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19/04/2024. 11:56:42

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Solicitud de emisión de auto de cuantía máxima

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Para que se dicte este auto tenemos que encontrarnos ante un hecho de la circulación. El auto de cuantía máxima debe dictarse de oficio por el Juzgador, antes de proceder al archivo de la causa, pero nada impide que, si no se dicta se solicite por el interesado.

coche y cubo con monedas

El auto de cuantía máxima se puede solicitar ante el Juzgado de Instrucción, o en su caso de lo Penal, cuando se dicte sentencia absolutoria, o se declare la rebeldía del imputado, o se ponga fin de forma provisional o definitiva a las actuaciones penales sin declaración de responsabilidad, y siempre que el perjudicado no hubiere renunciado a la acción civil ni la hubiere reservado para ejercitarla separadamente.

El auto tiene que contener la descripción del hecho, la indicación de las personas y vehículos que intervinieron y la identificación de los aseguradores de cada uno de ellos.

Esta resolución es título suficiente para presentar demanda ejecutiva contra la Compañía de Seguros del vehículo considerado responsable del accidente y vincula en lo relativo a la cantidad máxima a reclamar.

Si en autos no consta oferta o respuesta motivada de la Aseguradora a la reclamación del perjudicado, antes de dictarse este auto el Juez debe convocar a una comparecencia a los perjudicados y posibles responsables y sus aseguradores, incluido en su caso el Consorcio de Compensación de Seguros, a fin de que puedan aportarse alguna de aquéllas o hacerse las alegaciones que se estimen convenientes. Si en la comparecencia se alcanza un acuerdo se puede homologar por el juez a los efectos de una transacción judicial, y si no se alcanza acuerdo se dicta el auto de cuantía máxima, contra el que no cabe recurso. Si ya consta en autos alguno de estos documentos se dictará sin más.

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