El contrato de distribución carece de regulación normativa especifica en nuestro país. Cuando se resuelve un contrato de distribución, frecuentemente, se plantea la cuestión de conocer si el distribuidor tiene derecho a reclamar a una indemnización por clientela. La jurisprudencia viene adviniendo el derecho de indemnización por clientela a la resolución de los contratos de distribución ya sean por tiempo indeterminado o de duración indefinida. Para establecer si existe derecho a indemnización por clientela, lo primero que hay que tener en cuenta es la libertad contractual entre las partes, es decir, lo que se ha pactado en el contrato de distribución. A falta de acuerdo expreso entre las partes, el distribuidor tendrá derecho de indemnización por clientela siempre y cuando se den unas determinadas circunstancias que son las siguientes.
Contratos de distribución: derecho a indemnización por clientela
Abogado en ejercicio en Sanahuja&Miranda Abogados.
Responsable del Área de Derecho Mercantil, Societario y Financiero