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28/03/2024. 21:45:14

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Uberización jurídica

Abogado
Socio de GS Abogados & Asesores

Antonio González Cano

Para comenzar debemos analizar/definir…¿Qué es la uberización? Pues bien, esta expresión se usa para definir los nuevos modelos de negocios en los cuales particulares, pueden efectuar transacciones económicas vía apps ofreciendo prestación de servicios, como son el transporte, hospedaje y en nuestro caso el asesoramiento o ejercicio de la abogacía sería por compañeros.

Desde la aparición de la aplicación Uber, la famosa apps, que proporciona a sus usuarios una red de transporte privado a través de su software de aplicación («app») que conecta los pasajeros/usuarios con los conductores de vehículos registrados en su servicio, los cuales ofrecen un servicio de transporte a particulares por particulares. El sector de la prestación de servicios ha cambiado de forma radical.

Este modelo de negocio es denominado de los «disruptivos´´, es decir, rompedor e innovando de tal forma que genera la desaparición de productos o la modificación e influencia en la prestación de  servicios. Es aquí donde entra en juego en nuestro sector jurídico/legal.

Estos nuevos servicios, en su inicio  transformaron el transporte y así está ocurriendo actualmente con otros servicios como el hospedaje. Incluso siendo objeto de procedimientos judiciales iniciados por los principales afectados. Casos como los de Uber en Francia, BlaBlacar en España, AirBnB en el sector del hospedaje.

Dicho fenómeno, no puede ser ignorado por nuestro sector, dado que, afectará tarde o temprano a nuestro gremio no podemos pensar que nuestro negocio pueda ser impermeable a los nuevos cambios que nos rodean y debemos estar preparados para ello. Algunos compañeros creerán que esto no llegará nunca o que no irá con ellos, sobretodo los pequeños despachos tradicionales donde el principal capital son los clientes particulares. Pero sí afectará a las grandes compañías y corporaciones  con departamentos legales. De hecho algunos despachos americanos e ingleses están implantando, con sus matices, estos métodos de trabajo. 

¿Qué riesgos tiene la uberización del sector legal?

Principalmente, dos:

    1.      Esta  influencia  en la prestación de servicios puede afectar a la calidad en el ejercicio de la abogacía apartándose de nuestras funciones. No se puede olvidar  nuestro Código Deontológico, Adaptado al Estatuto General de la Abogacía Española, que establece en su «Artículo 4.- Confianza e integridad 1. La relación entre el cliente y su abogado se fundamenta en la confianza y exige de éste una conducta profesional íntegra, que sea honrada, leal, veraz y diligente.´´

    2.      Desplome de nuestros honorarios profesionales. El sector de la abogacía ha pasado y está pasando por serias dificultades económicas por motivo de la crisis.  Esta uberización legal podría ser un impedimento en nuestro crecimiento, sobre todo a los despachos pequeños y tradicionales.

Para concluir, una reflexión…antes de ignorar este nuevo fenómeno que ha influido a sectores tan potentes como el transporte, la hostelería…y ha supuesto un viraje económico, debemos preparar el terreno ante estos nuevos cambios en la prestación de servicios e incluso aprovecharlo de una forma eficiente velando por los intereses de la  profesión de la abogacía. Un  ejemplo son las compañías  de salud donde desde una apps ya puedes ser atendido por tu médico por video llamada… ¿Queremos eso? ¿Estamos prepados?

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