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18/04/2024. 23:39:12

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El ayuntamiento hace la competencia

Abogado y economista. Doctor en Derecho.
Letrado Consistorial del Ayuntamiento de Madrid
Profesor asociado de Derecho administrativo en la UAM
Profesor en Deusto BS

Ayuntamiento

Durante la presentación del libro Cuando el ayuntamiento hace la competencia (Thomson Reuters Aranzadi) quedó claro que es habitual que los ayuntamientos compitan con sus propios vecinos. Los gobiernos locales deben tomarse muy en serio cualquier decisión que afecte a la competencia pues los efectos económicos y jurídicos pueden ser graves.

No es extraño encontrar particulares que consideran que el Ayuntamiento ¡su propio Ayuntamiento!, u otra administración pública, les hace la competencia. Estas personas se sienten especialmente traicionadas porque se hace con sus propios impuestos y se sienten incomprendidas cuando ven que la opinión pública y su propia clientela reciben con agrado el servicio que les amenaza.

Así empieza el libro Cuando el Ayuntamiento hace la competencia y así comenzó el debate que tuvo lugar durante la presentación que tuvo lugar en la CNMC el pasado 20 de noviembre. En el debate participaron el presidente de la CNMC José María Marín Quemada, la alcaldesa de Logroño y Vicepresidenta de la FEMP Concepción Gamarra, el Coordinador General de la Alcaldía de Madrid Luis Cueto y el Catedrático de Derecho administrativo de la UAM Francisco Velasco, además del autor. El debate fue moderado por Iñaki Ortega, Directo de Deusto BS. El acto permitió extraer diferentes conclusiones que trato de sistematizar a continuación.

Las distintas formas en las que los Ayuntamientos pueden afectar a la competencia son (1) prestando servicios iguales o similares a los de la iniciativa privada, (2) actuando de regulador o (3) actuando sobre la competencia por el mercado de servicios públicos.

En el primero de los casos, cuando lo público y lo privado prestan servicios iguales o sustitutivos a los suyos, se originan diferentes consecuencias que pueden ser de conflicto, colaboración, tolerancia o armonía.

Las situaciones de conflicto entre lo público y lo privado se resuelven tradicionalmente aplicando el Derecho administrativo. No obstante, el Derecho administrativo no soluciona todos los problemas que surgen cuando lo público actúa como un agente económico. Por eso son muchos los casos en los que estos conflictos encuentran su solución en el Derecho de la competencia. La forma en la que se aplica el Derecho de la competencia dependerá de la actividad de que se trate y de la naturaleza jurídica de cada servicio público. El concepto de servicio público es flexible. Algunos de ellos forman la parte nuclear del concepto por venir recogidos expresamente en la Ley, como es el caso de servicios públicos obligatorios tales como los deportivos. A partir de aquí, existen otros que se alejan de ese núcleo pero no por ello pierden la calificación de servicio público, como es el caso de los funerarios o, más alejados aún, los mercados de abastos municipales o las telecomunicaciones. El Derecho de la competencia es susceptible de ser aplicado a todos ellos pero se aplica de manera más intensa a medida que nos alejamos del concepto nuclear de servicio público y nos acercamos al concepto de actividad económica.

El conflicto no se producirá si existe mercado suficiente para todos. En estos casos surgirán relaciones de colaboración público-privada que suelen adoptar formas jurídicas como los contratos o los convenios. Otras veces, la relación es de mera tolerancia mutua. Y en otras ocasiones, quizá las más interesantes por su potencial, surgirán relaciones armónicas en las que la iniciativa pública y la privada se enriquecen mutuamente en relaciones espontáneas, simbióticas y no concertadas, como sucede cuando un emprendedor desarrolla aplicaciones de movilidad a partir de datos abiertos municipales.

A lo largo del debate se habló también del caso en que el ayuntamiento actúa de regulador. Es de actualidad el conflicto entre el taxi y las licencias VTC, aunque también es muy interesante la regulación de los apartamentos turísticos. Sobre la primera cuestión ha habido recientes pronunciamientos entre los que destacan las SSTS de 13 de noviembre de 2017 por la que se conceden nuevas licencias VTC. En relación a los apartamentos turísticos habrá de estar atentos a los resultados de la normativa municipal que regula la cuestión en Barcelona o San Sebastián y a los proyectos que existen en otras ciudades como Pamplona, pues la llamada economía colaborativa o economía digital no solo ha venido a transformar las relaciones económicas sino también la fisonomía de nuestras ciudades, en especial si llegaran a producir gentrificación.

Por último, resulta de gran importancia promover la competencia por el mercado fomentando la concurrencia en la licitación de contratos públicos, especialmente en aquellos servicios que son monopolios naturales como el de alumbrado público, si bien la tecnología puede ser que termine por abrir, sino un mercado de alumbrado público, sí un mercado de elementos de alumbrado que pueda ser utilizado para dar cobertura a servicios de telecomunicaciones o sensores. Sobre esta cuestión deberemos estar muy atentos a la evolución de la nueva Ley de Contratos del Sector Público.

Las ciudades van a marcar el progreso económico, social y cultural del siglo XXI. Ya lo están haciendo. Las ciudades globales son el gran motor del desarrollo mundial y sin duda, los gobiernos de las ciudades han de ser cuidadosos con los efectos que sus decisiones tienen sobre la economía. Las decisiones que se adopten en el seno de estas ciudades adquirirán repercusión mundial de manera que las ciudades asumen la responsabilidad de liderar los cambios del siglo XXI y lo deben hacer de manera concertada porque pueden organizarse para hacerlo y porque deben hacerlo si quieren conseguir que sus decisiones políticas produzcan efectos. Las autoridades encargadas de supervisar la competencia como la CNMC saben que el siglo XXI se juega en las ciudades, de modo que seguirán muy de cerca todo lo que hagan los gobiernos locales.

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