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19/03/2024. 08:16:44

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¿Qué supone la ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización?

socia fundadora de Pelegri Abogados

Amor Pelegri

Esta Ley se promulgó con muy buenos deseos y en aras a fomentar la creación de nuevas empresas, sobre todo para el tipo de empresario pequeño, autónomo, y que éste se viera arropado por el legislador facilitándole todos los trámites , reducción de costes para la propia creación de la empresa, en definitiva, eliminar trabas administrativas, creando puntos de atención al emprendedor(PAE) y pudiendo realizar la mayoría de trámites telemáticamente, incluso la creación de la nueva empresa a través del portal CERCE.

La (LAEI) tiene cuatro grandes objetivos:1) favorecer la iniciativa empresarial y fomentarla, 2)facilitar la financiación al empresario, 3) eliminar cargas y trámites y 4)a nivel laboral, establecer nuevas normas que regulen el funcionamiento del trabajador autónomo, en síntesis, los instrumentos que ofrece , tienen un claro objetivo, ayudar al emprendedor.

El alcance del apoyo al crecimiento y desarrollo de proyectos empresariales, y superar las dificultades de financiación, parece un poco metafórico, pero con el tiempo, se verá necesario promulgar normas que desarrollen medidas eficaces.

Esta Ley aborda, afecta y reforma, multiplicidad de normas, cómo pueden ser (societarias, mercantiles, administrativas, concursales, laborales, tributarias etc…), es por ello, que es bastante dispersa, y cuesta centrarse realmente en su objeto.

Habida cuenta la multiplicidad de materias que engloba esta Ley, inabordables en este artículo, me voy a centrar, de forma resumida, en la figura: DEL EMPRENDEDOR DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por ser ésta una forma novedosa de constituirse en empresario.

El Art. 7 de la (LAEI) recoge que el "Emprendedor persona física", podrá limitar su responsabilidad por las deudas que dimanen del ejercicio de su actividad , bajo determinadas condiciones, (arts. 8 a 11)constituyéndose en "Emprendedor de Responsabilidad Limitada" , dicho emprendedor debe de desarrollar su actividad de forma habitual, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, con o sin trabajadores por cuenta ajena a su cargo.

El significado de la limitación de responsabilidad, significa que el emprendedor responderá de las deudas que contraiga, de todo tipo, bien sean empresariales o no, respondiendo, con sus bienes presentes o futuros (1911), no obstante, la citada responsabilidad no podrá ejecutarse sobre su vivienda habitual si ésta no supera la suma de 300.000€, ascendiendo dicha cifra en las grandes capitales a 450.000€,(exceptuando las deudas de derecho público).

Requisitos para su constitución

Los Emprendedores que quieran constituirse en la figura del "Emprendedor de Responsabilidad Limitada" deberán efectuarlo mediante "Acta Notarial", que se inscribirá en el Registro Mercantil o bien mediante Instancia suscrita con la firma electrónica reconocida del empresario y remitida telemáticamente al Registro Mercantil.

En la inscripción el Registro Mercantil, el ERL indicará el bien inmueble que pretende preservar de los avatares del giro y trafico empresarial, a lo que el Registrador Mercantil expedirá certificación y la remitirá telemáticamente al Registro de la propiedad. Es paradójico, que en caso de no hacerse la constitución mediante Acta Notarial, y se hiciera mediante Instancia con la firma digital del empresario, pueda tener acceso al Registro de la propiedad, no siendo documento público.

La personalidad jurídica de la empresa es la misma que la de su titular (empresario).

La aportación de capital a la empresa, tanto en su calidad como en su cantidad, no tiene más límite que la voluntad del empresario.

El emprendedor inscrito deberá hacer constar en toda su documentación, con expresión de los datos registrales, su condición de «Emprendedor de Responsabilidad Limitada» o mediante la adición a su nombre, apellidos y datos de identificación fiscal de las siglas «ERL».

Si el empresario o empresaria están casados puede dar lugar a que sus actividades alcancen al otro cónyuge, según la clase de bienes:

  • Los bienes propios de los cónyuges empresarios quedan obligados a los resultados de la actividad empresarial.
  • Los bienes gananciales pueden quedar obligados por consentimiento expreso o por presencia y consentimiento.
  • Los bienes privativos del cónyuge del empresario pueden quedar obligados por consentimiento expreso en escritura pública.

Tiene la obligación de elaborar y depositar anualmente en el Registro Mercantil las cuentas anuales de la actividad.

En cuanto al número de socios solo uno.

Respecto del capital social no se requiere capital mínimo.

 El emprendedor de Responsabilidad Limitada tributa por el Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) a tipos más elevados cuanto mayor es su volumen de renta fruto de su actividad económica.

En nuestra opinión, con esta figura, lo que ha pretendido el legislador, es la protección de la vivienda del emprendedor, preservándola de un posible embargo, darle así un incentivo más al emprender, para decidirse a iniciar un proyecto o negocio, salvando ísi los imponderables que suelen surgir al inicio de toda actividad empresarial.

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