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28/03/2024. 19:28:59

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Declarada la nulidad de preferentes adquiridas por un director del propio banco

Valentín Rodríguez Gómez
Abogado-socio de Rodríguez Hermosilla Abogados

Considera la Sentencia que el adquirente actuó en su condición de cliente de la entidad. La cualidad del actor por ser director de la propia Caja Madrid (hoy Bankia) no impide que incurriera en error o vicio al adquirir las participaciones preferentes y las obligaciones subordinadas. La información facilitada por el banco al director fue análoga a la que se ofreció al resto de clientes. Incluye la sentencia.

La sección vigesimoquinta de la sala de lo Civil de la Audiencia Provincial de Madrid revocó el pasado 11 de diciembre de 2018 una sentencia absolutoria de Caja Madrid (hoy Bankia) del juzgado de Primera Instancia nº 84 de Madrid. La sentencia de primera instancia estimó las excepciones de falta de legitimación activa, y la de caducidad de la acción, pero la Audiencia Provincial revoca estos pronunciamientos.

Mazo y montañitas de monedas

Respecto a la falta de legitimación activa, al haber vendido el actor las acciones derivadas del canje, la Audiencia Provincial concluye que el hecho de haber optado por una de las dos únicas alternativas posibles (la venta de las participaciones o el canje por acciones) que en ningún caso les permitía recuperar la totalidad de la inversión, no convierte en voluntaria su elección, pues ésta venía impuesta por circunstancias ajenas a la voluntad y comportamiento de los propios preferentistas.

Además, Doña María Teresa Gutiérrez Hermosilla, abogada socia de Rodriguez Hermosilla Abogados, nos indica que, sobre la condición de director de sucursal de la propia entidad demandada, la Sentencia de la Audiencia Provincial señala que La adquisición de los productos financieros litigiosos -Participaciones Preferentes y Obligaciones Subordinadas Cajamadrid-, se produjo, indudablemente, en el ámbito de la relación contractual bancaria constituida entre las propias partes litigantes. Esto es, en el ámbito de la relación del actor como cliente de la demandada; y no como empleado de la misma.

Continúa señalando la Sentencia, que el director de sucursal ha de ser clasificado, indudablemente, como cliente minorista, pues pese a su condición de empleado, no se objetivan en el caso, en absoluto, datos o elementos fácticos que permitan presumirle la experiencia, conocimientos y cualificación necesarios para tomar sus propias decisiones de inversión y valorar correctamente sus riesgos.

La Sentencia pone de relieve, igualmente, la vaga información proporcionada por Caja Madrid (hoy Bankia) a sus empleados, tal y como se desprende del testimonio prestado en el acto del juicio por el testigo (también director de Bankia), que evidencia que la entidad demandada no proporcionó a sus empleados la debida formación e información sobre la verdadera y real naturaleza de los productos financieros litigiosos y sobre los riesgos inherentes y asociados a los mismos.

La falta de conocimiento real sobre la naturaleza y riesgos de los productos litigiosos – participaciones preferentes y obligaciones subordinadas- y la "carencia informativa" por parte del banco en la comercialización de los mismos, es la que lleva a la Audiencia Provincial de Madrid a revocar la sentencia de primera instancia, declarando la nulidad, por consentimiento viciado por error, de los contratos de compra de participaciones preferentes y obligaciones subordinadas de Caja Madrid (hoy Bankia), condenando a Bankia a abonar al actor el importe de su inversión, incrementado con los intereses legales devengados desde la fecha de la efectiva adquisición de los productos objeto de litis, minorando esta cantidad el importe de la venta y de los rendimientos brutos obtenidos. "Se hace justicia al anular la Sentencia la adquisición de los productos litigiosos sin haberse recibido una correcta información sobre la naturaleza y riesgos de los productos, poniendo de manifiesto la mala comercialización de los mismos por parte de Caja Madrid (hoy Bankia)", concluye la socia de rodriguezhermosilla.es.

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