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25/04/2024. 19:06:54

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De la utilidad de la pena

Abogado
Detective privado no ejerciente
Doctorando en Derecho penal
Diplomado Superior en Criminología
Master en Mediación

La perenne cuestión del derecho penal, ¿qué finalidad tiene la pena, cuál es su utilidad, cómo, cuanto y porqué de la pena?

Balanza de la justicia y maza

La sociedad asimila el concepto de pena al castigo, no  entiende una infracción penal sin que se le retribuya con un castigo proporcionado. Además a veces hemos escuchado hablar de sentencias ejemplarizantes, con lo cual  la comunidad vislumbra en la pena un fin utilitarista, una eminente necesidad de satisfacer al delito con la pena dispuesta.

La doctrina penal científica  quizás intente imbuir en la sociedad  un  cambio de paradigma, en cuanto a la finalidad y utilidad de la pena, a fin de que el  legislador vaya recogiendo en sus códigos punitivos las nuevas ideas sobre el concepto de justicia.

Sabemos de la tramitación parlamentaria del Estatuto de la Víctima, un ser relegado, olvidado y casi molesto en el hecho criminal…., ahora son tiempos de su recuperación.

¿A quien pretende satisfacer la pena? Podríamos contestar que, por supuesto, a la víctima del delito, pero la víctima, salvo en una primera etapa de venganza privada, nunca ha sido el dueño de la imposición de la pena a su victimario.

EL derecho penal, además, se ocupa de la punición de conductas tipificadas como gravemente dañinas a la sociedad, por ello siempre se ha  hablado de la neutralización de la víctima por medio del ius puniendi  exclusivo del Estado.

Siendo así, se comprende el hecho de que a la víctima solo se le haya considerado como una pieza probatoria en el proceso penal. Las teorías absolutas de la pena basadas en la retribución sin más pretensiones ;  al delito le corresponde una pena en sí misma, según el imperativo categórico de Kant, no se le atribuye un fín, en el concepto cercano a la ley talional del ojo por ojo.. a la acción típica le corresponde su reacción.., después vendrían las teorías relativas, las ideas sobre la prevención general y especial,  o los fines utilitaristas de la  pena en su función de resocializar y  rehabilitar.

Nos parecería  que estas teorías absolutas de las penas deberían estar ya superadas, y aunque lo están en la doctrina científica,  el hecho es que la sociedad sigue demandando venganza ante el delito, inclusive un sector doctrinal entendía un neo-retribucionismo.

Reflejo del estado de salud democrático y de derecho de una sociedad son sus textos punitivos,  se deben incluir solo las conductas que dicha sociedad estima como las más graves y que exigen un tratamiento o respuesta en forma de punición. Se considera que uno de los principios del derecho penal es el principio de intervención mínima, solo se aplica en última instancia.

Las formas delictivas van en correlativa progresión con la complejidad de la vida moderna, delitos que  en el pasado   eran impensables  encuentran hoy su justificación en el código penal, toda la creciente tecnología abre la puerta a nuevas formas de comisión delictiva.

Esta excusa le vale a los legisladores-ejecutivos  de los últimos años ( en las últimas legislaturas los dos poderes están prácticamente confundidos ) para tipificar penalmente cada vez más conductas, lo del principio de mínima intervención ha quedado solo como un viejo desiderátum.

¿Qué tipo de sociedad queremos?, ¿una sociedad vengativa,.. con penas de prisión cada vez mas frecuentes,- la llamada cadena perpétua revisable-, donde  se controlen  derechos fundamentales de reunión o manifestación con leyes como la ley de seguridad ciudadana..?, regresar a antiguos conceptos de peligrosidad social, enrocar mas las leyes sobre inmigración, ampliar los tiempos de privación de libertad….parchear indefinidamente el texto penal para agravar penas, para incluir mas conductas delictivas.

Rotulaba Nils Christie la pregunta : ¿Cuánto castigo necesita un ser humano para ser disuadido de sus fechorías ? A la que habría que añadir ¿Cuánto castigo cree el legislador que es suficiente para disuadir al malhechor?.

La pena no educa, no rehabilita, no resocializa, la realidad es que la pena es hoy puro castigo, retribución simplemente.

Las esperanzas puestas en nuevos paradigmas de justicia, nuevos fines de la pena, la pena debe restaurar, sanar, ante el conflicto que se produce entre el victimario y la victima,- donde se incluye además por reflejo a la sociedad-, una respuesta restaurativa,  donde cada cual pueda recuperar su posición de ciudadano, el victimario debe responder con la pena que se le imponga, pero en esa pena va ínsita una reparación, restaurar lo dañado, asumir su culpa y sus consecuencias, y en la primera línea del proceso también la victima, a la que se le debe considerar su posición privilegiada, ser reconocida en sus derechos.

Somos conscientes de que ningún texto punitivo va a terminar con el delito.. pero tampoco es esa su función… la finalidad de la pena es un asunto que seguirá generando colecciones de textos penales.. se abandonan viejas teorías para volverlas a reformular. Noticia insólita fué que se cierren prisiones por falta de reclusos.El mejor síntoma democrático y de derecho que puede dar una sociedad.

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