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29/03/2024. 10:18:09

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¿Responde LexNet a las expectativas?

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Ordenadores conectados

LexNet ante las expectativas

LA CARA

Gerardo Parejo Fernández
Abogado

Difícil encomienda la de defender a un sistema que ha recibido no pocas críticas, y con razón, debido a los problemas de conexión y a su irregular implantación en el territorio nacional, pero lo cierto es que esta plataforma nos augura un futuro más que prometedor, que por momentos ya logra avistarse. Vislumbremos una herramienta que por lo general funcione correctamente y sin mayores defectos que puntuales caídas de los servidores que ni las grandes corporaciones internacionales son capaces de evitar (que pregunten a Sony por un tal Anonymous), escenario éste que al menos desde mi experiencia he podido ya comprobar en más de una ocasión, llamadlo suerte.

No Partiendo de esta premisa, una plataforma como LexNet son todo ventajas para el abogado, comenzando por la que resulta a mi juicio más importante, que es la eficacia e inmediatez en la gestión de documentos, tanto en la relación con los Juzgados como en la gestión interna del abogado. En relación a lo primero, puedo participaros de mi propia experiencia hace unos pocos días en un procedimiento penal en fase de instrucción en el que presenté un escrito personándome en las actuaciones: antes, lo normal es que transcurriera un mínimo de 2-3 días (puede que más) para que el escrito fuera proveído, pero ahora, habiéndolo presentado por LexNet, me tuvieron por personado al día siguiente. El beneficio en este aspecto creo que es evidente.

Por otro lado, considero que las ventajas también se trasladan a la gestión interna del abogado y su relación con el cliente, ya que el vernos obligados a digitalizar cualquier documento que presentemos así como disponer de las notificaciones también en formato digital, coadyuva a llevar un orden eficaz en la gestión de documentos que nos permitirá tanto acceder a ellas instantáneamente para cualquier consulta que queramos realizar en el expediente, como si deseamos enviar al cliente alguna resolución. Además, esto reducirá considerablemente el riesgo en la responsabilidad profesional del abogado en lo que respecta a la pérdida de documentos, ya que aparte del disco duro de nuestro ordenador disponemos de gran cantidad de plataformas basadas en la llamada nube, donde podremos alojar la documentación que deseemos tener a buen recaudo.

Otra de las importantes ventajas para el abogado es el ahorro en los costes de nuestra actividad profesional, ya que por un lado, en aquellos procedimientos en los que no contemos con procurador, evitaremos tener que desplazarnos al Juzgado para presentar los escritos. Por el otro, no necesitaremos imprimirlos, lo que tiene a su vez una doble ventaja: el ahorro en el coste de papel y tinta (con el consecuente menor impacto en el medioambiente) y en el uso de la impresora (reducción de la factura de la luz).

Para terminar, me gustaría contaros otra anécdota en el uso de LexNet que he podido experimentar la misma mañana en la que me encuentro escribiendo estas líneas: se trataba de recurrir en reforma un Auto de transformación de Diligencias Previas en Juicio sobre delito leve. Pues bien, quizá os sorprenda pero tardé menos de cinco minutos en poder presentar el recurso, cuando de otra manera habría tenido que desplazarme al Juzgado para presentarlo, que en mi caso me habría llevado mínimo unos 45 minutos; con lo que había ganado 40 minutos de mi valioso tiempo, y todos sabemos que en nuestra profesión el tiempo es oro. Por todo esto considero que LexNet, con sus luces y sombras, puede ser una herramienta excepcional para el abogado.

LA CRUZ

Sergio Díaz López
Abogado

Es evidente que LexNet, ofrecido a los abogados como una solución a la lentitud de la Administración de Justicia y como una respuesta a la necesidad de ahorro de costes y de seguridad en las notificaciones, no responde a las expectativas creadas, al menos hasta la fecha. Ciertamente, me podría detener en los riesgos que implica un sistema netamente digital, como los abundantes errores de red (varios en tan solo un mes de vida), la insuficiente infraestructura que en muchas poblaciones existe para sostener dicha red, las deficientes alertas de notificaciones, la excesiva burocratización del propio sistema, la insuficiencia del espacio para adjuntar archivos a los escritos o incluso los temidos hackers (torres más altas han caído, como la web del propio Pentágono).

Igualmente, sería conveniente recordar que muchos de los profesionales de la Abogacía (sin perjuicio de los propios funcionarios respecto de los cuales no puedo expresar una opinión fundamentada) no estamos formados para el uso de esta plataforma, y que hubiera sido necesario establecer un periodo de coexistencia de lexNet con el sistema anterior. De hecho, estamos comprobando cómo en determinados partidos judiciales se están compatibilizando ambos, ante los problemas que están surgiendo con la aplicación de LexNet. Pero todo esto se ensombrece con lo que entiendo es el principal escollo del sistema, y la razón por la que las expectativas no solo no se cumplen, sino que generan frustración: las disfunciones judiciales.

Lo que cuento a continuación es una experiencia propia y muy reciente, que muestra a las claras que nos queda mucho camino por recorrer en LexNet. Hace aproximadamente un mes interpuse mi primera demanda a través del sistema, y tras más de tres horas de intensa lucha contra los elementos, finalmente pude comprobar con alivio que mi demanda había sido enviada (que no admitida). A finales del pasado mes de enero, tras admitirse la demanda, se me requirió por un Juzgado de lo Contencioso, que no identificaré por razones obvias, para que se me otorgara representación y se aportaran “dos juegos de copias de la demanda y los documentos adjuntos”. Pues bien, tras preparar oportunamente dichos juegos de copias y personado en el correspondiente Decanato para presentar físicamente los documentos, asombrosamente se me denegó la presentación alegando que debía hacerlo “digitalmente”. No acaba aquí el absurdo, pues me personé en el propio Juzgado para hablar con el negociado correspondiente, que me remitió igualmente a la presentación digital de las copias. Finalmente, recibí una llamada del Juzgado en la que se me recomendó que acudiera al Servicio Común de Notificaciones y presentara las copias, alegando que se trataba de un expediente anterior a la entrada en vigor de LexNet para permitir su admisión.

Como se puede constatar, estamos muy lejos de llegar a un punto en el que LexNet funcione como lo que debe ser: una plataforma que agilice de manera eficaz la tramitación de los expedientes judiciales, que permita a los profesionales acceder con sencillez y seguridad a las actuaciones y que redunde en un ahorro de costes real. Se podría alegar que los comienzos siempre son duros y que es necesario sufrir percances de todo pelaje para afinar la maquinaria, pero hay mucho en juego, nada menos que los intereses de nuestros clientes, y es imprescindible contar con seguridad y fiabilidad tanto en el aspecto técnico como en el procesal. A día de hoy, esto desgraciadamente no existe.

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