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19/04/2024. 20:35:20

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Dame una “B”, dame una “A”… La identidad de las entidades de crédito y el plan de rescate

Abraham Nájera Pascual

¿Qué es lo que ha cambiado entre finales de septiembre y principios de octubre? Ha pasado más de un año desde que la crisis hizo su aparición en escena con las hipotecas subprime estadounidenses. Sin embargo, ha sido hace apenas unas semanas cuando el Gobierno, con urgencia y a golpe de Real Decreto-Ley, ha empezado a tomar cartas en el asunto que en buena medida está en el centro de toda esta situación: la falta de liquidez de las entidades de crédito.

En los últimos meses hemos pasado de la más rotunda negación a lo que parece ser ya, atendiendo a las evidencias, la fase final de aceptación, que diría Kübler-Ross. Tarde seguramente, pero al menos parece que algo se quiere hacer, aunque sea arrastrados por la bola de nieve que rueda cuesta abajo fuera de control. Sin duda, debemos agradecer al salto que dio la crisis a este lado del Atlántico, llevándose por delante a algún que otro banco europeo y últimamente a más de un país, que al fin tengamos tres normas -apenas cinco páginas del BOE con exposiciones de motivos incluidas, eso sí-, para que nuestro sector financiero se resguarde del temporal.

También el plan Paulson comenzó siendo poco más que un folleto publicitario, para después rozar el millar de páginas. Ahora nuestra esperanza está puesta en las órdenes de desarrollo, cocinadas a fuego lento entre políticos y una de las cuales ya ha visto la luz, porque el principal problema de los dos Reales Decretos-Leyes – de los que depende el futuro de nuestras entidades de crédito y de nuestra economía – es la falta de concreción.

Junto al 7/2008, que autoriza el otorgamiento de avales del Estado a determinadas emisiones de deuda, el Real Decreto-Ley  6/2008 se ocupa de la creación de un fondo público, dotado con hasta 50.000 millones de euros, para adquirir instrumentos financieros emitidos necesariamente por entidades de crédito o fondos de titulización, que se encuentren respaldados por créditos concedidos a particulares, empresas y entidades no financieras. Conforme a las directrices de inversión sentadas por el Consejo Rector del fondo, parece que sólo tendrán sitio en sus subastas los bonos de titulización, de activos e hipotecarios, y las cédulas hipotecarias, teniendo estas últimas un papel protagonista al ser las únicas que pueden ser objeto de compra en firme, directamente o sirviendo a su vez de respaldo a bonos de titulización. La pregunta es obligada: ¿necesitamos más crédito hipotecario a estas alturas? ¿es la finalidad del fondo ayudar a las inmobiliarias a dar salida a una cartera de viviendas que empieza a enquistarse?

Pero, para empezar, tampoco está clara la forma en que el fondo conseguirá su objetivo de abrir el mercado del crédito bancario. Si el Real Decreto-Ley se limita a proclamar su intención en la exposición de motivos, el peligro de que la liquidez derivada de las subastas del fondo se dirija únicamente a atender el endeudamiento de las entidades de crédito no desaparece en su desarrollo a través de la Orden EHA/ 3118/2008 y de las directrices de inversión que publica el BOE de 3 de noviembre. Se exige que los bonos o cédulas sean de reciente emisión – no anterior al 1 de agosto de 2007 para las compras simultáneas – pero esto no significa que los créditos subyacentes tengan que serlo. Se concreta además la preferencia por las nuevas financiaciones a través de la aceptación de pujas no competitivas, que podrán representar hasta el 25% de la cantidad subastada, en función de la contribución de cada entidad al crecimiento del crédito tras la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 6/2008. Pero ¿por qué sólo el 25%, si la finalidad última del fondo es permitir aliviar la angustiosa situación de empresas y particulares, aunque sea mediante la financiación bancaria?

Y esto nos lleva a otra reflexión: siendo inevitable – al parecer – que la recuperación de la economía real se canalice a través de las entidades de crédito, ¿recurrirán estas al fondo de adquisición de activos financieros cuando tienen la alternativa de las subastas del Banco Central Europeo, cuando corren el riesgo de retratarse como entidades en dificultades? Porque, si el fondo se financiará con deuda pública, en un escenario en el que previsiblemente muchos países tendrán que competir por hacer atractivos sus títulos, y el tipo mínimo de subasta no podrá ser inferior al de aquella, para que el Estado no salga perdiendo; está claro que sólo los bancos y cajas en verdaderos apuros apelarán voluntariamente a una solución previsiblemente cara como esta, en la que además habrán de deshacerse de sus mejores activos, lo que no deja de ser llamativo cuando el problema han sido precisamente los activos de dudosa calidad. Que la identidad de las entidades de crédito no se desvele inmediatamente, como parece estar proponiéndose, sino que se aguarde un tiempo prudencial para hacerla pública, puede que tampoco sea incentivo suficiente para quien a la postre vive de la confianza de sus clientes.

En fin, muchos interrogantes todavía por resolver, y como último consuelo, por si todo fallase, el fondo de garantía de depósitos y su flamante cobertura de 100.000 euros, aun cuando no se sepa a ciencia cierta de dónde provendría el dinero necesario si hubiera que recurrir a él en masa.

Esperemos no llegar hasta ahí.

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