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18/04/2024. 11:04:26

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Lo que el empresario debe saber acerca de un compliance programm

Abogado. Defense Corporate. Presidente y Director Ejecutivo de la Asociación colombiana de Derecho penal empresarial ASCOLDPEM.

Palabra compliance

    I.            Compliance program.

El origen de estos programas de cumplimiento se ubica en Estados Unidos de Norteamérica, en la primera mitad del siglo pasado, en un contexto marcado por las tensiones entre dos extremos: por un lado, la desconfianza hacia el poder empresarial y, por el otro, la creencia de que la autorregulación empresarial es más efectiva que la regulación estatal.

Normativas internacionales como el estándar global anticorrupción ISO 37001 español, la UK Bribery Act o la US Foreign Corrup Practices Act 1977, establecen su aplicación más allá de sus fronteras, y ahora con efecto ´matrioshka´, la norma ISO UNE 19601, recién entrada en vigencia.  Las empresas españolas, británicas o americanas exigen a empresas de otros países que tengan compliance porgramm para poder operar con ellas. Se recomienda que toda empresa colombiana debe tener compliance programm.

El resultado de la crisis global de 2008, deja como característica principal en el poderoso sistema financiero, la llamada <<privatización del futuro>>.  Desde esa época, las empresas se aventuraron por consagrar Códigos de ética en varios sectores: el medio ambiente, las normas de competencia leal, la legislación laboral, la protección a la intimidad, la propiedad intelectual, la lucha contra la discriminación en las empresas, la corrupción, etc.  Con la OCDE (1997) se establece como ilegal el pago de soborno transnacional.  

El compliance  obedece a tres pilares: servicio para el hombre, legalidad y ética.  Así las cosas, el Compliance se erige como un Derecho fundamental.

    II.          Colombia y la OCDE.

El día viernes 25 de octubre de 2013, Colombia protocoliza el ingreso formal a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo económico (OCDE).El mencionado ingreso había sido aprobado el 19 de septiembre de 2013. Para el ingreso Colombia debe trabajar para que sus políticas se ajusten a las de la OCDE. Diálogo sobre inversiones, seguros y pensiones privadas, gobernanza pública, política regulativa educación, salud, empleo, entre otros, y la exigencia de la responsabilidad de las personas jurídicas, que recomendamos sea penal, como lo expresa el proyecto Hoowarr sobre una responsabilidad penal de las personas jurídicas en Colombia.

Con la Resolución No. 100-002657 del 25 de julio de 2016, la Superintendencia de Sociedades de Colombia, establece los criterios de un Programa de transparencia o de ética empresarial, de conformidad con el inciso 2 del art. 23 de la ley 1778 de 2016.   

    III.             LOS COMPLIANCE DE TODA EMPRESA.

Toda empresa debe diseñar, implantar y contar con auditorías de sistemas de gestión del cumplimiento. Requiere como mínimo: 1.  Compliance penal, si en el país se regula la responsabilidad penal de las personas jurídicas, 2. Corporate Compliance que regula el "Sistema de gestión Compliance", y 3. Un Sistemas anticorrupción, que regule el "Sistema de gestión anti soborno".  No son los únicos, porque la empresa debe implantar otros sistemas que implican gestión del riesgo.    

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