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28/03/2024. 21:45:58

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Nuevo sistema de valoración de los daños por accidentes de circulación

Doctor en Derecho. Ponente del TEAC

La Ley 35/2015, de 22 de septiembre, ha procedido a la reforma del actual sistema de valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

Accidente de tráfico

En efecto como señala su Exposición de Motivos, han transcurrido ya más de veinte años desde la entrada en vigor en 1995 del Sistema de valoración de daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, conocido con el nombre de «Baremo», y que figura actualmente como Anexo en el Texto Refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre. Durante este tiempo, el conjunto de reformas que en el ámbito comunitario se han emprendido en relación con el seguro del automóvil, tendentes todas ellas a incrementar la protección a las víctimas mediante la garantía de una indemnización suficiente, han justificado la conveniencia de revisar el sistema con el fin de introducir las modificaciones necesarias a través de la citada Ley 35/2015.

El nuevo Baremo se inspira y respeta el principio básico de la indemnización del daño corporal; su finalidad es la de lograr la total indemnidad de los daños y perjuicios padecidos para situar a la víctima en una posición lo más parecida posible a la que tendría de no haberse producido el accidente. Para ello, también se identifican nuevos perjudicados y nuevos conceptos resarcitorios que no estaban recogidos en el anterior Baremo. Se sistematizan y dotan de sustantividad propia las indemnizaciones por daño patrimonial (daño emergente y lucro cesante) que el anterior Baremo preveía de un modo significativamente simplista e insuficiente. Y se ha puesto al día, mediante su aumento, el conjunto de indemnizaciones, destacando en particular las que corresponden a los casos de fallecimiento -y, en especial, la de los hijos de víctimas fallecidas- y de grandes lesionados.

La reforma citada supone, en definitiva, una mejora manifiesta del sistema vigente, tanto desde la perspectiva de su consistencia jurídica y de su estructura como, en general, de las cuantías indemnizatorias que incorpora; supone también un apreciable progreso en el tratamiento resarcitorio de los perjudicados por los accidentes de tráfico, mejorando sustancialmente el sistema legal vigente.

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