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29/03/2024. 10:58:29

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¿Cuándo y cómo hay que decirle que no al cliente?

abogado y consultor psicológico

Entiendo que no es sencillo resolver este interrogante, sobre todo cuando el abogado debería ponderar el efecto «psicológico» en el cliente como consecuencia de la negativa profesional a seguir llevando un caso. Veamos.

En los prolegómenos de la relación profesional, el poder decir «no» se presentaría como más sencillo, ya sea porque el tema jurídico es ajeno a la rama del Derecho que uno ejerce, o por cuestiones de ética profesional, como también por razones económicas. Pese a ser el inicio del vínculo, la negativa del abogado puede causar al cliente, desde lo psicológico, sensación de frustración. Uno no debería hacerse cargo de ello. Sí podría tener presente que, si el rechazo de asumir el litigio suele generar sensación de desamparo en quién pretende convertirse en cliente, sería regla de un buen profesional decir su «no» con el suficiente rodeo como para no herir y si es factible con sentido de consejo. Ello es parte de la función social del abogado. Además, la cortesía profesional siempre puede dar frutos.

Distinto es el panorama cuando los abogados ya hemos avanzado en la relación con el cliente y uno, después de profundizar la viabilidad del litigio, obtiene como resultado que hay que decirle a nuestro asistido que no se puede llevar la acción pensada por diversas razones, que pueden ser por falta se sustento legal, de ética profesional, porque si bien es justo el reclamo, no hay andamiaje jurídico que lo sostenga, o también podría ser por razones fácticas, como el carecer de elementos probatorios. Decir que no, cuando al principio dije que sí, aunque haya sido de una manera condicionada, va a requerir mucha sensibilidad profesional. Uno no es autómata en la relación con el cliente, es autónomo; pero esto no significa que debo desentenderme del tema litigioso, sin velar por la salud psíquica del asistido, ya que mi negativa lo va a frustrar, lo va a poner en situación de desasosiego. No hay que olvidar que para el cliente, el abogado, psicológicamente, es la imagen de madre o padre. Pues bien, el no seguir con el caso sería un límite equivalente como el que impone un padre, pero, según como se establezca, podría representar para el cliente un abandono.

Si el cliente no tiene razón legal en su pretensión jurídica, no bastaría que le mencione las normas que le son adversas. Vaya más profundo, colega, y ayúdelo a trascender su mirada subjetiva del Derecho aplicable al caso, conéctelo con la visión objetiva que la sociedad tiene del Derecho en juego, intente que él tome conciencia de la inconsistencia de su postura jurídica. Otro tanto uno deberá hacer cuando advierta que el asistido lo quiere «usar» para consumar actos de venganza. Intente demostrarle que los deseos deben sacrificarse por la vida en común. También la labor psicológica deberá estar presente cuando se tenga que explicar al cliente que legalmente tiene razón, pero los elementos probatorios no alcanzan. Aquí el camino estaría en hacer ver al asistido que es su propia torpeza o falta de diligencia la que lo lleva a la indefensión. A lo hora de decir «no», tenga presente que su profesión se halla en contacto con los sentimientos y frustraciones de su cliente. Asístalo integralmente.

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