos mínimos sobre el mercado – algo a lo que Berceo hubiera denominado falsedad documental.

La CNMV confirmó la apertura de los expedientes a Bankia y a su matriz y que el pasado 13.03.2014 y la incoación de otros a Caja Madrid, Bancaja y Caixa Laietana por igual motivo: la "presunta comisión de una infracción muy grave" por incumplir el artículo 99 de la Ley de del Mercado de Valores al "no gestionar adecuadamente los conflictos de interés generados por la realización de cases entre sus clientes a precios significativamente alejados de su valor razonable". En realidad ha incumplido casi todos y cada uno de los apartados que establece el art. 99, en cantidad que exceden las letras del alfabeto

Los hechos objetivos acreditan que antes de estallar el escándalo de las preferentes algunos clientes altamente cualificados se desembarazaron de esos "productos financieros" lo que permite suponer un delito adicional de información privilegiada. Esta hipótesis la sustenta el hecho de que tal "colocación" sólo era posible si intermediaban – ¿cómo coautores? – las propias entidades que eran las únicas que tenían acceso a otras personas conocedores de su nula preparación, que es como las hubiera identificado Berceo.

Los documentos "oficiales" las identifican como que tienen "menor preparación"; sin dejar de ser cierto falsea la realidad al "dulcificarla" – ¿para disculpar al presunto delincuente? La operación está siendo investigada por la Audiencia Nacional ¡tras años de escándalo público sin que nadie lo viera! En el caso de Bankia el incumplimiento se produjo del 23.05 al 15.11.2011;o en el resto de entidades fue del 21.06.2010 al 22.05.2011.

La apertura del expediente a Bancaja por "la presunta comisión de una infracción muy grave" entre el 01.01.2008 al 03.04.2009 sobre la venta de preferentes "sin evaluar si resultaban adecuadas a los conocimientos y experiencia de los clientes y advirtiéndoles, erróneamente, de que no estaba obligada a evaluar la adecuación del instrumento ofrecido". Berceo hubiera dicho que Bancaja – como todas – sí había evaluado que los conocimientos y experiencia de los clientes eran inadecuados; además les había informado falsamente sobre la naturaleza real de esa operación ocultándole sus riesgos. Por las preferentes de Bancaja y por igual razón se ha incoado otro expediente sancionador a BFA.

La instructora de los expedientes emplazan a la Audiencia para que les informe de los motivos que le llevaron a reclamar información sobre posibles expedientes relacionados con las preferentes en diversos oficios a la CNMV y de los documentos que "sirven de sustento a tal petición". Quieren analizar "la posible identidad o inseparabilidad" de los hechos que investiga él y el supervisor. En tal caso suspendería el expediente administrativo al prevalecer el principio de "preferencia del orden jurisdiccional penal" (art. 96 de la Ley 24/1988)

La CNMV puede investigar las operaciones realizadas por entidades financieras, p. ej. las emisiones de participaciones preferentes por ser el supervisor de los mercados y si detecta irregularidades debe abrir un expediente pero ya entonces planteando acusaciones concretas. Las entidades pueden presentar alegaciones frente a ellas. La prudencia, a veces excesiva, de la CNMV hace que casi siempre acabe en sanción que impone ella CNMV si es leve o tiene que darle el visto bueno el Ministerio de Economía si fuera grave o muy grave, como es el caso, en el cual, además, se publicaría en el BOE.

Lo delicado de estas noticias es lo delicado de la descripción del hecho; por delicadeza nunca se califica de "estafa", "acuerdo para delinquir", delito de información preferente", "alteración de los precios del mercado", etc., ¡ni siquiera anteponiendo la palabra mágica de "presunto", que es como el Código Penal califica estos delitos. El dinero es algo muy delicado

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