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29/03/2024. 06:23:17

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Las telecos, en busca de la equiparación fiscal con las gigantes tecnológicas

Asociado en Cremades & Calvo Sotelo

Rafael Espejo

La asociación que agrupa a los principales operadores europeos de telecomunicaciones, ETNO (European Telecommunications Network Operators Association), entre los que se encuentra Telefónica y Orange, han remitido una carta a la Comisión Europea para pedir el fin de los beneficios fiscales de las multinacionales online como Yahoo, Google, Microsoft o Facebook.

Los operadores de telecomunicaciones europeos están en pie de guerra. Su caballo de batalla, además de la excesiva regulación y los recortes en las ayudas al sector, está en el trato fiscal desigual del que se benefician algunas de las mayores empresas tecnológicas americanas. Y es que, como norma general, las filiales europeas de las tecnológicas reducen al máximo su factura tributaria trasladando los beneficios a países con reducida -o nula- tributación.

En el territorio español, nuestro Impuesto sobre Sociedades opta por favorecer la deducción de gastos frente a reducir la tributación de los ingresos. Esta situación permite una lícita actuación de planificación fiscal, si la estructura del grupo empresarial lo permite, que no es otra que sacar los ingresos a otros países con tributación más baja y atraer gastos a filiales españolas con más deducciones y bonificaciones.

Conscientes de ello, las telecos confían en que la Unión Europea ponga freno a estas particularidades tributarias y, de esta manera, mejorar la competencia en el sector. Lanzado el desafío, ahora le toca a la Unión Europea recoger el guante. No es tarea fácil. Recordemos que la Directiva 2003/48, de 3 de junio, en materia de fiscalidad de los rendimientos del ahorro, tardó 14 años en suscitar la unanimidad de los socios europeos puesto que ningún Estado quiere renunciar a la promoción de ofertas fiscales propias para atraer inversión.

En relación con la petición realizada, la Comisión Europea ya publicó un plan -no vinculante- para reforzar la lucha contra el fraude y la evasión fiscal internacionales (COM (2012) 722/2 y C(2012) 8806), que, entre otro tipo de medidas, incluía una recomendación a los Estados miembros para que limitasen la planificación agresiva a través de cláusulas legislativas que condicionen el tratamiento tributario de una renta o gasto a su impacto en otros Estados.

Dichos trabajos se encuentran en la línea de los ya publicados por la OCDE acerca de la utilización abusiva de pérdidas fiscales (2011), el abuso de instrumentos híbridos (2012) y el más reciente Base Erosion and Profit Shifting (2013). En nuestro país, dicha inercia se traduce en la creación de Organismos como la Oficina Nacional de Fiscalidad Internacional que, entre otras tareas, fija su ámbito de actuación en los precios de transferencia (transfer pricing), los Convenios para evitar la Doble Imposición (CDIs) y el control de pagos al exterior.

Sin perjuicio de lo anterior, el artículo 3 de la Ley 58/2003, General Tributaria, aboga porque los contribuyentes tributen de forma proporcional a sus ingresos, lo que se traduce en una lógica Responsabilidad Social Corporativa de las empresas, pero, lo cierto es que, a nivel europeo, mientras no exista una política común para armonizar el Impuesto sobre Sociedades, las puertas de la planificación fiscal estarán abiertas, al alcance de todas las empresas y, en especial, las multinacionales. Sin un plan común, es difícil ponerle puertas al campo.

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