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29/03/2024. 12:15:50

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Presente y futuro de la protección legal de animales

Laura Valencia

El hecho de que los animales no tengan el elemento espiritual del que los humanos sí estamos dotados no debe impedir hacerles titulares de derechos. Somos el único medio capaz de defender su bienestar y luchar contra el maltrato, de modo que se llegue al punto en que los animales no sean tutelados en el ordenamiento jurídico únicamente por el valor cinegético o patrimonial que puedan alcanzar, sino también frente a su abandono o maltrato.

La lucha en favor del reconocimiento de los derechos de los animales comienza a sentirse con fuerza en nuestro país desde hace ya dos décadas. Sin embargo, en España son maltratados más de 60.000 animales al año y unos 200.000 perros y gatos son abandonados, datos que nos sitúan a la cabeza de  Europa en abandono animal. Está claro que algo debe cambiar en el panorama legislativo actual, y pronto.

 En el ámbito penal, la última reforma del artículo 337 del Código penal de la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, dio importantes pasos en la tutela penal de animales, aunque sólo sobre los domésticos: Se consideraron hechos delictivos sobre los animales el maltrato, el abuso sexual y el abandono; se incorporaron agravantes específicas; se elevó la cuantía de la pena de prisión y de inhabilitación, y además se configuró como sanción la prohibición de tenencia de animales. Aun así las penas no son suficientes porque se evita la entrada en prisión con  mucha facilidad, no se considera al animal como víctima, y el maltratador, una vez pasado el tiempo de inhabilitación puede volver a tener animales, cosa que no es lógica ni razonable.

En el ámbito civil, nuestro Código civil decimonónico no es capaz de dar una respuesta adecuada a los conflictos que surgen entre personas y animales. No puede ser aplicado judicialmente ya que está anticuado y alejado de la actualidad.  Ante una opinión pública cada vez más numerosa preocupada por el bienestar animal y la erradicación del sufrimiento innecesario y el trato abusivo, el 14 de febrero de 2017 el pleno de Congreso de los Diputados aprobó por unanimidad instar al Gobierno a modificar el Código Civil para que los animales dejen de ser considerados cosas en propiedad y se eleve su estatus jurídico a "seres sintientes". La misma unanimidad se repitió en la admisión a trámite por el Congreso de la Proposición de ley de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales.

Una vez que todos los animales (salvajes y domésticos), sean considerados en nuestro país como "seres sintientes", lo lógico y correcto será adaptar nuevamente el artículo 337 del Código penal, acto que ha comenzado ya a dar pequeños pasos mediante la Proposición de Ley de modificación del Código penal en materia de maltrato animal, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el 2 de febrero de 2018, y que de salir adelante supondrá un gran avance en la protección de animales en nuestro país. Se aspira a proteger a todos los animales incluyendo, por ejemplo, el decomiso de los animales maltratados o la creación de la pena de pérdida definitiva del derecho de propiedad y/o posesión de los animales víctima de maltrato en los supuestos agravados, y la elevación de las penas por la comisión del delito en cualquiera de sus modalidades.

Aunque se ha dado un gran paso en el respeto hacia los animales queda mucho por avanzar. Legislación y jurisprudencia deben marcar el camino tanto a ciudadanos como a otros operadores jurídicos para hacer crecer la sensibilización con los derechos de los animales, aumentar las penas en este tipo de conductas y obligar a su efectivo cumplimiento.

 Al margen del mundo jurídico, también es necesario aumentar la concienciación de la sociedad con la protección de los animales y la educación de las personas desde niños para no proyectar en el futuro conductas típicas que ocasionen sufrimiento y trato abusivo sobre los animales.

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