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20/04/2024. 06:14:59

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La nueva familia extranjera

Abogada especializada en Derecho de Extranjería

Isabel López Ramos

La autora les acerca a los cambios del nuevo anteproyecto de la Ley de Extranjería.

La sociedad es un ente que evoluciona de manera natural en función de las necesidades de sus componentes. 

En el caso de los extranjeros, son las normas, las que les regulan todas y cada una de sus necesidades, las encargadas de establecer quiénes son su familia y cómo deben estructurarse. 

Cuando hoy en día, la práctica de una familia monoparental, familias constituidas por personas del mismo sexo o hijos que conviven con la pareja procediendo de relaciones anteriores, empieza a ser habitual, los extranjeros deben seguir el modelo de la España de los años cincuenta: matrimonio formado por hombre y mujer, con hijos a su cargo fruto de su matrimonio y ninguna "originalidad más". 

La ley que nos viene, el anteproyecto que ya se está dorando en el horno de nuestro mecanismo legal, establece algunos cambios con respecto a las familias extranjeras que viven en este país, con la "intención" de que la integración sea un poco más real. En la práctica, hará falta limar muchos conceptos, y sobretodo ver cómo Realmente se aplican estos cambios. 

Entre las novedades, la primera dilapida esta "intención" de integración. La reagrupación de familiares, esto es, someterse al procedimiento burocrático de demostrar que una familia extranjera establecida en España pueda hacerse cargo del mantenimiento de uno de sus miembros, reduce la posibilidad de reagrupar a los padres o suegros menores de 65 años. Será requisito imprescindible la edad de sus mayores para que puedan vivir con sus familias y cuidar de sus nietos. 

La razón: Todos sabemos que los padres no son útiles para los hijos hasta que no están un poco entrados en años… ¿o será que a partir de 65 años está establecida la edad de "jubilación" en este país  y no hay riesgo de que ocupen puestos laborables? 

Además habrá que justificar la necesidad de que este mayor viva en España. (No sé cómo podría justificar que echo de menos a mi madre porque afectivamente la necesito y además me ahorraría 400 euros de guardería al mes, y que eso sea un motivo para Delegación de Gobierno) 

Eso sí. Somos muy progresistas y añadimos a este anteproyecto los supuestos de relación de afectividad análoga a la conyugal. Cuando ya se aplican en todos los ámbitos del derecho, la extranjería se une al carro de los derechos a pensiones de viudedad, los libros de familia expedidos a pesar de no existir matrimonio, o el ámbito penal que ya reconoce que matar a tu novia de toda la vida con la que llevas diez años viviendo es un parricidio… 

El procedimiento para la reagrupación familiar: trámites de unos cuantos meses de preparación y unos cuantos más de espera de resolución, va a cambiar. Sin más datos. Esto significa que durante los próximos años, todos aquellos que intentábamos no sucumbir a la loca burocracia de estos expedientes, en los que participan los ayuntamientos, los bancos, los notarios, Delegación de Gobierno, Ministerio de Justicia y Asuntos Exteriores, amén de los trámites en el país de origen, tendremos que gestionar más solicitudes, más papeles, más esperas, más documentación que se podría recabar de oficio por parte de la Administración, y desaprender lo aprendido, para empezar a utilizar, otros formularios, exactamente iguales a los antiguos pero con un insignificante cambio muy importante, más organismos implicados, o menos, pero diferentes…así no hay quien trabaje..  

Entre las medidas del nuevo procedimiento, se legisla que el reagrupante debe contar con alojamiento adecuado y medios económicos. Esto, que en la práctica lleva años luz sucediendo, implica que los familiares de personas extranjeras que viven en nuestro país, deben contar con un baño dentro de la habitación, en una casa con todas las comodidades, (con las que no contábamos ninguna familia española hasta que no llegaron las vacas gordas y con las que no contamos ahora casi ninguna familia en las vacas flacas), y los extranjeros que los reagrupan deben tener trabajo estable, nóminas elevadas y una cantidad de dinero ahorrado en el banco, a la que sólo se accede si durante el año, el único gasto extra que se permite una persona es respirar oxígeno gratis.

En descargo de este anteproyecto y su modelo de familia, será obligatoria la escolarización en el supuesto de reagrupar menores de edad (los padres extranjeros escolarizan a sus hijos el día antes de que los niños lleguen. No es necesario que la ley haga de Súper Nanny).  

También las víctimas de violencia de género que hayan sido reagrupadas, tendrán autorización de residencia independiente desde que se dicte orden de protección sin necesidad de tener recursos económicos suficientes que cubran sus necesidades. (Traducido: las personas extranjeras víctimas de malos tratos no tendrán que vender sus heridas por no quedarse "Ilegales" en este país además de apaleadas…) 

Sí existe una novedad buena para esta familia: los cónyuges e hijos reagrupados estarán habilitados directamente para trabajar, sin ningún trámite más, cuando lleguen a España, en los puestos no cubiertos por españoles o extranjeros residentes. ¡Llegar y a trabajar!

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