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18/04/2024. 05:51:24

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Poder Judicial: organización, ámbito territorial y funciones

Fernando Martín Fernández
Tramitador Judicial de la Administración de Justicia

En nuestro país, el Poder Judicial es el encargado de interpretar, hacer cumplir e invalidar las leyes. Realmente esta es la función encomendada a los Jueces y Tribunales.

Los Jueces y Tribunales (órganos colegiados) serán entonces, los encargados de hacer cumplir la ley mediante la interpretación de las leyes que fueran aplicables a cada caso objeto de litigio.

LA INTERPRETACIÓN DE LAS LEYES

En la actual democracia española y según la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), las interpretaciones de la ley deben ser las mismas para los casos iguales o similares, es decir, se debe interpretar el caso concreto analógicamente, con el fin de no dictar sentencias diferentes en procesos donde se diriman iguales o similares acciones o derechos, por el simple hecho de realizar interpretaciones diferentes de la misma ley. De unificar estas interpretaciones se encarga el Tribunal Supremo y Tribunales Superiores de Justicia de las diferentes CC.AA. dependiendo el ámbito territorial en el que nos encontremos.

EL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

Visto este pequeño resumen de la función judicial, veamos como se organiza en España esta función judicial. El órgano de gobierno del poder judicial es el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que estará formado por 20 vocales y un presidente (21 en total) que tendrá voto dirimente en caso de empate en las votaciones del Pleno y de las comisiones que presida. Asimismo también presidirá el Tribunal Supremo, que es el órgano jurisdiccional superior a todos los órdenes, incluido el militar, y con jurisdicción en todo el territorio nacional. A los miembros del CGPJ los elegirán entre el Congreso y el Senado, 10 vocales cada uno y, el Presidente, será elegido entre los 20 vocales elegidos. Es decir, los representantes elegidos por los ciudadanos, elegirán a los dirigentes del Poder Judicial. Por decirlo de otra manera, los encargados de dirigir el poder judicial, serán elegidos por las cámaras de representación, en votación plenaria, pero aún así, son elegidos por los partidos políticos. Me permito discernir, que en realidad el Órgano dirigente de Jueces y Magistrados y demás miembros de la carrera judicial, está altamente politizado, dada la manera de elección de sus miembros.

LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL.

Aún así, la LOPJ determinará la constitución, funcionamiento, gobierno y estatuto jurídico de los Jueces, Magistrados y demás personal al servicio de la administración de Justicia. Los Jueces y Magistrados en su labor de impartir justicia son inamovibles, independientes y responsables y, no podrán ser, salvo causa legal prevista, separados, suspendidos, trasladados o jubilados.

Pero en la práctica y, aunque lo promulgue la Constitución Española y la LOPJ, ¿son realmente los jueces o tribunales españoles independientes en la toma de sus decisiones? La verdad es que observando desde dentro (como lo hace quien escribe) lo realmente politizado que está el órgano que dirige a Jueces y Tribunales, en un amplísimo sentido de la palabra, quien suscribe este artículo piensa que los Jueces y Magistrados de este país toman sus decisiones con total independencia.

Se reserva el derecho de abstención a los mismos jueces y de recusación de los miembros de la carrera judicial a los ciudadanos, y esta independencia es la que realmente hace que el sistema judicial funcione con autonomía.

EL MINISTERIO FISCAL.

Para ver la diferencia real de que el Poder Judicial es independiente en sus decisiones, veamos otro integrante del ejercicio del derecho público, el Ministerio Fiscal, el cual, es un órgano cuyos integrantes son dependientes orgánicamente y cuyo mandatario máximo es elegido por el Gobierno. Esto quiere decir, que los Fiscales con rango superior pueden dar órdenes a los inferiores y estos tienen el deber de acatarlas, es decir, no tienen independencia personal en su labor. La labor del Ministerio Fiscal es la de velar por la acción de la justicia en representación de los intereses sociales sobre hechos que revistan caracteres de delito. También debe velar por la independencia de los Jueces y Tribunales, entre otras muchas actuaciones.

Aún así, entre los principios de actuación del Ministerio Fiscal están los principios de imparcialidad y legalidad, pero, siendo la unidad de actuación del Ministerio Fiscal, única en todo el Estado, y al ser estos jerárquicamente dependientes, la independencia del Ministerio Fiscal en sus actuaciones judiciales puede llegar a ser muy discutible en algunos casos.

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