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25/04/2024. 22:44:42

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Secretos, delitos y desobediencias

Tras la prohibición de grabar la declaración de la Infanta, pequeño catálogo algunos modos en que pudo orquestarse la grabación y sus consecuencias jurídicas.

Infanta Cristina de Borbón

Hoy podemos leer en la prensa que se ha identificado al "presunto autor de la grabación de la declaración de la Infanta Cristina".

La noticia publicada relata que la policía ha realizado la investigación por un hecho "especialmente grave cuando el Instructor había prohibido expresamente en una resolución registrar lo que ocurriera".

La noticia también expone que la investigación no está terminada pues, encontrándose involucrados dos letrados, por el momento se desconoce:

  • Si sólo lo hizo uno
  • Si lo hicieron los dos
  • Si uno no tenía conocimiento de lo ocurrido
  • Si uno encubrió a otro
  • Etc.

También se añade en la referida noticia que se desconoce el dispositivo utilizado.

Asimismo, ya se ha adelantando que se instruirá un proceso por desobediencia, con una condena a un año de prisión e inhabilitación por el Colegio de Abogados.

Hasta aquí la visión superficial del asunto. La falta de todos los documentos y toda la información no permite realizar un análisis más profundo.

Pero, a falta de tal análisis profundo, realicemos un análisis etéreo, elevémonos sobre la realidad y supongamos que, suponiendo y soñando, hoy por hoy, no se delinque.

Lo primero que nos viene a la mente es que las investigaciones policiales son secretas. Pero, al igual que el abogado que, supuestamente, realizó una desobediencia judicial, posiblemente, la policía, el Juzgado, el telefonista de la centralita, el bedel de las fotocopias o la señora que limpia en la zona de las mesas de la investigación, también pueden haber dado publicidad a una investigación que debía ser secreta.

No se que es más grave: sí infringir una orden de un juez o violar una norma sobre la cual debería construirse la investigación policial. Todo lo que la policía sabe es SÓLO para la investigación y, tras el trabajo de síntesis, para su uso exclusivo por parte del juez instructor, en un procedimiento que es publico para las partes PERO SECRETO PARA TERCEROS, hasta la vista oral, único acto público. Y, según se deduce de la noticia, aún no se ha celebrado la vista pública por estos hechos.

Supongo que la publicación de la investigación se realizará sin pago de ningún tipo al informador, ni en dinero, ni en especie, teniendo claro que la actuación y comportamiento del autor es altruista, limpia y neutral, que no actúa por odio, despecho o venganza. El problema es que no se me ocurre quien, con acceso a esa información, ponga en juego su trabajo sin una motivación.

Siguiendo con las elucubraciones legales, elevándonos un poco más, tampoco  alcanzo a comprender quien es el autor:

  • El que ha filtrado la noticia y el que ha filtrado las fotos,  o
  • El que las publica

Porque lo cierto es que tan responsable es quien filtra la información como  quien, a sabiendas de que no es pública, la publica.

Para mí, y esto es una opinión personal, es un caso comparable al delito de receptación: vender aquello que se sabe que es robado. Pero, a diferencia de la receptación, estos delitos de publicidad, se perfeccionan no cuando el infractor transmite una información que es reservada, sino cuando se consigue la publicidad, es decir, cuando el periodista la publica en el periódico.

No nos engañemos, tanto quien filtró la foto, como quien la publicó, sabían que había una prohibición judicial. Tanto quien filtró la investigación policial de ese delito, como quien lo ha publicado, saben que las investigaciones policiales son secretas y las instrucciones se encuentran cerradas a terceros.

Pero, en ambos casos, surge una duda aún mayor: quien filtró la foto o la investigación policial lo hizo de "motu propio" y buscó a un periodista, convirtiendo en cómplice a este último o, por el contrario, el periodista buscó a la persona para acceder a la información, de modo que es el autor intelectual. Llevando este extremo al máximo, incluso nos podíamos encontrar ante un delito provocado.

En fin, acabado el combustible que nos ha permitido sobrevolar, con elucubraciones, sobre estos dos casos (la filtración de las fotos y la filtración de la investigación),  resulta inevitable volver a caer al duro suelo de la realidad.

La comparación de ambos casos, y todos los parecidos, nos hace reclamar, gritar: ¡para cuándo una aplicación isonómica de las normas, según los ideales clásicos griegos!

Por cierto, cuentan que se realizó mediante un botón, con cámara y emisor, y se grabó en una furgoneta cercana, fuera de la sala … Puede que no grabaran en la sala …

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