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28/03/2024. 16:08:44

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En mi empresa nunca pasará

Gracias a Legal Today por darme la oportunidad de que pueda expresar las reflexiones de compliance que se generan en mi mente tras los eventos, reuniones de trabajo y encuentros con compañeros -profesionales de este sector- que no hacen sino que aprenda y crezca como profesional gracias a sus aportaciones.

Palabra compliance

Para comenzar a hablar de Compliance no hay mejor tema que el del Compliance en la PYME. Y ello porque la pregunta de "si es o no obligatorio en una PYME" o "cómo ha de desarrollarse el mismo en este tipo de empresas" es lo que nos preguntan a los consultores reiterativamente.

Y es que no ha lugar a duda que las empresas que mantienen relación con países como Estados Unidos o el Reino Unido han de estar dotadas de un programa de Compliance para poder operar, y que normas como el Código de Buen Gobierno de la CNMV y la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales hacen que a empresas a las que se les aplica dicha normativa poco les falte para implantar un programa de Compliance si cumplen todo lo previsto en aquellas.

Pero cuando hablamos de empresas de menor tamaño, el hecho de que tales programas sean recomendados y no obligatorios conlleva a que se obvie en las mismas esta cultura de vigilancia, al considerar que la probabilidad de comisión de un delito entre un número de empleados no muy elevado es baja o incluso inexistente.

A mayor abundamiento, las pymes normalmente cuentan con menos recursos para la implantación de estos programas, pues sufren especialmente el entorno de crisis económica actual.

Sin embargo, y pese a todo lo anterior, hay dos cuestiones fundamentales:

  • el Código Penal no obvia a la empresa de menor tamaño de la posibilidad de cometer delitos y por tanto, de ser procesadas y penadas por ello.
  • Las PYMES se enfrentan a consecuencias negativas similares a las de las empresas grandes, pudiendo ser incluso más vulnerables a los actos de corrupción.

El panorama entonces es el de una PYME que se ve forzada a implementar un programa de Compliance sin creer en sus beneficios por la supuesta baja probabilidad de comisión de delitos en su seno y por entender que el precio a pagar por dicho programa va a ser elevado, volviendo a hacerse eco del mensaje tan oído de que "el compliance es sólo para las grandes".

Y ahí es donde entramos como consultores, abogados, compliance officers y estudiosos de la materia para regalar la palabra clave, que no es otra que la palabra "proporcionalidad". La misma va a influir en el volumen del Manual de Compliance que se elabore para la empresa, las horas de formación a impartir a empleados y directivos, el análisis de riesgos, y hasta en el propio presupuesto de desarrollo del programa de cumplimiento a ejecutar.

La proporcionalidad hará posible que el Compliance Officer que se nombre pueda ser un miembro del órgano de Administración, e incluso ya son muchas las voces que, inspiradas por el Tribunal Supremo en una de sus primeras sentencias, entienden que es suficiente demostrar evidencias en prevención de delitos para conseguir la eximente de responsabilidad penal a la pyme.

A mi entender, como mínimo debe haber formación sobre corrupción, blanqueo y demás riesgos relacionados con su actividad y sector incluyendo formación sobre cómo comunicar la detección de esos riesgos en la empresa.

Si a ello le unimos una matriz de riesgos [1]donde se deduzca de un modo gráfico cuáles son sus conductas con mayor probabilidad e impacto de comisión de delito (matriz que no necesitará mucho tiempo de preparación al ser pocos los empleados de la misma), esa empresa ya tiene un beneficio a medio plazo mayor que cualquier otra que no disponga de este par de herramientas. Porque pasados los años los problemas llegarán y no es lo mismo haber prevenido y controlado los posibles riesgos que haberlo dejado todo a expensas del destino o del convencimiento comúnmente conocido de "en mi empresa nunca ha pasado nada y nunca pasará".



[1] "Las PYMES pueden utilizar herramientas, guías e información de apoyo que esté disponible públicamente para efectuar su propia evaluación de riesgos. También se aconseja a las PYMES que colaboren con otras PYMES o con cámaras de comercio, asociaciones comerciales y sindicatos en su ubicación geográfica o ramo para acumular información sobre los riesgos relacionados con la corrupción e identificar opciones de mitigación".

(Programa anticorrupción de ética y cumplimiento para las empresas UNODC).

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