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25/04/2024. 07:59:51

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Anuladas preferentes de CaixaGalicia

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La inversión procedía de la venta de un piso La comercial reconoce que no tenía que haberles colocado un producto complejo a unos inversores con perfil de ahorrador Incluye la sentencia  

El juzgado de 1ª instancia nº 5 de l´Hospitalet de Llobregat ha declarado la nulidad de unas preferentes de CaixaGalicia (hoy NovaCaixaGalicia, NCG) colocadas a una pareja de ahorradores. Los 152.400€ invertidos correspondían al dinero obtenido por la venta de un piso. La comercial de CaixaGalicia reconoció en el juicio que no tenía que haberles colocado un producto complejo a unas personas con perfil ahorrador.

Protestas sobre preferentes

"La actitud de la comercial le honra, pero el daño ha sido generado bien por falta de formación o por dolo de la entidad; una mala praxis que empaña la necesaria función social de la banca", señala Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí, despacho que ha dirigido la defensa.

La magistrada aclara en su fallo que las preferentes son productos complejos porque el folleto no es entendible para un inversor medio, las pérdidas puedes superar el coste de adquisición y no existe mercado para hacerlas líquidas. La misma CNMV las clasificó como "complejas y de riesgo elevado", recuerda la sentencia.

En su opinión, NCG incumplió su obligación legal de trabajar con diligencia y transparencia en interés del cliente. No cumplió con el mandato de ofrecer información "imparcial, clara y no engañosa". No informó de los riesgos asociados a la inversión. Ni tampoco estudió la conveniencia del producto para los clientes. "Es obvio que una pareja de ahorradores que obtiene un dinero por la venta de un piso lo que quiere es una inversión segura y conservadora para su dinero", señala Navas.

La sentencia considera que hubo un error esencial y excusable, es decir "no subsanable con una diligencia media". Por lo tanto declara nula la colocación y obliga a NCG a devolver el dinero invertido el 19 de diciembre de 2003 menos los 54.044€ cubiertos por el Fondo de Garantía de Depósitos menos los 38.591,5€ percibidos en calidad de intereses. Es decir, 60.764,29€ más el interés legal del dinero. También condena a la entidad financiera al pago de las costas.

"Gracias a Dios, el que la hace la paga; la justicia es lenta, pero inexorable y la mala praxis siempre conlleva reproche judicial", concluye Navas.

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