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19/04/2024. 06:35:07

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La ausencia de autoridad es ausencia de ley

abogado y consultor psicológico

Decía Romano Guardini que en lo “cotidiano está lo profundo“.

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Este principio es un interesante punto para analizar desde la psicología, la realidad social, cuando nos presenta que los adolescentes tienen un conflicto con la ley. Si uno indaga a estos jóvenes "conflictuados", puede observar que no muestran capacidad de reflexión crítica sobre lo que hicieron. Su vida es "plana", a la pregunta de como están,  mecánicamente aparece la respuesta: todo bien. Esto implicaría una falta de compromiso moral y responsabilidad de sus actos, ya que no siempre todo está bien, en uno mismo y en los Otros a quién nos une un lazo social, y nos llevaría a suponer que hay una "enfermedad individual", de ese adolescente, de aquellos jóvenes. Pero tal apreciación, es una manera de simplificar los enfoques, de buscar "chivos expiatorios", para que los demás integrantes del cuerpo social no sintamos en paz.  Es que la razón de ser  de los "jóvenes irresponsables" no es desde lo Psí, patología individual, sino que es una patología social que produce sujetos ausentes de normatividad.  Sucede que el conflicto con la ley, trasciende a los jóvenes y se extiende a temas cotidianos de la vida en general ( por ejemplo el incumplimiento a las reglas de tránsito ). No es el tema que se reduce a jóvenes anómicos; hay algo que está fallando en todos los integrantes del cuerpo social, algo de la ley entendida como código de conducta social no se termina de inscribir en cada uno de nosotros. 

Esto no significa necesariamente que uno no tenga deseos de que haya ley y autoridad, sino que actuamos en un medio en que tal cosa no existe. La calidad de las instituciones condiciona los modos en que cada uno se posiciona en relación con la ley y en relación con los semejantes. Un marco jurídico- político fuerte, al que se le reconoce autoridad, contiene a los sujetos y los alivia de la " vivencia angustiante " de cada uno contra todos los otros implícita en el todo vale. La debilidad, sino la ausencia de las representaciones emblemáticas de la ley y la justicia ( introyectada en un principio de las figuras parentales, luego por distintas instituciones sociales encarnadas por sus agentes: escuela- maestros, policía-agentes, justicia- jueces, política- políticos ), tienen efecto nocivo sobre la constitución de la subjetividad.

Esto nos lleva a decir que las conductas transgresoras no pueden verse como que los individuos no deseen la ley, por el contrario, es porque el la formación de la subjetividad la ley y la justicia estuvieron ausentes o debilitadas.

La solución a esta patología social estaría en que los padres y educadores- los abogados tenemos un importante rol educar también – sean responsables en la inscripción subjetiva de las normas para que los niños y jóvenes sepan ser responsables de lo que hacen. A su vez que las instituciones – hoy desfondadas – vuelvan a ser los pilares del cuidado de la vigencia de la ley y que posibiliten la discusión de aquellas normas que requieren una modificación en beneficio del bien común.

Este tema va atado a otro que no es menor en su tratamiento: el castigo social a las transgresiones.  Cuando la ley se debilita, el lazo social se rompe, viene la necesidad del cuerpo social de poner fin a la situación de ausencia de ley, comúnmente de una manera drástica. Siempre aparece en la sociedad el debate sobre " mano dura " o " sanción ejemplar ". Cuando se reclama dureza en los castigos, mas que buscar un sentimiento de seguridad se está incrementando la hostilidad y se favorecen las reacciones de venganza. Es el castigo retaliativo – castigo-venganza –. El camino constructivo – socialmente hablando – transitaría por el criterio de " sanción ejemplar ", que pasa por responsabilizar a quién ha vulnerado la ley y restaurar el bien dañado, pero no instaurar un sistema de castigos cuyo contenido sea una versión del siglo XXI del famoso " ojo por ojo, diente por diente ". La sanción reparadora del bien dañado, en definitiva apunta al desarrollo de la " autonomía " y " responsabilidad " de la persona, en cambio el castigo " expiatorio " promueve sujetos o subjetividades dependientes o heterónomas. Se cumple la ley por el temor al castigo y no por el deber ser que manda la norma.

Hasta la próxima.

 

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