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19/03/2024. 08:38:03

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Hay que organizarse… o del desconcierto normativo

Magistrado. Doctor en Derecho

Javier Fuertes

A finales del pasado año el Gobierno nos regalaba, en un ejercicio de ambiciosa programación, un Plan Normativo Anual. Un hermoso catálogo que mostraba las 287 normas que verían la luz a lo largo del año 2018, en el que se incluían 47 Leyes (38 ordinarias y 9 orgánicas) y 240 Reales Decretos y suponían la transposición de 52 directivas de la Unión Europea.

Resulta una tentación irresistible no hacer referencias a lo que legislador y gobierno estatal ha hecho desde entonces, y no solo fijándose en lo que se esperaba que hiciera, y no ha hecho, sino en lo que no estando previsto en ese plan empieza a pedir sitio en él.

Desde la presentación del Plan (Consejo de Ministros del 7 de diciembre) nos hemos encontrado que en el BOE se han publicado una Ley Orgánica y tres Leyes Ordinarias. Ninguna de ellas se corresponde con lo previsto en el Plan ya que se trata de la modificación de la Ley del Jurado (orgánica) y la aprobación del Concierto Económico con el País Vasco (Ley 10/2017), señalamiento del cupo para el quinquenio 2017-2021 (Ley 11/2017) y modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil para garantizar la efectividad de los actos de comunicación del Ministerio Fiscal (Ley 12/2017), si bien es cierto que entre la avalancha normativa que conformó el BOE de 30 de diciembre de 2017 se encontraba el Real Decreto-ley 21/2017, de 29 de diciembre, de medidas urgentes para la adaptación del derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia del mercado de valores, lo que se correspondía con una de las normas con rango de ley prometidas y, al mismo tiempo, de esas 52 Directivas que se iban a transponer, en concreto la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativa a los mercados de instrumentos financieros, Directiva que antes de su transposición ya había sido modificada por la Directiva 2016/1034 de 23 de junio de 2016 – a la que se hace referencia en el Real Decreto-ley- y complementada por la Directiva Delegada (UE) 2017/593 de la Comisión, de 7 de abril de 2016 2016 – a la que ninguna referencia se hace-.

De esta forma, al marcador de normas con rango de Ley le habríamos restado una y solo quedarían 46 de las 47 Leyes comprometidas.

Por su parte, desde la publicación del Plan Normativo y hasta el 31 de enero de 2018, se han publicado en el BOE ocho Reales Decretos que dan cumplimiento a esas previsiones normativas en cuanto a lo previsto en materia de:

    1) Correspondencias entre los títulos de idiomas y el resto de los títulos (Real Decreto 1041/2017).

    2) Reducción de las emisiones nacionales de determinados contaminantes (Real Decreto 1042/2017) aunque pudiera no corresponderse con lo previsto en el Plan al tiempo que entraña la incorporación al ordenamiento nacional de la Directiva 2015/2193 en esta materia.

    3) Circulación aérea de aeronaves pilotadas por control remoto (Real Decreto 1036/2017).

    4) Salario Mínimo Interprofesional (Real Decreto 1077/2017).

    5) Reglamento de Circulación Ferroviaria (Real Decreto 1011/2017).

    6) Comercialización de los derechos de explotación de contenidos audiovisuales de las competiciones de fútbol profesional (Real Decreto 2/2018).

    7) Creación del Observatorio Estatal de la Convivencia Escolar  (Real Decreto 3/2018).

    8) Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos y Peritos de Telecomunicación (COITT) (Real Decreto 4/2018).

Relación de normas que se antoja un corto bagaje si se tiene en cuenta que se han prometido 240 reglamentos, por lo que la cifra de los que quedan por entregar se sitúa, todavía, en la nada despreciable cifra de 232 Reales Decretos.

Pero el balance no acaba aquí. Ni mucho menos. No se trata, tan solo, de que a 31 de enero, y con once meses por delante, queden por realizar 9 Leyes Orgánicas, 37 ordinarias y 232 Reglamentos. La cuestión está en que a lo largo de enero se han publicado otros muchos Reales Decretos sobre materias que, sin dejar de ser importantes, no aparecían reflejadas en el esa programación normativa para el año 2018.

Es el caso del Plan Estadístico Nacional, de los Reglamentos dictados en materia tributaria (general, gestión e inspección, sancionador, IRPF, IVA…), explotación de las autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor (que no se menciona de manera expresa en el Plan) o medidas de apoyo al sector vitivinícola, por citar algunos casos.

Únase a ello el hecho de que, constantemente, tenemos la oportunidad de escuchar la necesidad de hacer normas que no estaban en ese Plan. Hoy puede ser el Código Penal porque, parece, que hay que revisar la prisión permanente revisable, o la necesidad de un nuevo planteamiento, que a su vez pretende revisar el recientemente efectuado, sobre el acceso y ejercicio de las profesiones de Abogado y Procurador, y váyase a saber lo que se considerará preciso mañana.

Los planes están para ser cumplidos. Si no es así, mejor no hacerlos. Vamos, lo del chiste, hay que organizarse.

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