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29/03/2024. 11:44:56

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La comisión europea lanza la revisión de la definición de PYME

La Comisión Europea está revisando la definición de micro, pequeña y mediana empresa (PYME) establecida en la Recomendación 2003/361/CE de 6 de mayo de 2003 (la “Recomendación”). Con este fin, la Comisión ha lanzado una consulta pública que será útil para determinar si la definición actual es apropiada, así como para identificar opciones de cara a posibles enmiendas.

PYME

La recomendación actual busca asegurar la igualdad de condiciones; evitar el falseamiento de la competencia entre empresas; garantizar la igualdad de trato de todas las PYME y mejorar la consistencia y efectividad de las políticas relativas a este tipo de empresas.

A nivel de la Unión Europea, existen una serie de instrumentos que proporcionan apoyo económico a PYME, les ofrecen tarifas más bajas y menores cargas administrativas. La definición de PYME es crucial para determinar si una empresa tiene derecho a estos beneficios. Actualmente, la definición de PYME depende de tres criterios: (i) número de personal; (ii) factores financieros; y, (iii) propiedad.

Por lo que respecta al primer criterio, para ser considerada como PYME, la empresa debe de tener menos de 250 trabajadores a tiempo completo por año. El segundo criterio requiere que la empresa tenga una facturación anual igual o superior a 50 millones de euros o que su balance no supere los 43 millones de euros. Si sólo uno de estos dos umbrales se cumple, la empresa aún puede ser considerada como PYME. Por último, el tercer criterio diferencia entre empresas autónomas, empresas con relaciones de colaboración (propiedad entre 25% y 50%) y empresas vinculadas con otras entidades. Se considera que una empresa es autónoma cuando es totalmente independiente y no se halla vinculada a ningún socio o entidad. En caso de que una empresa no sea autónoma, el número de trabajadores y los aspectos económicos del criterio (ii) de las entidades vinculadas se sumarán al de la empresa en cuestión.

La Comisión adopta un Reglamento Delegado con nuevas reglas para el procesamiento de pagos con tarjeta

La Comisión ha publicado el Reglamento Delegado 2018/72 que establece nuevos requisitos para garantizar la independencia de los regímenes de pago con tarjeta y entidades procesadoras con el fin de promover la competencia en el mercado de este tipo de pagos. De esta manera, los operadores económicos podrán elegir el procesador más apropiado para sus transacciones con tarjeta en beneficio de los consumidores.

Cuando un consumidor paga con tarjeta en una tienda o por internet, la compra debe ser procesada para que el pago llegue a la cuenta bancaria del vendedor.  Las compañías procesadoras son las que se encargan de prestar este servicio. En muchas ocasiones, los regímenes de tarjetas de pago también prestan el servicio de procesamiento de pagos y, por consiguiente, compiten con aquellas empresas independientes que también prestan el mismo servicio.

En conformidad con el Reglamento (UE) 2015/751 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las tasas de intercambio aplicadas a las operaciones de pago con tarjeta, los regímenes de tarjetas de pago deben garantizar la independencia de sus propios servicios de procesamiento del resto de sus servicios o actividades. Esto impide que los regímenes de tarjetas puedan beneficiar a sus propios servicios en detrimento de los de sus competidores, así como la agrupación de sus servicios de procesamiento con otros servicios.

Para garantizar la independencia de los servicios de procesamiento, el nuevo Reglamento establece requisitos detallados en relación con la separación de ciertas funciones. Estas reglas entrarán en vigor el 7 de febrero de 2018. Entre otros, se incluirán límites para los intercambios de información, además de balances de pérdidas y ganancias separados, organización corporativa separada (espacios de trabajo, dirección y personal) y toma de decisiones independiente.

Como resultado de esta separación, los operadores económicos podrán escoger el mejor procesador para sus transacciones con tarjeta mientras que los consumidores se beneficiarán de costes de procesamiento más reducidos.

* Para ver el contenido completo de esta crónica y, mucho más, consulte la REVISTA ARANZADI UNIÓN EUROPEA, núm. 3 (MARZO) 2018 Año XLIV.

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