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25/04/2024. 02:55:34

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El agricultor activo en la nueva PAC

El pasado 20 de diciembre, se ha publicado en el BOE el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, en el que se contemplan la definición y requisitos para considerar agricultor activo, lo que permite poder cobrar las ayudas a los profesionales de la agricultura.

Después de varios borradores finalmente la figura de agricultor activo se ha definido en el art 8 señalando que  se concederán pagos directos a personas físicas o jurídicas, o grupos de personas físicas o jurídicas si sus ingresos agrarios distintos de los pagos directos suponen, al menos, el 20% de sus ingresos agrarios totales en el periodo impositivo disponible más reciente, aunque se ha abierto la manga al poderse tener en cuenta los dos periodos impositivos inmediatamente anteriores.

Una vez realizada esta comprobación, si el solicitante no cuenta con ingresos agrarios distintos de los pagos directos del 20% o más, podrá ser considerado agricultor activo, pero será considerado como una situación de riesgo a efectos de control. A este respecto se comprobará si el solicitante ha tenido ingresos agrarios en alguno de los tres periodos impositivos inmediatamente anteriores y que el beneficiario asume el riesgo empresarial de la actividad que declara en su solicitud.

Excepciones a los requisitos de agricultor activo (art. 9): los requisitos de agricultor activo no se aplicarán a aquellos agricultores que en el año anterior hayan recibido pagos directos por un importe igual o inferior a 1.250 euros.

¿Cómo se acredita la Actividad agraria? (art 11)

    a. mediante la producción, cría o cultivo de productos agrarios, con inclusión de la cosecha, el ordeño, la cría de animales

    b. mediante el mantenimiento de las superficies agrarias en estado adecuado para el pasto

    c. o el cultivo sin ninguna acción preparatoria que vaya más allá de los métodos y maquinaria agrícolas empleados de forma habitual.

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