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29/03/2024. 09:56:06

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La justicia admite el uso de las ‘máquinas del tiempo’ de Internet para probar el contenido de una web un día concreto

socio de Garrigues

José María Anguiano

La Audiencia Provincial de Zaragoza da por bueno el uso de la herramienta ‘wayback machine’ que almacena información de páginas web con la posibilidad de comprobar su contenido en una fecha concreta.

La acreditación de la existencia de un determinado contenido en una página web en una concreta fecha puede resultar vital para que prosperen pretensiones procesales de diversa naturaleza. En estos casos, lo habitual es acogerse al artículo 299.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que permite la aportación de medios de reproducción de la palabra, el sonido o la imagen o de instrumentos que permiten archivar y conocer o reproducir datos, cifras y operaciones matemáticas.

No obstante, la mera aportación de un pantallazo -impresión de una pantalla de ordenador- puede suscitar suspicacias sobre la autenticidad de esta impresión (que realmente se corresponda con el contenido visualizado en la dirección -url- de esa página web en esa fecha concreta). Por este motivo, lo recomendable es acudir a un notario y requerirle para que, con sus propios medios informáticos y telemáticos, acceda a la página web en cuestión e imprima las pantallas que visualiza dejando así constancia de que ese era el contenido de la página web en esa fecha. Estamos, por lo tanto, ante una medida de aseguramiento de la prueba: el notario accede a la página web para acreditar que en esa fecha incluía un determinado contenido por si el titular o el webmaster de la página decidiesen, con posterioridad, modificarlo.

Pero, ¿qué pasa si se quiere acreditar el contenido de una página web en un día determinado y en aquel momento no se requirió la intervención de un notario que pudiera demostrarlo?

Eso es exactamente lo que sucede en un caso que ha analizado una sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza (1107/2019, de 31 de mayo). En el marco de un litigio acerca de la concesión de una patente y para acreditar la ausencia de actividad inventiva resulta necesario demostrar la publicación de determinada información en la página web de la demandante  en una fecha concreta. Como el contenido del sitio había cambiado y no se había requerido a un notario, antes de la modificación, para que accediese al sitio web e incorporase en su protocolo los pantallazos correspondientes, se decide acudir a una wayback machine -una máquina del tiempo-, que es la denominación que reciben determinados sistemas informáticos que guardan en sus dispositivos de almacenamiento el contenido de las páginas web más importantes a las que se accede a través de internet.

Estos sistemas informáticos hacen lo mismo que los buscadores como Google, que almacenan el contenido de las páginas web en memoria caché para que el contenido esté ya cargado en sus servidores y su consulta sea más ágil (sin molestas dilaciones). Mientras la máquina del tiempo guarda un histórico de los contenidos en disco duro y por fechas, el almacenamiento de Google es temporal y en memoria caché; las nuevas versiones van sustituyendo a las anteriores. Con la wayback machine se tiene acceso a los contenidos que ya han sido borrados.

Ante aportaciones de esta naturaleza surgen, de entrada, interrogantes sobre la fiabilidad de estos sistemas. Efectivamente, al tratase de un tercero interpuesto que almacenalos contenidos de la World Wide Web (www) parece legítimo cuestionarse sobre la imparcialidad y fiabilidad de estos. Pero la sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza resuelve esta cuestión acogiéndose al criterio sugerido por la Cámara de Recursos francesa que, en su resolución T286/10, resuelve en un caso similar referido a una extracción del sitio archive.org.

En dicha resolución, aunque la cámara francesa no niega que puedan surgir dudas acerca de concretas entradas en el archivo de internet, considera que presenta garantías suficientes para hacerse beneficiario de la presunción de ser una fuente de información fiable. La parte contraria tendrá la carga de la prueba para destruir esta presunción mediante aportación, en función del caso, de los elementos que permitan arrojar dudas sobre la fiabilidad de esta fuente..

La favorable acogida de esta aportación por parte de la Audiencia Provincial de Zaragoza se debe no sólo a la fiabilidad que se otorga a la fuente de información, sino también a que quien aporta la prueba incorpora un certificado de autenticidad emitido por el administrador de The internet archive y un acta notarial con el resultado de la búsqueda por parte del notario en la wayback machine, vinculando de esta forma el sitio y el certificado con la concreta búsqueda (que es notarial).

En definitiva, parece que la condición imparcial de estos archivos se basa en (i) su reputación (llevan años funcionando sin incidencias reseñables) y (ii) en la ausencia de ánimo de lucro de las fundaciones que hay detrás de las máquinas del tiempo.  

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