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28/03/2024. 21:13:44

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La guerra de Kukuxumusu

asociado en Business & Law

Cuando a penas faltaban unos días para el inicio de las fiestas de San Fermín, el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Pamplona sacó a la luz una resolución que afectaba directamente a los dibujos que en los últimos años más se han relacionado con las fiestas pamplonesas. Hablamos de las imágenes de la marca Kukuxumusu creadas por Mikel Urmeneta.

Un mozo en sanfermines con la careta del toro de Kukusumusu

Así es. En su día el dibujante cedió los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación de alguno de sus dibujos a Kukuxumusu conservando únicamente el derecho moral de paternidad. Tiempo después, Urmeneta creó su propia marca, Katuki Saguyaki, en la que lógicamente empleó el mismo estilo que en Kukuxumusu. Por este motivo, y dado el parecido entre los dibujos de una marca y otra, el propietario mayoritario de Kukuxumusu, Ricardo Bermejo, interpuso una demanda contra Urmeneta por considerar que estaba vulnerando el acuerdo de cesión de derechos de propiedad intelectual al existir un parecido más que razonable entre los dibujos de ambas marcas y por tanto estar transgrediéndose el derecho de transformación adquirido por la empresa.

Previamente se solicitó que se adoptasen una serie de medidas cautelares lo cual dio lugar a la resolución que comentamos. La juez del juzgado que conoce del asunto resolvió que debían ser retirados del mercado todos los productos que pudieran estar relacionados con el Universo Kukuxumusu y que se estuviesen vendiendo a través de Katuki Saguyaki. Además, se impuso una caución de 10.000 euros a Urmeneta. Habrá que ver en qué termina todo esto, ya que, como decía, esta resolución se enmarca en el ámbito de las medidas cautelares que preceden al pleito principal por lo que aún está todo por verse.

Vaya por delante que, en mi opinión, es acertada a decisión de la juez que ha dictado el Auto. Se trata de un asunto de una gran complejidad ya que el fondo del asunto de  este pleito es dilucidar si las nuevas creaciones de Urmeneta son originales o si, por el contrario, son copias o transformaciones de las que cedió a Kukuxumusu por lo que estaría vulnerando el contrato firmado con ésta.

De hecho, este problema podría ir incluso más allá del pleito que nos ocupa, ya que se puede llegar a generar un conflicto en materia de marcas (de momento no es el caso) puesto que al tratarse del mismo dibujante, los dibujos son muy similares y, por lo tanto, se podría crear confusión en el consumidor de Kukuxumusu y Katuki Saguyaki, que se vería en el brete de tener que distinguir los productos de una marca de los de la otra.

Sobre el proceso de propiedad intelectual, Kukuxumusu tiene todas las de ganar ya que los dibujos de Katuki Saguyaki poseen poca originalidad con respecto a los de la primera hasta el punto de que se incurre en una palpable confusión ambos estilos. Finalizado el litigio, lo realmente interesante es saber qué hará Urmeneta con sus dibujos, puesto que todo apunta a que dibuje lo que dibuje siempre recordará a Kukuxumusu.

Es curioso ver cómo el propietario de una marca tiene que defender los dibujos que dan fama a sus productos de su propio creador, del mismo modo que llama la atención cómo el dibujante se convirtió en víctima de su singular estilo cuando firmó el contrato de cesión de derechos.

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