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29/03/2024. 15:33:43

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Anulada una multa de tráfico porque la señal estaba solo en catalán

Ainhoa de Carlos Castillo
Área Derecho Administrativo. Departamento de Desarrollo y Soluciones de Contenidos-Legal & T&A

Incluye la sentencia

El Juzgado Contencioso Administrativo número 8 de Barcelona ha anulado una multa de tráfico de 60 euros a una conductora que aparcó en zona de carga y descarga de vehículos comerciales porque la señal solo estaba en catalán.

multa

La conductora recurre la multa, impuesta en el año 2016, alegando indefensión por incumplimiento del artículo 56 de la Ley de Tráfico y del artículo 138 del Reglamento General de Circulación. En concreto, el artículo 56 establece que las indicaciones escritas de las señales se expresarán al menos en la lengua española oficial del Estado, y el artículo 138 del Reglamento General de Circulación dispone que 'las indicaciones escritas que se incluyan o acompañen a los paneles de señalización de las vías públicas, e inscripciones, figurarán en idioma castellano y, además, en la lengua oficial de la comunidad autónoma reconocida en el respectivo estatuto de autonomía, cuando la señal esté ubicada en el ámbito territorial de dicha comunidad'.

El Ayuntamiento de Barcelona argumenta en su defensa que la señalización vertical, que además incluye pictogramas, se ve reforzada por la señalización horizontal propia de las zonas de carga y descarga para estacionamientos temporales y/o universales, tratándose de una señalización universal; sin que la actora pueda alegar desconocimiento al ser claramente enunciativa para el usuario/conductor de las limitaciones que se definen en la misma, con cita de praxis jurisprudencial dictada en la materia.

La jueza entiende que, aunque la señalización horizontal de zona reservada a carga y descarga es universal y sobradamente conocida y entendible por cualquier conductor, y también por la recurrente, que sin duda demuestra una falta de interés y voluntad absoluta en el cumplimiento de la señal de tráfico bajo el único pretexto de su redacción en la lengua catalana, el Ayuntamiento incumplió las previsiones legales anteriormente citadas, por lo estima el recurso interpuesto.

Acceda a la sentencia

 

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