Los litigios relativos a los contratos de permuta comercializados por bancos a clientes minoristas y PYMES en España aumentan exponencialmente. Los clientes bancarios se escudan en el vicio del consentimiento debido a la información poco clara que recibieron cuando contrataron la operación. Los conceptos relativos a estos contratos son muy arduos y por tanto se pretende dar unas pautas básicas para adentrarse en este tipo de litis.
Antonio Rivela,
Socio Fundador de Netvalue Forensic
Un IRS (Interest Rate Swap) o en castellano contrato de permuta de tipos de interés es un acuerdo entre dos partes, donde cada una se compromete a realizar pagos periódicos a la otra, en determinadas fechas futuras. Se trata de cubrir las posibles variaciones de interés que se prevé que se producirán en el medio plazo, de tal forma que a una de las partes le interesa cobrar o pagar un tipo de interés variable, mientras que a la otra parte le interesa cobrar o pagar un tipo de interés fijo.
Dichos pagos son calculados en base a unos tipos de interés específicos y un importe nominal teórico.
Las liquidaciones se calculan en base a las diferencias establecidas entre los tipos de referencia y los tipos fijados en el contrato.
Se trata de un contrato especialmente diseñado para aquellos casos en los que se espera que la tendencia de los tipos mantenga una determinada línea en el medio y largo plazo.
Utilidad: Este tipo de contrato tiene una especial utilidad cuando como consecuencia de un proceso de inversión o financiación nos encontramos con que los flujos de caja derivados de dicho proceso son variables y deseamos transformarlos en fijos o a la inversa.
Conceptos básicos:
Antonio Rivela,
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