LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

19/03/2024. 05:01:24

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Sobre las opciones de la justicia española ante la resolución del tribunal alemán en el ‘Caso Puigdemont’

Abogado Asociado en LABE

Pedro Muñoz

Por todos es sabido que el expresidente de la Generalitat y principal artífice del procés, Carles Puigdemont, se encuentra huido de la justicia española recorriendo gran parte de Europa en la búsqueda de dilatar y entorpecer su presencia ante la justicia española, la cual le acusa de los delitos de rebelión y malversación de fondos públicos por su actuación durante referéndum soberanista del 1 de octubre de 2017.

Tras pasar por Bélgica, Finlandia y Dinamarca, finalmente fue detenido por las autoridades alemanas cuando cruzaba la frontera para entrar en Alemania procedente de Dinamarca, a raíz de la orden de detención europea reactivada por el Tribunal Supremo.

Si bien es cierto la Fiscalía regional alemana recomendó la extradición a España de Puigdemont por los delitos de malversación de fondos públicos y alta traición, lo cierto es que la Audiencia territorial de Schweslig Holtein entiende que los actos realizados por el expresidente de la Generalitat durante el procés no son susceptibles de ser calificados como delito de rebelión (delito de alta traición conforme al Código Penal alemán), y por tanto solo extraditará a Puigdemont por el delito de malversación, no pudiendo ser juzgado en España por el delito de rebelión, debiéndose juzgar tan solo por el delito de malversación de fondos públicos.

Conforme a los artículos 81 y 82 del Código Penal alemán, para que se dé el delito de alta traición (equivalente al delito de rebelión español) es precio que medie violencia o amenaza de violencia; la Audiencia territorial señala que "lo que se requiere es que la violencia imponga tal presión en un órgano constituciónal que la voluntad de este se doblegue y es no es el caso aquí. (…) A Puigdemont, como incitador del referéndum, se le puede imputar la violencia que tuvo lugar el día de la consulta, pero estos actos violentos no tuvieron la forma, la envergadura y el efecto suficiente como para ejercer tanta presión en el Gobierno y que éste tuviera que capitular frente a las demandas de la persona violenta", considerando la justicia alemana que aunque el procés si generó actos violentos, los mismos no lograron que el estado claudicase, condición sine qua nom del delito de alta traición en Alemania, no pudiendo extraditar al expresidente por delito de rebelión a España.

Dicho lo cual, el Tribunal Regional Superior de Schleswig-Holstein dictó el pasado 5 de abril resolución por la que, además de apuntar que no extraditará a Puigdemont por el delito de rebelión, dicta la libertad bajo fianza de 75.000€ del expresidente, obligando a Puigdemont a fijar su residencia en la localidad de Neumünster, así como acudir una vez por semana ante la policía alemana mientras dure la tramitación de la EuroOrden.

Ante este panorama, una de las opciones era que la Fiscalía General de Schleswig-Holstein interpusiera recurso o presentara alegaciones frente a la decisión del Tribunal Regional Superior pero, según la Fiscalía General alemana, no tuvo margen de actuación, por lo que la resolución ha devenido firme.

Entre las opciones que se barajan desde el Tribunal Supremo, una de ellas, aunque en cierto modo arriesgada, es la retirada de la EuroOrden, permitiendo con ello la posibilidad de que Puigdemont sea libre de circular  por otros países, pudiendo reactivarse de nuevo y en cualquier momento la EuroOrden.

Esta opción cuenta con un factor a favor y es que el expresidente podría ser arrestado en cualquier momento que pisara suelo español por el delito de rebelión que se le ha imputado, por lo que si Puigdemont persiste en su huida, la misma debería prolongarse durante 20 años, periodo en el que prescribe el delito de rebelión por el que ha sido acusado.

Retirar la EuroOrden, como decimos, permitiría la circulación libre del expresidente pudiendo reactivarse en cualquier momento en el que el Tribunal Supremo entendiese que la misma puede prosperar por el delito de rebelión. Ahora bien, teniendo en cuenta lo bien asesorado que se encuentra Puigdemont, esta opción pierde fuerza pues difícilmente el expresidente circule por países donde sea posible que la EuroOrden prospere por un delito de rebelión.

Ahora bien, esta opción parece casi descartada dado el riesgo que la misma supone, así como por la imagen que daría la justicia española no solo en el plano europeo, sino también en el plano internacional, con el peligroso juego de EuroOrdenes.

Otra de las opciones es ampliar la EuroOrden y reclamar al juez la entrega del expresidente, no solo por los delitos de rebelión y malversación, sino también por el delito de sedición o el de organización criminal, delitos por los que ha sido procesado recientemente el ex jefe de los Mossos d'Esquadra, Josep Lluís Trapero, por los hechos acaecidos durante la celebración del citado referéndum soberanista del 1 de octubre.

Si bien es cierto el delito de sedición quedaba incluido en el delito de rebelión, dada las trabas con las que se está topando el Tribunal Supremo en Alemania en lo que a la EuroOrden se refiere, de ampliar la dicha EuroOrden al delito de sedición, haría de este un delito autónomo. Parece esta una opción más probable que la idea de retirar la EuroOrden.

Lejos de aquietarse a la resolución del Tribunal Regional Superior alemán, la opción que con más fuerza ha sonado en las  últimas horas es la posibilidad de que el Tribunal Supremo solicite una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea al objeto de aclarar el Acuerdo de la Unión Europea de 2002 para poner en marcha una EuroOrden de este tipo.

Considera el Alto Tribunal español que la EuroOrden es un mecanismo puramente formal que ha de dar cumplimiento a una petición de un tribunal de otro país, todo ello sin entrar en valoraciones ni comparaciones de otra índole entre los textos legales de los diferentes Estados Miembros de la Unión Europea.

Entiende el Tribunal Supremo español que la Audiencia Territorial alemana que ha dictado la resolución en la que entiende que la justicia alemana no puede extraditar al expresidente por el delito de rebelión supone una extralimitación en el objeto de la EuroOrden, ya que lejos de respetar el principio básico del reconcomiendo muto de resoluciones judiciales entre Estados Miembros de la UE, han entrado de lleno en el fondo del asunto al considerar que en la actuación de Puigdemont durante los actos del procés no medio violencia suficiente para entender dichos actos como constitutivos de un delito de alta traición, conforme al Código Penal alemán (equivalente al delito de rebelión español), entendiendo el Tribunal Supremo que ese grado de violencia en la actuación del expresidente ha de ser analizado por la justicia española y no por la Audiencia Territorial alemana encargada de la EuroOrden.

En otras palabras, la justicia alemana debe determinar tan solo si en la legislación alemana vigente existe o no un delito equivalente al delito de rebelión español, para en caso afirmativo, ordenar la entrega a la justicia española, pero no entrar en valoraciones y conclusiones que han de ser tomadas una vez sean juzgados los hechos objeto de imputación.

Sea cual fuere la opción por la que se decante el Tribunal Supremo, este caso puede haber supuesto el inicio del fin de la EuroOrden tal y como la conocemos hasta ahora, pues lejos de tejer puentes de confianza, unión y entendimiento entre los distintos Estados Miembros de la UE, lo que ha sucedido es más bien todo lo contrario, pues son muchos los que ahora ponen en duda la eficacia de la EuroOrden, al entender que la tramitación de la misma no puede ser el cobijo de aquellos que huyen de la justicia de su país.

Estas son las tres opciones que por el momento se están barajando desde el Alto Tribunal español, sin que a fecha de hoy, y debido a la prudencia con la que se ha tomado la decisión de la Audiencia Territorial alemana, podamos saber cuál será el camino que se andará.

¡Habrá que estar atentos!

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.

RECOMENDAMOS