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La supervisión bancaria por el Banco Central Europeo como uno de los pilares de la futura Unión Bancaria Europea

Especialista en regulación financiera

«If everything is a priority nothing is a priority. We have to think very carefully where we should use up our time and spend our political energy more intelligently». José Manuel Durão Barroso (2014), Presidente de la Comisión Europea.

Edificio del Banco Central Europeo

Se suele aseverar que la Unión Europea es una realidad con una estructura lenta, pesada, excesivamente estatalizada y burocratizada, fatigosamente gobernable y alejada de los ciudadanos y de sus necesidades. ¿Qué se puede esperar de una entidad supranacional que agrupa a 28 Estados clásicos y a más de 500 millones de ciudadanos, que sigue creciendo y despertando, a pesar de todo, resquemores de unos y suspiros de otros que desearían formar parte de este selecto club?

La Unión ha conseguido el logro para el que se creó, que fue la erradicación de la guerra en Europa mediante la colaboración económica estrecha de sus principales potencias. Este originario objetivo, complejo y ambicioso de por sí, que exige un seguimiento continuo para que la paz no se escape como la arena de las manos, ha debido ser ensanchado para dar cabida a los ciudadanos y para dotar de mayor legitimidad democrática al proyecto.

No sin cierta exageración, se dice de Europa que es «un gigante económico pero un enano político». Recientemente, en esta senda, el Presidente de la Comisión Europea ha afirmado que «el carácter político de nuestra Unión todavía no está enteramente claro» (Comisión Europea, 2014, pág. 1).

También se alude con reiteración a la inexistencia de interlocutores adecuados para el establecimiento de relaciones estratégicas con sus aliados, concretada en la popular frase, atribuida a Henry Kissinger, de «¿a quién llamo si quiero hablar con Europa?».

La crisis de 2008, la «Gran Recesión», sólo comparable con la funesta «Gran Depresión» del primer tercio del siglo XX, ha estremecido los pilares mismos de la Unión Europea. La crisis ha adoptado múltiples formas, y, así, ésta se puede adjetivar, desde la perspectiva de la Unión, como una crisis constitucional, financiera, económica, de deuda soberana y geopolítica (Comisión Europea, 2014, pág. 1).

Aunque Europa ha mostrado una extraordinaria capacidad de resistencia («resiliencia») y ha respondido a estos retos con vigor, la desigualdad y el riesgo de exclusión han crecido hasta niveles preocupantes. En 2011, casi una cuarta parte de sus habitantes -120 millones-, en diverso grado, se encontraba en riesgo de pobreza o exclusión social, a pesar de que ser pobre en Europa puede ser un «lujo» en comparación con serlo en otros lugares del planeta (López Jiménez, 2014a, 2014b).

El 26 de julio de 2012, coincidiendo con la intervención del sector financiero español por las autoridades europeas y el Fondo Monetario Internacional, con un euro a punto, literalmente, de saltar hecho pedazos, el Presidente del Banco Central Europeo, Mario Draghi, pronunció una frase histórica y sanadora: «Within our mandate, the European Central Bank is ready to do whatever it takes to preserve the euro. And believe me, it will be enough» (Banco Central Europeo, 2012). Es decir, «haremos lo que sea para proteger el euro, y será suficiente».

Justo un mes antes se sentaron las bases de la Unión Bancaria Europea, en el marco más amplio de la Unión Económica y Monetaria, en un informe del Presidente del Consejo Europeo, Herman Van Rompuy, titulado «Hacia una auténtica Unión Económica y Monetaria» (Consejo Europeo, 2012).

Este informe propuso una Unión Económica y Monetaria basada en un marco único para el sistema financiero (que es a lo que ahora prestaremos atención), en una estructura presupuestaria integrada, en un marco de política económica común y, por último, en la necesaria legitimidad democrática y responsabilidad de la toma de decisiones.

Curiosamente, Durão Barroso revela una anécdota al respecto, pues al ser diseñado, más adelante, el nuevo marco de la Unión Bancaria, le fue reprochado que dicho concepto no figuraba en los Tratados, a lo que cotraargumentó que, siendo cierto que no estaba contemplado, era necesario para cumplir objetivos que sí lo estaban (Comisión Europea, 2014, pág. 2).

El pretendido marco financiero, según Van Rompuy, debería garantizar la estabilidad financiera, sobre todo en la  zona del euro, y reducir al mínimo el coste de las quiebras bancarias para los ciudadanos europeos. Dicho marco elevaría la responsabilidad de supervisión al nivel europeo y serviría para establecer mecanismos comunes para resolver las crisis de bancos y garantizar los depósitos de los clientes. Sólo así se podría romper el círculo vicioso («doom loop») entre la deuda privada y la deuda soberana.

De este modo, quedaban bosquejados en esta hoja de ruta los cuatro pilares en los que descansaría la Unión Bancaria: un régimen regulatorio unificado («single rulebook»), el Mecanismo Único de Supervisión (MUS), el Mecanismo Único de Resolución (MUR) y un esquema común de garantía de depósitos.

La celeridad con la que se han desenvuelto a partir de entonces los acontecimientos, probablemente bajo la presión de la necesidad, permite echar por tierra algunos de los tópicos mostrados anteriormente, como que la Unión Europea no reacciona con contundencia ante la aparición de situaciones de apuro, o que no hay un liderazgo político o contrapartes con las que contactar, interactuar y negociar al más alto nivel (todo ello, hay que reconocerlo, con evidentes limitaciones y peculiaridades, cuya explicación iría mucho más allá de lo que ahora pretendemos).

En algo más de dos años ha sido posible arrebatar la supervisión de los bancos a las autoridades nacionales para ser conferida a una autoridad europea, el Banco Central Europeo.

Esta supervisión comenzará el 4 de noviembre de 2014, aunque previamente se habrá realizado una exhaustiva evaluación global («comprehensive assessment») para medir el grado de «salud financiera» de las entidades de crédito que quedarán bajo la supervisión directa del Banco Central Europeo. Esta evaluación se subdivide en el sometimiento a una prueba de resistencia («stress test») y a un proceso de valoración de activos («asset quality review»). El 26 de octubre de 2014 es la fecha de publicación del resultado del examen.

Esta operativa resulta familiar en España, pues parte de las entidades de nuestro país quedaron sujetas a procedimientos muy similares en el proceso de recapitalización del sector seguido conforme al Memorando de Entendimiento de julio de 2012.

Las entidades que no alcancen los requerimientos mínimos de capital (5,5% y 8% de capital de máxima calidad, en los escenarios, respectivamente, normal y adverso) deberán recapitalizarse con recurso, primero, al mercado, y, en su defecto y excepcionalmente, con ayudas públicas.

Estos requerimientos de capital se establecen en la normativa europea de adaptación de los criterios de Basilea III, que son la Directiva 2013/36/UE (conocida como «CRD IV») y el Reglamento (UE) 575/2013 (conocido como «CRR»), ambos de 26 de junio de 2013. La Directiva se ha transpuesto por medio de la Ley 10/2014, de 26 de junio.

Los Estados de la Unión Europea cuya moneda no sea el euro podrán decidir participar en el Mecanismo Único de Supervisión mediante el establecimiento de una «cooperación estrecha» de sus autoridades nacionales competentes con el Banco Central Europeo.

Las entidades directamente supervisadas por el Banco Central Europeo serán las denominadas como «significativas», que son, en general, las que posean activos superiores a los 30.000 millones euros, o que hayan solicitado o recibido ayuda financiera directa procedente del Mecanismo Europeo de Estabilidad (MEDE) o del Fondo Europeo de Estabilidad Financiera (FEEF).

El Banco Central Europeo supervisará, en consecuencia, unos 120 grupos bancarios que incluirán aproximadamente a 1.200 entidades. La supervisión diaria correrá a cargo de los «equipos conjuntos de supervisión», integrados por personal de las autoridades nacionales y del propio Banco Central Europeo. Desde cada país se realizará la supervisión directa de las entidades «menos significativas», que son alrededor de 3.700 (Banco Central Europeo, 2014a), pero con unas reglas de supervisión comunes y bajo la atenta mirada del Banco Central Europeo.

En el Banco Central Europeo se residencian las funciones de política monetaria y, ahora, las de supervisión bancaria, por lo que uno de los aspectos que más ha preocupado en la instauración de la nueva regulación ha sido el de que no se produzcan interferencias entre ambas funciones (monetaria y de supervisión) y que cada una conserve su independencia.

Más adelante vendrá la implementación de los procedimientos de reestructuración y resolución de entidades [Directiva 2014/59/UE, de 15 de mayo, y Reglamento (UE) 806/2014, de 15 de julio], y la armonización de los fondos de garantía de depósitos (Directiva 2014/49/UE, de 16 de abril), pero el primer paso hacia la Unión Bancaria, y por tanto, hacia una genuina Unión Económica y Monetaria, está dado.

¿Es la supervisión por el Banco Central Europeo una garantía de que no habrá más crisis financieras en el futuro? La Presidenta del Consejo de Supervisión del Mecanismo Único de Supervisión, Danièle Nouy (Banco Central Europeo, 2014b) cree que no, pero opina que el riesgo se podrá reducir al mínimo, para concluir, y compartimos su convicción, que «estamos construyendo algo histórico que hará de Europa un lugar mejor para los negocios y un lugar que favorece el éxito», lo que, al fin y al cabo, generará prosperidad y oportunidades para todos.

Referencias bibliográficas

Banco Central Europeo (2012): «Speech by Mario Draghi, President of the European Central Bank at the Global Investment Conference in London», 26 de julio.

Banco Central Europeo (2014a): «Guía de Supervisión Bancaria», 2014.

Banco Central Europeo (2014b): «Un paso más hacia una Europa mejor: el establecimiento de la supervisión bancaria», artículo de opinión publicado en varios periódicos europeos, 30 de septiembre.

Comisión Europea (2014): «"Rethinking regulation": keynote speech at the ´Smart regulation in the EU´ conference», conferencia de José Manuel Durão Barroso, Speech/14/686, 14 de octubre.

Consejo Europeo (2012): «Hacia una auténtica Unión Económica y Monetaria», Informe del Presidente del Consejo Europeo, Herman Van Rompuy, EUCO 120/12, 26 de junio.

López Jiménez, J.Mª. (2014a): «La desigualdad y la pobreza en el mundo: una realidad con varias faces», Extoikos, núm. 13.

López Jiménez, J.Mª. (2014b): «¿Qué es preferible: ser rico en un país pobre o pobre en un país rico?: más allá de la estadística», Extoikos núm. 13.

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