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28/03/2024. 15:18:41

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Un juzgado condena a un vigués a un año de cárcel por un caso de streaming

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Incluye la sentencia

El administrador de la empresa Simon Films ha sido condenado a un año de prisión y a una multa de doce meses a cinco euros diarios, además del pago de 1.800 euros de responsabilidad civil por un delito continuado contra la propiedad intelectual. El acusado utilizó la técnica del streaming para difundir películas de cine.

Candado cerrado.

Los delitos cometidos a través de internet se amplían a medida que avanza la tecnología. El Juzgado de lo Penal 2 de Vigo ha emitido la primera sentencia por un delito contra la propiedad intelectual cometido a través de una técnica denominada streaming. Se trata de la posibilidad técnica de ver u oír un archivo multimedia directamente en una página web sin necesidad de descargarlo antes al ordenador, constituyendo una modalidad de distribución de contenidos multimedia a través de internet. Este tipo de tecnología permite que se almacene en un búfer del ordenador lo que se va escuchando o viendo, sin necesidad de ser descargados previamente. Según consta en la sentencia, en el mes de diciembre de 2006, y en virtud de una denuncia presentada en la Comisaría de Policía de Vigo por diversas compañías cinematográficas, se tuvo conocimiento de que el imputado, a través de su página web venía desde hace tiempo ofreciendo continuadamente a través de internet el acceso indiscriminado a cualquier usuario a numerosas películas de cine a cambio de una remuneración económica que el usuario debía pagar previamente para que le fuera proporcionado el acceso. El imputado ponía estas creaciones de propiedad intelectual a disposición del público mediante el sistema de comunicación que brinda internet, de tal forma que cualquier persona podía acceder a ellas desde el lugar y en el momento que quiera. Las películas que ofrecía el ahora condenado estaban protegidas por los derechos de propiedad intelectual y él no contaba con autorización de los titulares. El perjuicio económico fue valorado en 2.288 euros. Tras llegar a un acuerdo de conformidad el acusado fue condenado a un año de prisión, una multa y al pago de 1.800.

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