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28/03/2024. 23:44:01

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El uso de las TICS en los programas de cumplimiento penal (compliance)

Prof. Dr. Derecho Procesal UCLM

Tal y como es sabido, la LO 5/2010 y la LO 1/2015, ambas de reforma del Código Penal, han supuesto que las empresas tengan que autorregularse para evitar la comisión de delitos en su organización.

Compliance

La práctica forense, tanto nacional como internacional -inicialmente en países de common law y posteriormente de nuestro sistema continental- muestra como las medidas de control interno se traducen en los programas de cumplimiento penal, comúnmente conocidos por la terminología original "compliance programs" o solamente "compliance".

El compliance ha supuesto un reto para la abogacía que, acostumbrada a defender a personas físicas, tiene también ahora la función de realizar la defensa penal preventiva de la persona jurídica. En el logro de tal objetivo, resulta imprescindible conocer qué es un programa de cumplimiento y como implementarlo correctamente, habida cuenta de que un programa que no cumpla con los requisitos del Código Penal puede convertirse en papel mojado y no servirá para eximir de responsabilidad penal a la persona jurídica ante la imputación de una actuación delictiva.

Frente a esta nueva realidad, las nuevas tecnologías constituyen una herramienta muy útil y un aliado para el abogado encargado de su implementación, dado que suponen una importante ayuda en los distintos estadios de elaboración del programa. A continuación se exponen algunos ejemplos.

  • Los Checklist digitalizados en la evaluación de riesgos penales

La evaluación de riesgos digitalizada o a través de medios informáticos supone una importante ayuda a la hora de elaborar el mapa de riesgos penales. A través de determinados programas de software especializado (p.ej. el checkpoint compliance de Thomson Reuters), los profesionales de la empresa contestan vía on-line una serie de cuestionarios que, junto a la imprescindible labor presencial, arrojan los resultados de dicha evaluación. En primer lugar, se contesta un checklist general que contiene el listado numerus clausus del CP y, en función de las respuestas, se abren cuestionarios particulares de cada delito para proceder a la cuantificación del riesgo penal. El carácter telemático de las encuestas permite alcanzar un mayor número de profesionales, sedes, e incluso países, ahorrando tiempo y costes.

  • Formación on-line de los profesionales de la empresa (training sessions)

La formación de los profesionales (tanto empleados como directivos) resulta un elemento fundamental de los programas de cumplimiento penal. De nada sirve contar con un excelente código ético si no es conocido por sus destinatarios. Cabe recordar que en países como EEUU no es extraño que los empleados de grandes empresas se examinen periódicamente en cumplimiento legal. Por consiguiente, se hace necesaria la implementación del programa a través de sesiones de formación. Tradicionalmente la formación se ha realizado de modo presencial, particularmente en empresas con una sola sede o pymes. Sin embargo, el cada vez más acentuado perfil deslocalizado e incluso transnacional de las empresas deviene el sistema presencial en obsoleto. Así, pues, a través de la formación telemática (vía p.ej. sistemas blackboard o de aulas digitales) el conferenciante o profesor puede no sólo impartir una clase magistral, sino colgar presentaciones, permitir al alumnado participar activamente, realizar tests, encuestas, etc. En definitiva, conseguir vía online una formación tanto teórica como práctica en materia de cumplimiento normativo.

  • La digitalización del canal de denuncias

A nadie se le escapa que los buzones de quejas tradicionales custodiados bajo llave por el empresario se han convertido en herramientas completamente inútiles. La sociedad actual reclama canales seguros en los que los trabajadores puedan reportar denuncias internas sin miedo a sufrir ningún tipo de represalias. Por ello, hoy en día se utilizan sistemas de denuncias digitalizados y externalizados, incluso a servidores extranjeros, lo que supone una mayor garantía de confidencialidad, tal y como incluso reconoce la Fiscalía en la Circular 1/2016. Es más, se están desarrollando aplicaciones para el fomento de la denuncia interna (para sistemas tanto Apple como Android) desde el propio teléfono móvil.

  • Los sistemas de forensic

En caso de que la empresa deba realizar una investigación interna para la neutralización o descubrimiento del autor material de un hecho delictivo, es necesario el examen de abundante información. Para ello, especialmente aquella almacenada en equipos informáticos o en servidores externos (incluso en las denominadas "nubes") resulta imprescindible contar con software y personas especializadas. Ante esta nueva necesidad, han surgido departamentos de forensic en grandes despachos o incluso empresas especializadas en esta actividad.

De los ejemplos anteriormente expuestos se colige que la defensa penal preventiva a través de los compliance se ha convertido en una auténtica realidad en la que, principalmente los abogados, tendrán que servirse de las nuevas tecnologías para lograr un control y una implementación realmente efectivos.

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