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28/03/2024. 11:33:26

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¿Qué es un dron y qué puedo hacer con él? Límites legales y aspectos básicos de los vuelos de RPA

abogado de Sanahuja & Miranda

Desde hace un tiempo se han puesto muy de moda los llamados drones por su infinidad de funciones civiles así como por su inmediatez y espectacularidad. La aparición de éstos nos hace pensar en la seguridad jurídica y en los riesgos que conlleva el vuelo con dron. Aquí tratamos algunas cuestiones básicas al respecto.

Dron volando

En la actualidad es un negocio que mueve miles de millones de euros y que su implantación en España está siendo muy pronunciada si bien está pendiente de una regulación definitiva que disipe todas las dudas que el Sector tiene en la actualidad.

Consecuentemente con las miles de aplicaciones civiles que el propio Dron puede aportar a la sociedad, los mayores interesados en una seguridad jurídica son tanto los operadores profesionales como los particulares que tienen como hobbie volar con Drones. 

Como asesores legales expertos en Responsabilidad Civil y derecho de daños valoramos la importancia de los drones con gran interés por cuanto no sólo son una realidad social sino que son, ya, una auténtica necesidad y; tratándose de un aspecto de semejante actualidad e importancia nos hemos visto obligados a efectuar la presente serie de Posts al respecto.

FAQ – CUESTIONES BÁSICAS:

1. Tengo un Dron. ¿Qué es? DRON = RPA

Lo que comúnmente se llama DRON –aeronave civil pilotada por control remoto-, técnicamente se define como RPA,  "Remotely Piloted Aircraft"  por sus siglas en inglés.  

2. Regulación de los Drones. ¿Puedo volar cómo y dónde quiera?

En contra de lo que pueda parecer en un primer momento, los drones no son juguetes sino aeronaves tripuladas por control remoto y tienen que tratarse con mucha responsabilidad y prudencia, motivo por el que debe estarse a la regulación (provisional) existente en estos momentos para evitar actuar ilegalmente.

No se puede volar cómo y dónde se quiera por cuanto en vuelos efectuados en el espacio aéreo la jurisdicción competente es AESA -y deben respetarse sus procedimientos y requisitos para poder volar con seguridad, lo que requiere tener registrada la operadora titular del Dron, suscrito un seguro de Responsabilidad Civil así como el correspondiente título de Piloto de Dron, entre otras cuestiones.

Por el contrario, cuando estemos ante vuelos que se realicen en recintos completamente cerrados, la jurisdicción ya no es de AESA y podrá realizarse sin sus requisitos imperativamente.

Regulación provisional actual (BOE 17/10/2014, Sección 6ª, Aeronaves civiles pilotadas por control remoto):

Como se ha apuntado, estamos ante una regulación Provisional, a la espera de la definitiva que, parece ser, se publicará antes de finales de año.

3. ¿Qué puedo hacer con mi Dron actualmente?

Como hemos visto, en recintos cerrados, con el cumplimiento de las exigencias del titular del recinto y las de seguridad mínimas, estaríamos ante un vuelo de acuerdo a derecho (debiéndose cumplir los requisitos intrínsicos de la constitución de la operadora, seguridad del Dron, requisitos del piloto, constitución de Póliza de Responsabilidad Civil, etc.).

¿Qué pasa en zonas al aire libre?

Con la regulación Provisional se permite únicamente el uso de Drones sobre ZONAS NO HABITADAS, y, por ahora no está permitido su uso en ciudades o núcleos urbanos al aire libre.

Es un aspecto básico a respetar puesto que si bien AESA no está actuando de oficio, las multas y sanciones por la infracción de dicha norma principal pueden acarrear importantes cuantías cuya responsabilidad es objetiva y recae frente el piloto del Dron y la Aerolínea/Titular del mismo.

Siguiendo con ello, resulta más que contradictorio que los propios Consistorios Municipales y Ayuntamientos suscriban los servicios de grabación aérea mediante Dron de fiestas populares y festejos aún y a sabiendas que incurren en infracción legal clara; en caso de accidente, observamos una evidente responsabilidad civil subsidiaria.

Estas son algunas de las claves de nuestra actual legislación en materia de Aeronaves Tripuladas a Control Remoto y que vendremos exponiendo en ulteriores Posts del Blog y que esperamos poder concretar con mayor claridad una vez exista una regulación definitiva al respecto. 

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