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28/03/2024. 17:56:31

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Mitos y realidades de las Sociedades LLC de Delaware, Estados Unidos de América

Sobre el Estado de Delaware existe una amplia y difundida concepción de que las sociedades constituidas en ese Estado, especialmente las Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Limited Liability Companies”) -Sociedades LLC- se benefician de ciertas “ventajas legales y fiscales” que convierten al Estado de Delaware en un Estado que ha llegado a considerarse, en ciertos medios, como un “Cuasi Paraíso Fiscal”.

Sociedades LLC

Veamos que hay de verdad en ello, analizando si se trata de un mito o de una auténtica realidad, en especial, considerando los factores que afectan a los Empresarios y Profesionales Españoles que deciden implantarse en los Estados Unidos. Para ello conviene analizar cuatro tipos de consideraciones:

  • Legales
  • Fiscales
  • Comerciales
  • Migratorias

1.    Consideraciones Legales:

Mito: El Estado de Delaware es bien conocido por las peculiaridades de la normativa reguladora de las Sociedades LLC que otorga a estas sociedades cierta flexibilidad y grado de confidencialidad sobre la identidad de los responsables de su administración. Pero la equiparación de ello con la normativa comparable vigente en Paraísos Fiscales es cuanto menos exagerada, y poco tiene que ver con la realidad.

Realidad: La normativa que regula las Sociedades LLC en el Estado de Delaware es muy similar al resto de las Sociedades de los Estados de la Unión, y por tanto las características y funcionamiento de las Sociedades LLC de Delaware es similar a las sociedades que se constituyen en el resto de los Estados.

Ello no obstante, es bien cierto que la flexibilidad normativa de las Sociedades LLC de Delaware, sin duda ha contribuido a la proliferación de este modelo societario en la creación y expansión de "Sociedades Startups".

Más allá de ello, la principal diferencia, importante sin duda, es que el nombre del Administrador de una Sociedad LLC no consta en la documentación de constitución y registro de la sociedad y, por lo tanto, no es objeto de registro público.

Ahora bien, el nombre del Administrador debe figurar en todas las actividades de negocio que realiza cualquier sociedad de Delaware, y desde luego, tanto el nombre del Administrador como incluso el nombre del Último Beneficiario ("Ultimate Beneficial Owner") -"UBO"- debe ser revelado a cualquier entidad bancaria o financiera con la que la sociedad establezca y mantenga actividades de negocio. Adicionalmente, el Administrador de la Sociedad LLC debe ser revelado anualmente a la Agencia Federal Tributaria ("Internal Revenue Service") -"IRS-, y también por temas de Tributos Estatales o Locales o incluso por otros requerimientos legales que puedan afectar la negocio, el Administrador debe ser registrado ante la Administración Estatal o Local.

2.    Consideraciones Fiscales:

Mito:

En relación a las supuestas e internacionalmente difundidas "excepcionales ventajas fiscales" de las Sociedades LL de Delaware, en realidad ni son tantas, ni tampoco son aplicables a todo tipo de actividad empresarial o profesional.

Es cierto que a la Sociedad LLC se le otorga por el IRS en todos los Estados de la Unión, el beneficio del régimen de transparencia fiscal, que posibilita que el inversor extranjero tribute solo por los beneficios que recibe como Socio de la sociedad. Adicionalmente, las Sociedades LLC de un solo Socio no están obligadas a presentar una Declaración de Impuestos como sociedad como tal, ya que por el régimen de transparencia fiscal, los beneficios o pérdidas son imputables al Socio, y será el Socio el responsable de presentar Declaraciones de Impuestos como Residentes o No Residentes en los Estados Unidos (según sea el caso) sobre los ingresos y beneficios obtenidos por la actividad de la Sociedad LLC.

Realidad:

Contrariamente a la impresión que sobretodo a nivel internacional se ha difundido, las Sociedades de Delaware no gozan de ningún trato fiscal favorable a nivel federal, y sus obligaciones fiscales son las mismas que cualquier otra sociedad de los Estados Unidos a nivel de tributación federal en el IRS.

Por lo que respecta a las obligaciones fiscales estatales, las Sociedades de Delaware gozan de ciertos beneficios e incentivos fiscales del cual no disfrutan otras sociedades de otros Estados de la Unión.

El ejemplo más significativo es el de las Sociedades de Delaware que adoptan la forma de Sociedades Holding de Inversión ("Delaware Investment Holding Company") -"DIHC"- y que están exentas de tributación estatal en Delaware por la explotación de activos intangibles que sean propiedad de la DIHC o cuya explotación este cedida a favor de una DIHC.

3.    Consideraciones Comerciales:

Mito: Una Sociedad constituida en el Estado de Delaware puede desarrollar actividades empresariales y profesionales comerciales en todos los Estados de la Unión.

Realidad: Si bien es cierto que una Sociedad constituida en el Estado de Delaware (o cualquier Estado de la Unión) puede desarrollar desde su sede social actividades comerciales que alcancen a todos los Estados de la Unión, no es menos cierto que un error muy común, y que se produce muy frecuentemente, es que se constituya una sociedad en el Estado de Delaware para realizar actividades de negocio que realmente se desarrollan en otro Estado, en donde la sociedad mantiene oficinas, locales, almacenes, o un establecimiento permanente en eso otro Estado. Ello conlleva a que acabe siendo necesario constituir una nueva sociedad en ese otro Estado en donde efectivamente se desarrollan las actividades reales de negocio de la sociedad, o bien, registrar la Sociedad de Delaware en ese otro Estado.

4.    Consideraciones Migratorias:

Mito: El Servicio de Inmigración y Naturalización de los Estados Unidos ("United States Citizenship and Immigration Services") -"USCIS"- puede otorgar Visados de Trabajo a Empleados de una Sociedad de Delaware válidos para trabajar en todo el territorio federal de los Estados Unidos.

Realidad: Los Visados son concedidos por el USCIS a la sociedad constituida o registrada en el Estado donde se encuentra su base real y operativa, por lo que una sociedad constituida en el Estado de Delaware con el simple objeto de obtener una "trato fiscal favorable" y sin disponer de una base real y operativa de negocio basado en un establecimiento permanente compuesto de oficina, local, almacén, personal contratado, etc. etc., difícilmente podrá ser calificada por el USCIS como elegible para la obtención y concesión de un Visado Trabajo para cualquier empleado suyo extranjero.

Conclusión:

Más allá de rápidas, ilustrativas, e incluso algunas útiles referencias que sobre el establecimiento de empresarios y profesionales pueden encontrarse en internet, conviene, y es altamente recomendable, contar con los servicios de firmas especializadas de prestación de servicios profesionales legales, contables, fiscales y migratorios con objeto de conocer con detalle los derechos y obligaciones que mejor pueden contribuir a cualquier implantación empresarial o profesional en los Estados Unidos.

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