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19/03/2024. 12:03:12

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Tácticas para recuperar el IVA de los tiques

El documento que la administración tributaria establece como documento válido para poder aplicarse la deducción del IVA es la factura completa. Por lo tanto, el tipo impositivo que se recoge en los tiques o facturas simplificadas no sería deducible. No obstante, existen estrategias dirigidas a completar la información de los tiques para que esa deducción sí sea posible.

Ticket

Los tiques o facturas simplificadas son documentos en los que no se identifica al destinatario, por lo tanto, no es sencillo comprobar si el IVA que hay documentado en ellos ha sido soportado por un sujeto en particular. Es decir, el adquirente de los bienes o servicios no está identificado en los tiques o facturas simplificadas. Si queremos que esa información sirva para justificar la deducción y convencer a la administración tributaria debemos seguir unas pautas.

Desde Asesor Excelente te vamos a explicar las dos opciones que existen para poder recuperar el IVA de los tiques o facturas simplificadas. ¿Qué podemos hacer?

Opción 1: Completar la información de los tiques

Las facturas simplificadas pueden ser válidas para justificar la deducción del IVA siempre y cuando se les añada información adicional. Los artículos 7.2 y 7.3 del Reglamento de Facturación establecen que si las facturas simplificadas cuentan con la siguiente información podrán utilizarse como documento para deducir el IVA:

  • Número identificación fiscal: NIF-IVA del cliente
  • Domicilio del destinatario.
  • La cuota de IVA

Estos datos adicionales pueden ser añadidos a mano por el empresario o profesional que nos haya vendido el bien o prestado el servicio. En este caso, existe la tentación comprensible de que uno mismo añada esos datos, lo que no sería aceptable por la administración, ya que estaría adulterando la factura original al portador. La agencia tributaria podría determinar, mediante una prueba caligráfica, que se trata de la misma letra y, por tanto, que hemos rellenado nosotros mismos los datos adicionales del tique.

Existe la posibilidad de acudir a un tercero que nos complete la factura simplificada, pero lógicamente ese tercero debe ser una persona autorizada por el empresario o profesional que expidió el tique.

Opción 2: Sustituir el tique o factura simplificada por una factura completa

Para poder deducirnos el IVA de estos documentos sin problemas, lo más sencillo es que nos emitan una factura completa. De esta forma, podremos justificar de manera clara el derecho a la deducción. Para ello, debemos acudir al profesional o empresario que nos ha prestado el servicio y solicitarle la sustitución de la factura simplificada por una completa.

En este caso, se pueden incluir varios tiques en una misma factura recapitulativa, siempre y cuando se refieran a operaciones realizadas en el mismo mes natural.

Para llevar a cabo esta segunda estrategia, hay que tener en cuenta la prescripción. Si queremos sustituir los tiques por facturas completas y han pasado, por ejemplo, diez años, esta pretensión ya no sería razonable.

Todo lo expuesto ha de entenderse sin perjuicio de que los gastos así documentados sean deducibles del IRPF y/o del Impuesto de Sociedades, en su caso. Para completar toda la información relativa a las novedades de la actual campaña de la renta, puedes visitar la web de Asesor Excelente.

 

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