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28/03/2024. 16:08:06

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Batalla fiscal entre Comunidades y grandes comercios. El TJUE pone las reglas

Carlos Jericó Asin
Área Fiscal. Departamento de Desarrollo y Soluciones de Contenidos-Legal & T&A

Incluye la sentencia

La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de los arts. 49, 54 y 107.1 TFUE.

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Esta petición se ha presentado en el contexto de un litigio entre la Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución (ANGED) y la Generalitat de Catalunya, en relación con la legalidad de un impuesto que grava a los grandes establecimientos comerciales situados en la Comunidad Autónoma de Cataluña.

Básicamente, lo que se pretende con este impuesto es compensar el impacto sobre el territorio y el medioambiente que puede tener la actividad de estos titanes comerciales. Además, los ingresos relacionados irían destinados a la realización de planes de actuación medioambientales y a la mejora de las infraestructuras.

Surgen dos cuestiones importantes a resolver:

    1ª) ¿Es compatible este impuesto autonómico con la libertad de establecimiento?

    La normativa controvertida se basa en el criterio de la superficie de venta del establecimiento, que no supone ninguna discriminación directa. Tampoco se demuestra que este criterio perjudique en la mayor parte de los casos a los nacionales de otros Estados miembros o a las sociedades que tienen su domicilio social en otros Estados miembros. La libertad de establecimiento no es incompatible con un impuesto como el controvertido.

    2ª) ¿Se pueden considerar como ayudas de estado -por tanto, prohibidas- las exoneraciones previstas por el impuesto autonómico (establecimientos cuya superficie de venta sea inferior a 2 500 m2 y otros)?

La Sala entiende que no cabe considerar que la exoneración fiscal de la que disfrutan estos establecimientos comerciales confiera una ventaja selectiva a dichos establecimientos y, por tanto, no puede constituir una ayuda de Estado en el sentido del art. 107 TFUE.

¿Quiere leer la sentencia?

 

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