LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

20/04/2024. 12:53:15

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

La evolución del Negocio del Deporte

Dirige el área de Propiedad Intelectual y Nuevas Tecnologías de Bardají & Honrado Abogados

Estamos en año olímpico y en el que la selección española de fútbol intentará revalidar su título como campeona de Europa. España se ha convertido en los últimos años en una potencia mundial en materia de deporte gracias a los triunfos en fútbol, baloncesto, tenis o ciclismo, en los que nuestros deportistas han demostrado cuánto ha avanzado nuestro país en los últimos 20 años.

España ha sufrido una paulatina profesionalización del negocio del Deporte, y aunque aún no ha conseguido llegar a los niveles de otros países como EE.UU. o el Reino Unido, sectores como el fútbol se encuentran altamente especializados y organizados en la actualidad, siendo referencia para países de nuestro entorno.

Sin embargo, esta tarea que comenzó, quizá, con la designación de Barcelona como sede olímpica, no ha hecho más que comenzar ya que nuestro Deporte aún necesita realizar ajustes para conseguir ser referentes no sólo en resultados, sino también en la profesionalización de este macro-sector. De entre todos los agentes involucrados en este negocio (personal de equipos y clubes, dirigentes de federaciones deportivas, responsables de marketing de patrocinadores, atletas, entrenadores, managers, abogados, etc.) todavía nos encontramos con personas que no han recibido una formación adecuada, lo que redundará posteriormente en el deportista y en la imagen de ese deporte en particular.

Esta evolución en la industria del Deporte y la importancia del mismo en la economía e imagen exterior de nuestro país (quién duda de la aportación que hacen clubes como el Real Madrid o el Barcelona a la marca "España") también parece haber calado en el Gobierno, al incorporar al Ministerio de Cultura y Educación las competencias de Deporte, que anteriormente dependían directamente de Presidencia.

De hecho, con el objetivo de reforzar la imagen de España en el extranjero y su compromiso con el deporte limpio, el pasado 18 de mayo de 2012, el Consejo Superior de Deportes presentaba un primer borrador de la futura "Ley Orgánica de protección de la salud del deportista y lucha contra el dopaje en la actividad deportiva", en la que se incluyen los principios rectores del Código Mundial Antidopaje (no siempre compatible con nuestras reglas constitucionales).

Según el borrador, la Agencia Estatal Antidopaje pasará a denominarse "Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte" y tendrá competencias similares a la de otros países como Italia o EE.UU., al asumir competencias en materia de controles, instrucción y resolución de procedimientos disciplinarios de asuntos relacionados con dopaje, que a día de hoy tienen las federaciones nacionales.

La nueva ley parece tratar de congeniar principios básicos de nuestro ordenamiento jurídico, con las -a veces abusivas- reglas establecidas en el Código Mundial Antidopaje. Especialmente polémico ha sido el principio de responsabilidad objetiva establecido en este último, por el que cualquier deportista es responsable de las sustancias que se encuentren en su organismo, sin que haya más pruebas sobre la posible comisión de una infracción al Código. En este sentido, es deseable que la futura ley ofrezca más garantías a nuestros deportistas, que en ocasiones no pueden demostrar (al tratarse de hechos negativos) cómo llegó una determinada sustancia a su cuerpo.

Igualmente conflictiva es la obligatoriedad de determinados deportistas de estar siempre localizados para ser sometidos a controles antidopaje (los conocidos whereabouts); en este sentido, el borrador de la nueva Ley establece que los controles deberán realizarse de 6 de la mañana a 11 de la noche, si bien, por causas excepcionales y motivadas, podrán realizarse de madrugada. El Gobierno intenta así trasponer los reglamentos internacionales, y ello tras la sentencia del pasado mes de octubre de 2011, por el que el Tribunal Supremo consideró nulas las medidas complementarias de prevención del dopaje del Real Decreto 1462/2009, al introducir un cambio sustancial en los preceptos legales.

Además, se constituirá el Tribunal Administrativo del Deporte, que pretende acercar la llamada "justicia ordinaria" a estos procedimientos, que será la que conozca en apelación sobre estos procedimientos, dejando al Tribunal de Arbitraje Deportivo de Lausana únicamente para los deportistas internacionales.

Finalmente, y también en relación al dopaje, se introducen nuevas infracciones, como la tentativa al dopaje, aunque éste no se hubiese materializado en última instancia.

No cabe duda de que estas medidas ayudarán a fomentar el deporte limpio y a desarrollar el cada vez más profesional Negocio del Deporte

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.