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29/03/2024. 07:14:44

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Estudiantes Extranjeros, que quieren y no pueden

Abogada especializada en Derecho de Extranjería

Isabel López Ramos

Dedicado a todos los universitarios que no atienden en clase y después se arrepienten de no haberlo hecho.

En mi experiencia como profesora asociada en la Universidad Carlos III, he aprendido mucho acerca del nuevo perfil de los estudiantes de nueva generación.

Los medios con los que cuenta un universitario para acceder a todo tipo de información hoy en día son extremadamente superiores a los que yo tenía. Pero considero que el tú a tú entre profesor y alumno es la mejor forma de aprender, y más cuando lo que te toca enseñar es algo tan aburrido, a priori, como el Derecho Administrativo.

Por supuesto, en la carga docente nunca aparece la materia de Extranjería. Error gigantesco que he podido comprobar con el paso de los años.

Por el despacho pasan después, ex alumnos, que, como es de naturaleza pura, se han echado novias. De distintos países, porque la inmigración, entre otras, da la riqueza de poder mezclarnos.

Y como es también naturaleza pura, sólo los curiosos prestaban atención a las clases que daba explicando Extranjería fuera de programa. Sumamos y tenemos universitarios, uno español, y otro extranjero, en una relación sentimental  y la difícil gestión de sus autorizaciones de estudiante que no saben por dónde coger y con la Administración frenando su derecho.

El estudiante extranjero está en una situación de estancia, pero no es residente. Qué significa esto? Que puede estudiar, pagar las tasas correspondientes, empadronarse en España, tener un trabajo a tiempo parcial, cotizar a la Seguridad Social……durante años….pero no será un ciudadano residente. No podrá acceder a un trabajo de tiempo completo, no podrá solicitar nunca la nacionalidad española…

Hasta ahí, incluso entendible, si contamos que a los tres años como estudiante, si conviene, se puede pasar al régimen general, (trabajar a tiempo completo y residir), obviamente si se deja de estudiar, porque las horas son las que son: 24 al día.

Pero qué pasa cuando la academia que contrataron desde su país de origen no está debidamente homologada? ¿O directamente, después del pago de la matrícula llegan y no existe esa escuela? Porque para ser estudiante en España hay que solicitarlo desde el país de origen, y sin contactos o amistades previas, la única referencia es lo que estas academias ofrecen en sus webs….

Cuando llegan, no hay escuela, o no está homologada por el Ministerio de Educación…. O las asignaturas son más de las informadas, o el postgrado no es exactamente lo que se quería estudiar, o han variado el plan de estudios…

En estas situaciones, el estudiante ucraniano, o taiwanés, No tiene más remedio que seguir estudiando lo que no le sirve o no les gusta….

Porque Sólo se prorrogará la estancia anual si acredita que ha superado las pruebas para la continuidad de los estudios. De esos estudios para los que solicitó desde su país de origen la autorización….

Si ha cambiado de opinión, si ha encontrado otro centro en el que la enseñanza sea más apropiada para él, otro proyecto de investigación….., nuestro Reglamento de Extranjería no le permitirá renovar su permiso de estudiante y quedará en situación irregular.  

Los alumnos que se "crían" en las universidades de España pueden ELEGIR. Existen materias optativas, el Título es algo que se lucha sabiendo que tiene validez y reconocimiento, se sabe en todo momento cuáles son las materias de las que se van a examinar….. Es muy difícil para ellos entender que a otros compañeros se les limiten los movimientos de decidir qué quiere estudiar.

Llegados a este punto y con verdadera angustia nuestros jóvenes deciden ayudar a sus parejas, a las que se les ha denegado la tarjeta, que están en vía de recurso y  tardará en resolverse un año o más, que puede ser denegado de nuevo y  habrá que acudir a la vía Jurisdiccional Contenciosa Administrativa (esperas de tres años aproximadamente)  o tendrán que volver a Tailandia, México o cualquier otro país lejanísimo para ellos.

Y como he dicho, los estudiantes de hoy tienen mucha información y se las saben casi todas….Solución: Me caso con ella

Esto es lo que antes o después escucho, y donde profesionalmente hay poco que aconsejar, porque…..cómo frena un abogado el amor a los veintitantos??

Los trámites en Derecho de Extranjería son mejorables, altamente mejorables, son exclusivos, cada expediente es distinto, y se deben contemplar todas las razones. 

Cada estudiante tiene su historia, y la Administración debe resolver con todos los datos posibles. No denegar por parámetros generales, solicitar más datos, más documentación al interesado, entender las causas del cambio…

La Extranjería debe basarse en el caso concreto igual que otras ramas del Derecho. 

Los extranjeros que quieren perfeccionar sus estudios y llegan a España son, por lo general, personas cualificadas, que en la mayoría de los casos, amplían aquí conocimientos, participan en intercambio de alumnos o llevan a cabo servicios de voluntariado.

España es el mayor receptor de estudiantes de intercambio Erasmus, pero hay que legislar y actuar convenientemente para todos aquellos que encuentran en nuestro país un destino relevante en oferta educativa y que enriquecerán el mercado laboral en un futuro.

Un estudiante tiene permiso si acredita poder cubrir sus gastos de estancia, de sus estudios y del regreso a su país. Cuenta con un seguro médico privado para toda su estancia, algunos ingresan en escuelas de alto rendimiento para ser deportistas del más alto nivel. 

Y a ellos, no se les puede poner trabas, porque son jóvenes, son válidos, y buscan otras formas. El matrimonio como alternativa para poder doctorarse en ningún caso puede ser la solución. 

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