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19/04/2024. 13:57:42

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Los acuerdos económicos entre España y la Santa Sede y la legislación fiscal de las entidades sin fines lucrativos

Últimamente es común que se oiga que en un país aconfesional como es el Estado Español, los acuerdos con la Santa Sede estén desfasados y no se tenga por bien que el Estado entregue dinero a la Iglesia Católica, desde estas líneas que me brindan, quisiera exponer como está el tema económico entre España y la Santa Sede.

Dibujo de la Ciudad del Vaticano y símbolo del Euro

Cierto es que los acuerdos son de 1979 y que han pasado muchos años y que posiblemente estén desfasados, por eso quisiera desde aquí compararlo con la actual fiscalidad española, para poder comprobar en qué medida nos afecta, por eso vamos a desgranarlo punto por punto.

INGRESOS.

Según el Acuerdo en el artículo I, se establece que el Estado se compromete a colaborar con el adecuado sostenimiento económico de la Iglesia Católica por un periodo de 3 años, trascurrido los 3 ejercicios, el Estado podrá asignar un  porcentaje del IRPF, siempre y cuando el contribuyente manifieste expresamente su voluntad de que dicho porcentaje se destine a tal fin.

Y así es como se está financiando la Iglesia Católica, con el 0,7% que los contribuyentes deciden que vaya a tal fin, al igual que las demás organizaciones sin fines lucrativos que también reciben del Estado el 0,7% que los contribuyentes destinan a dicho fin, por lo que al establecer dicha comparación, no parece que esto afecte a las arcas del Estado, ya que la Iglesia Católica sería una entidad sin fin lucrativo y sería igualmente participe de dichos ingresos estatales.

IMPUESTOS.

En cuanto al tema de los impuestos, lo cierto es que también hay un poco de desconcierto a la hora de saber que impuestos debe pagar la Iglesia Católica y de cuales está exento.

El primer lugar hay que decir que en 1994, con la Ley de fundaciones, la Iglesia por asimilación queda incluida dentro de dicha Ley, pero lo que más revoluciona el panorama es la Ley 49/2002 de entidades sin fines lucrativos y de incentivos al mecenazgo, donde ya tanto la Iglesia Católica como las demás confesiones y entidades religiosas que tienen suscritos convenios de colaboración con el Estado Español, pasan a regularse por dicha Ley, dejando los Acuerdos anulados y asumiendo dicha Ley.

Por otro lado la orden de Hacienda EHA/3958/2006 de 28 de diciembre, establece que a partir del 01 de enero de 2007 no se aplicarán los supuestos de exención del artículo III del Acuerdo con la Santa Sede, por lo que deja de estar exenta de IVA. 

En cuanto al Impuesto de Sociedades, la Iglesia es sujeto pasivo de dicho impuesto, estando obligado a presentarlo y tributar por las rentas no exentas, siendo dichas rentas exentas las que vienen expuestas en el artículo 6 y 7 de la nombrada Ley 49/2002, debiendo tributar por las demás rentas.

Respecto del IBI, hay que decir que la Iglesia Católica ya no puede aplicar el artículo IV del Acuerdo, sino que viene obligada a asumir la Ley 49/2002, donde en su artículo 15 establece las exenciones aplicables a los inmuebles de su propiedad.

En cuanto a los demás impuestos locales, hay que decir que ha excepción del I.C.I.O., todos los demás comparte las exenciones con las entidades sin fines lucrativos, estando exenta la plusvalía municipal (I.V.T.U.), única y exclusivamente de los bienes exentos de IBI.

Otros impuestos de los que se comparte las exenciones con las entidades sin fines lucrativos, son el Impuesto sobre Trasmisiones Patrimoniales y el Impuesto sobre Sucesiones, que vienen determinados en la propia Ley.

Dicho esto y a modo de repaso, se hace notar, que los Acuerdos del 79 no es que estén obsoletos, sino que a mi modo de entender y como lo he expuesto, el 90% no están vigentes, ya que la Iglesia Católica, ha pasado a formar parte de las entidades que se acogen a la Ley 49/2002 de entidades sin fines lucrativos y de incentivos del mecenazgo, por lo que el Estado Español no está haciendo ningún esfuerzo extra, ni está aportando más que lo que los contribuyentes deciden aportar a la Iglesia Católica.

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