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19/04/2024. 08:26:35

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Novedades en materia de residuos y plásticos no reciclables

El Consejo de Ministros aprobó, el pasado martes 2 de junio, el anteproyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados, iniciándose, en tal fecha, el trámite de información pública, que se prevé de altísima participación dado el elevado número de afectados por la amplitud y diversidad de sus disposiciones.

Residuos

El anteproyecto transpone dos de las principales Directivas comunitarias de la Estrategia de Economía Circular: la Directiva 2018/851 marco de residuos, y la Directiva 2019/904 relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente, más conocida como directiva SUP, Single-Use Plastics.

En este contexto, el anteproyecto introduce nuevas exigencias para la transición hacia una economía circular en materia de residuos, penalizando el producir-consumir-tirar, y priorizando la prevención, reutilización, reparación, y el reciclado.

En sus disposiciones iniciales, se revisan e incluyen nuevos conceptos que reproducen, en su mayor parte de forma literal, las definiciones de las directivas que se transponen, fundamentalmente las referentes al plástico.

Además se detallan nuevos objetivos de reducción en la generación de residuos tomando como referencia los producidos en 2010: (en 2020, un 10%; en 2025, un 13%; y en 2030, un 15%.

A su vez, como medidas de reducción, el anteproyecto señala, la de los residuos alimentarios, fomentando la donación de alimentos; la prohibición de la destrucción de excedentes no perecedero a partir de julio 2021—textiles, juguetes, o aparatos eléctricos—; o la eliminación, por las Administraciones públicas, en sus dependencias, del consumo de agua embotellada en envases no reciclables.

Se invita, que no se obliga, al sector de la hostelería y restauración a tal proceder, ofreciendo, en la medida de lo posible, agua potable a sus clientes, quienes decidirán por supuesto qué agua quieren consumir.

En relación con la producción de residuos, rige el principio de libertad de gestión de los residuos por parte de su productor, partiendo de que los residuos generados por los hogares serán tratados por los ayuntamientos. Mayor conflictividad se puede avecinar respecto a los producidos por comercios y servicios, en la medida que el anteproyecto mantiene la diferenciación entre los asimilables a domésticos y los propiamente derivados de su actividad comercial e industrial, sin establecer de nuevo criterios claros de diferenciación cuando la naturaleza del residuo no permita tal diferenciación (papel, vidrio o cartón). A tal efecto, el criterio de la cantidad de residuo generada, incluido por Francia y Portugal, resulta sumamente esclarecedor.

Igualmente, se refuerzan las obligaciones del sistema de responsabilidad ampliada del productor, y se anuncia la exigencia de su implantación, a medio plazo, para nuevos flujos de residuo, por ejemplo, para determinados productos de plástico.

A su vez, el anteproyecto también impone, a las Entidades locales, la recogida separada de nuevos flujos de residuos municipales—textiles, domésticos peligrosos, o aceites de cocina usados—, en diferentes fechas—por ejemplo, para residuos textiles antes del 31/12/2024—. En total se prevé aumentar la recogida y el reciclado de las basuras municipales un 86% desde el nivel actual hasta el año 2035.

En relación con los productos de plástico, el anteproyecto anuncia, siendo una de las medidas más polémica de la directiva SUP, la prohibición de comercializar, a partir del 3 de julio de 2021, determinados productos de plásticos—bastoncillos de algodón, salvo sanitarios; cubiertos —tenedores, cuchillos, cucharas, palillos—; platos, pajitas y agitadores de bebidas; o recipientes y vasos—. Además, la reducción gradual del consumo de los vasos y recipientes de bebidas y alimentos destinados al consumo inmediato, in situ o para llevar. A partir del 1 de enero de 2023 se cobrará un precio por los mismos. Igualmente, recoge requisitos de diseño, marcado y medidas de concienciación sobre el uso responsable de tales productos.

Finalmente, el Gobierno ha anunciado la creación de un nuevo impuesto sobre los envases de plásticos de un solo uso. Se señala su carácter indirecto, los sujetos pasivos—fabricantes, importadores o adquirientes intracomunitarios—, y su importe, 0,45 €/kg envase, avanzándonos, a modo de disculpa, que es similar al que plantean otros países europeos como Reino Unido o Italia. No obstante, de los 27 Estados de la UE, solo esos dos estados han iniciado la tramitación de impuesto similar. Parece que España sigue el modelo italiano. En Reino Unido, la propuesta es más soft, al fijarse su importe en 0,20 libras/kg, y dejar fuera a pequeños fabricantes (<10t/año).

 

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