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29/03/2024. 08:45:03

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La nueva ley de patrimonio natural obvia una vez más a los ciudadanos

Pilar Martínez Abogados señala que la incorporación en el Registro de la Propiedad y en el Catastro de la información ambiental que afecta a las superficies protegidas , si no se precisan los criterios para indemnizar a los propietarios por las restricciones de usos, suponen la recalificación y depreciación automática del suelo

Una hucha de cerdito hecha de hierba

Pilar Martínez Abogados, despacho especializado en Medio Ambiente y Urbanismo, advierte que la nueva Ley de Patrimonio Natural y Biodiversidad, recientemente aprobada en el Senado por mayoría absoluta, ignora a los propietarios de terrenos protegidos y no aporta ningún cambio sustancial a la normativa anterior. La letrada aplaude la tramitación de una norma que incorpora la normativa comunitaria y cuyo objetivo es unificar principios. Sin embargo, señala que las escasas novedades incluidas en esta ley son insuficientes si no se precisan los criterios a seguir para indemnizar a los propietarios por las restricciones y limitaciones de usos y derechos que supone la declaración de un terreno como espacio protegido, tal y como exige Europa y nuestros Tribunales.

En este sentido, Pilar Martínez señala que la incorporación en el Registro de la Propiedad y en el Catastro de la información ambiental que afecta a las superficies protegidas no cumple el objetivo de dotar de mayor transparencia y seguridad jurídica a todo lo relacionado con el régimen de propiedad de los espacios protegidos, ya que supone la recalificación y depreciación de un suelo de forma automática, sin haber compensado previamente, por las restricciones y limitaciones de usos y actividades económicas tradicionales, como la agricultura, la ganadería, el pastoreo o la silvicultura.

La letrada recuerda que la Directiva Hábitats sobre espacios Red Natura recoge que el objetivo de conservación ha de tener en cuenta las exigencias económicas, culturales o regionales, con el fin de alcanzar un desarrollo duradero. Sin embargo, asegura, "la mayor parte de las declaraciones de espacios protegidos en España se limitan a restringir los derechos individuales previamente adquiridos y consolidados por terceros (habitantes, propietarios, empresarios y usuarios), cercenando las posibilidades de avance, desarrollo y crecimiento social y económico en las zonas afectadas" y todo ello, sin ningún tipo de compensación o indemnización y con altas dosis de inseguridad jurídica.

"La mayoría de los planes de gestión que desarrollan estos espacios hacen recaer exclusivamente sobre las economías y patrimonios de los particulares la carga de la conservación, mientras que las ayudas y subvenciones que vienen de Europa se reparten entre los movimientos ecologistas", sostiene la abogada, que incide en que el nuevo texto no incluye cambios significativos en este sentido.

"Es evidente que el primer coste de la conservación ha de ser el de compensar e indemnizar a aquellos que, en beneficio de toda la sociedad y a fin de contribuir a la defensa del interés público de la conservación, ven restringido hasta límites inimaginables el uso de sus propiedades y sus derechos como dueños, llegando incluso a impedirles la libre circulación por sus fincas", insiste.

Pilar Martínez señala  que existen varias sentencias del Tribunal Supremo a favor de los demandantes, por falta de presupuesto económico y audiencia de los afectados, en la declaración de un territorio como espacio protegido. Asimismo, la letrada alerta que la Unión Europea ha abierto un expediente de infracción a España, por incumplimientos de los procedimientos para la aprobación de las figuras de Red Natura (LIC, ZEC, ZEPA).

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