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28/03/2024. 09:15:40

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Reforma del Régimen Local: una pica en Flandes

El Anteproyecto de reforma local ha sentado como una bomba de racimo sobre los 8.116 municipios y las 41 diputaciones, así como entes asimilados, sin olvidar los cientos de organismos y sociedades satélites. La reforma era necesaria ante el cambio de paradigma económico-administrativo, muy distinto del que inspiró la agonizante Ley de Bases de Régimen Local de 1985.

Escudo y Pica

Parafraseando a Madame Roland camino del cadalso revolucionario francés, diríase: «¡Autonomía local! ¡Cuántos crímenes se han cometido en tu nombre!», debido al escenario de enorme inflación del gasto local, derivado de cargos, empleados, entidades y servicios asumidos en tiempos de vacas gordas.

El Anteproyecto, como la conocida película, presenta un triple aspecto: el bueno, el feo y el malo. Lo bueno viene del esfuerzo por imponer austeridad en las grandes vías de agua presupuestaria. Se pone freno y marcha atrás en la asunción por los entes locales de las denominadas competencias impropias, esto es, cuando mas allá de aguantar su propia vela competencial, se adentraban a soportar la de otras administraciones sin preocuparse del equilibrio presupuestario.

Se homogenizan y objetivan las retribuciones de los cargos locales mediante techos en función de la población por referencia a porcentajes de las percibidas por Secretarios de Estado, y la dedicación exclusiva de miembros de las corporaciones locales pasará de ser la regla a la excepción, hasta el punto de que está excluida en las poblaciones inferiores a 1.000 habitantes.

En la misma línea, se ponen límites a los contratos blindados y de lujo para cargos del sector público local. Siguiendo con la poda, el personal eventual se reduce drásticamente con límites vinculados a la población. Para evitar que se desboque la negociación colectiva con el personal laboral, la masa salarial se sujetará a las condiciones fijadas por la Ley de Presupuestos Generales del Estado. En suma, un mismo traje de gasto máximo de personal para todos los entes locales, aunque reviente por las costuras.

Los funcionarios de habilitación estatal salen robustecidos y con ello también la legalidad de la Administración a la que sirven. El Estado monopolizará su selección e impulsará concursos de ámbito estatal poniendo coto al sueño vivido en las últimas décadas, en que la autoridad vigilada podía condicionar la designación del vigilante.

Se resucita el papel efectivo del Interventor como garante del control económico-financiero hasta el punto de que elevará informe al Pleno, así como al Tribunal de Cuentas, referido a todas las resoluciones de la máxima autoridad local contrarias a los reparos efectuados y con resumen de las anomalías detectadas en materia de ingresos. También se pone freno a las alegrías de los Convenios de Colaboración imponiendo férreas cláusulas de garantía financiera y supervisión por un Estado inquisidor.

Lo feo es la utilización de eufemismos y conceptos indeterminados de peligrosa traducción práctica: coste estándar de los servicios, sostenibilidad financiera, memorias justificativas, planes de redimensionamiento, opción eficiente, adecuada prestación, etc. Tampoco resulta agradable que la Administración autonómica o la Diputación se conviertan en acreedores privilegiados que puedan compensar las deudas con el ente local deudor e incluso retenerles las transferencias.

Ello sin olvidar la temible espada de Damocles sobre los municipios con población inferior a 20.000 habitantes, puesto que la evaluación inadecuada de los servicios mínimos podrá acarrear su asunción por las Diputaciones. Por último, no resultará cómodo para regidores y personal afectado, asistir al funeral de numerosos Consorcios, entes inframunicipales, sociedades y fundaciones municipales que con la futura Ley pasan «a extinguir».

Lo malo viene en un triple frente. Por un lado, el rechazo a la supresión de las Diputaciones Provinciales pese a lo sencillo que sería que asumir su labor por las Comunidades Autónomas, avalado por la exitosa subrogación plena operada en las uniprovinciales, sin mengua de eficacia y con sustancial ahorro. En cambio, el Anteproyecto se esfuerza por vestirlas competencialmente haciendo bueno aquello de «el órgano crea la función».

Por otro lado, resulta traumático e injusto que entes locales en ruina y sujetos a planes económico-financieros o de ajuste, pese a contar con una corporación renovada salida de las urnas, e inocente del desastre, no podrán acometer iniciativas económicas ni crear entidades instrumentales aunque puedan suponer la salida del túnel.

Por último, la referencia a las responsabilidades personales de los capitanes del buque local brilla por su ausencia, aunque es muy posible que la vuelta de tuerca en este aspecto la dará la futura Ley de Transparencia con su coletilla del cese de cargos locales manirrotos.

En suma, el Anteproyecto sienta a la diestra a las entidades financieramente saneadas y a la siniestra a las que no lo son, cumpliendo con la vieja regla bíblica de San Mateo: «Porque al que tiene le será dado, y al que no tiene, aun lo que tiene le será quitado».

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