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19/04/2024. 19:05:44

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La relación del abogado con «Don Dinero»

abogado y consultor psicológico

¨ ...Y pues él rompe recatos y ablanda al juez más severo poderoso caballero es Don Dinero...¨ F. de Quevedo y Villegas

Mi anterior artículo: ¨La anomia puede¨ desmantelar la subjetividad del abogado, ¨ya anticipa que la abogacía¨ puede o¨ha sido¨ reemplazada en su ética genuina por una ética puramente de la circulación de bienes. Quisiera ampliar este nuevo concepto de ética profesional. Para ello nos podemos preguntar: ¿cual es la ética originaria de la profesión?, esa que es reemplazada por una actividad ¨cuasi-comercial¨.

Francamente no tengo una rápida respuesta, el definirse como abogado, el saber describir que es un abogado, no me resulta sencillo. El concepto de ha ¨oscurecido¨.  Quizá no basta el sólo esfuerzo mental para trae del subconsciente a la conciencia -esta no puede almacenar todos los datos en la memoria- y uno deba recurrir a buscar algún viejo libro o ¨googlear¨ unos minutos, para recrear la esencia de la abogacía. Así Eduardo J. Couture, o algún código de ética -que ya ni adornan los despachos- nos ayudarían a  ¨descontruir ¨  la maraña de palabras que poco a poco, han desvirtuado la abogacía, y pretenden construir un profesional del derecho, no en base a la ciencia jurídica, sino montado sobre ¨mecánicas profesionales¨ para captar clientes que se resumen en slogans de marketing,  tales cómo: ¨sea eficiente a la hora de buscar clientes¨ , ¨lidere un grupo de abogados exitoso¨ , ¨sepa venderse como abogado¨, ¨aprenda a convencer a su cliente¨ , etc., etc.

Este cambio de ¨paradigmas¨, en la abogacía, implica un travestismo – formas distintas a contenido – que impacta en la relación del abogado con el cliente. El abogado tiene la superficie de letrado, pero es en lo latente, un comerciante de la profesión. Su cliente deja de ser el ¨asistido¨, el asesorado y se convierte en el que consume la ¨mercancía que le vende el profesional¨. La función social del abogado deja lugar a la ¨comercial¨ y los ¨honorarios profesionales¨  -la expresión ¨honorario¨, reconoce antecedentes etimológico en el término latino honorarius, derivado éste principalmente de honor y honoris: (honor, honra, respeto, consideración, distinción).  – son reemplazados por el precio del producto profesional. Precio que se aumenta si uno le da un ¨valor agregado¨ a la profesión mediante la realización de maestrías, cursos, seminarios, especializaciones. Estos tienen hoy el carácter de ¨bien transable¨ y ya no hacen a la consolidación intelectual del abogado, sino a tener más razones para ganar espacio en el mercado, desplazando a la competencia -otros profesionales- que siguen creyendo en la lealtad entre colegas y aquellos principios que edificaban al ¨buen abogado¨ . La ley no es valor en si mismo, es también un bien transable, si se paga bien, la adapto para lograr mi éxito comercial, no el profesional. Ya no manda la Justicia, manda ¨Don dinero¨ , ya no me pongo al servicio de la abogacía como función social, me entrego a la competencia mercantil con ropaje de abogado.

Esta nueva relación abogado cliente, y según el pensamiento de Erich Fromm, no se trata de modo alguno de la relación entre dos seres humanos que poseen un interés reciproco no limitado estrictamente a una mutua utilidad. La relación abogado cliente se ha hecho ¨indiferente¨ e instrumental. El abogado usa al cliente para satisfacer su apetencia económica, esta es su motor principal. El cliente también juega con las mismas reglas mercantiles y emplea al abogado, para sus fines económicos y a veces lo termina sometiendo, haciendo de la independencia de criterio profesional algo propio del mundo de las ideas.

Hasta la próxima colegas.

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