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28/03/2024. 12:42:44

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La ley siempre estuvo clara

Profesor de Investigación del CSIC

A. J. Vázquez Vaamonde

La reciente sentencia del tribunal de Luxemburgo lograda gracias a un abogado que confiaba en la justicia y un peregrino – no me gusta el nombre de inmigrante – todavía más confiado en ella, y a un juez, me ha reconfortado profundamente. Yo también tengo confianza en la justicia.

La noticia, sin embargo, ha sido objeto de diversas interpretaciones; unas más correctas que otras, dicho sea en términos optimistas, porque también podía haber dicho algunas más incorrectas que otras si atendemos, por ejemplo, a las declaraciones y actuaciones del poder ejecutivo.

Al gobierno, según el art. 9.2,CE78: "corresponde … promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social".

Hace años, eso implica a más gobiernos, -tendría que haberse cambiado la ley hipotecaria. El ejecutivo, no los jueces por la vía de la jurisprudencia, tiene que crear un esquema legal que proteja los derechos ciudadanos. Endosar al peregrino y a su abogado, y a un juez justo, el esfuerzo de lograrlo desacredita aun más al ejecutivo. Cuanto mayor sea la jurisprudencia, más evidente es la falta de espíritu democrático de la ley; el poder ejecutivo se revela así al servicio de una minoría.

La noticia aparecía de modo espectacular en los medios de comunicación "El Tribunal de Justicia de la UE dio este jueves un doble varapalo a la normativa española sobre préstamos hipotecarios y desahucios! También leímos que "La sentencia de Luxemburgo establece, por una parte, que algunos aspectos de la ley española por la que decenas de miles de personas han sido desalojadas de sus casas durante los últimos años no son compatibles con la directiva europea de protección de los consumidores que se aprobó hace ya 20 años, en 1993".

Este doble comentario es erróneo: la directiva europea es parte del Ordenamiento Jurídico nacional desde hace 20 años. Desde entonces, no desde ahora, los jueces podían valorar las cláusulas abusivas en un contrato hipotecario.  En realidad, las podían valorar desde hace mucho más tiempo.

Dice la Ley General de Consumidores, art. 80: 1. En los contratos con consumidores y usuarios que utilicen cláusulas no negociadas individualmente, incluidos los que promuevan las Administraciones públicas y las entidades y empresas de ellas dependientes, aquéllas deberán cumplir los siguientes requisitos:….c) Buena fe y justo equilibrio entre los derechos y obligaciones de las partes, lo que en todo caso excluye la utilización de cláusulas abusivas.

Pero mucho antes decía el art. 1265,CC: Será nulo el consentimiento prestado por error, violencia, intimidación o dolo, por lo que procedía aplicarlo en relación con el art. 1269,CC: Hay dolo cuando, con palabras o maquinaciones insidiosas de parte de uno de los contratantes, es inducido el otro a celebrar un contrato que, sin ellas, no hubiera hecho, declarando unos esos contratos.

Ningún hipotecado sabía que hipotecaba todo su patrimonio presente y futuro, ¡no sólo la casa! Era más que evidente que procedía la nulidad del contrato. ¿Cómo es posible que eso no lo viera nadie? No lo vio la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), que pedía la novación del contrato nulo de pleno derecho; lo más favorable a los afectados era pedir la nulidad contractual. Los bancos actuaron con dolo bajo la pasiva complicidad del poder ejecutivo. Muchos jueces también, pues no les cabe la atenuante de ignorancia invencible de lo que ordena el CC, cuando no sólo no suspendieron las ejecuciones hipotecarias sino que las ordenaron.

Esta vez a Nínive, esta sociedad de ciudadanos decentes y pacíficos, la salvó un justo y su abogado y el juez, mucho más justo que Lot. Todos exigieron justicia en vez de suplicar clemencia.

El ejecutivo dice que cambiará las condiciones. Su obligación es declarar, con la ley en la mano, que todos los deshaucios fueron ilegales y, por tanto nulos de pleno derecho. Su servidumbre ante los bancos hará que viole otra vez el art. 9.2,CE78, atropellando los derechos ciudadanos.

De todos modos, lo que está consiguiendo es movilizar la democracia real; el ciudadano ya sabe que la democracia no se recibe – como una carta otorgada – se conquista. Ése era uno de los valores que se pretendía enseñar a las nuevas generaciones en la asignatura Educación para la Ciudadanía que eliminó del curriculum docente de niños y jóvenes el Ministro Sr. Wert. El gobierno, con su incumplimiento de su obligación constitucional la ha substituido por unas clases prácticas de Alfabetización de Adultos para la Democracia mucho más educativa para adultos y para sus hijos. Gracias a ellas el  de la Transición a la Democracia, a la de verdad, está cada vez más próxima.

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