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Patent box: el incentivo a la I+D para las empresas españolas

Director de Desarrollo e Innovación de Clarke, Modet & Cº España

Según un reciente estudio del Ministerio de Economía y Competitividad (MINECO), en España el 64% de las empresas opta por las deducciones fiscales para financiar sus actividades de I+D+i, y un 47% de las empresas asocia un incremento de la actividad innovadora gracias a la aplicación de este incentivo.

Un pez saltando de una pecera a otra mayor

En los últimos años la crisis económica ha motivado una disminución de las ayudas públicas directas, haciendo que las ayudas indirectas adquieran un enorme protagonismo. Entre estas ayudas está cobrando especial protagonismo el incentivo a la explotación de activos intangibles conocido como "Patent Box".

Esta medida, que entró en vigor en España el 1 de enero de 2008, tiene como objeto fomentar la creación, protección y, sobre todo, la explotación de aquellos activos intangibles que supongan una innovación para la empresa, incluyendo patentes y modelos de utilidad, diseños o Know How técnico y comercial. La aplicación del Patent Box contempla una minoración de la base imponible por el importe del 50% de los ingresos brutos derivados de la cesión de uso de estos activos intangibles, hasta un límite de 6 veces el coste de generación de los activos intangibles.

Esto supone un incentivo que puede llegar a ser muy cuantioso para las empresas, que pueden alcanzar un grado de financiación con fondos públicos de hasta el 90% del coste de generación de su producto o servicio innovador, siempre que este sea explotado efectivamente.

Sin embargo, a pesar del elevado potencial de ahorro, su aplicación ha generado inicialmente importantes dudas de interpretación, ante la diversidad de la casuística empresarial existente en nuestro país, lo que ha hecho que pocas empresas se estén beneficiando de él en la actualidad.

Estado de Avance y Perspectivas Futuras

Se puede trazar un claro paralelismo entre la situación de este novedoso incentivo y la evolución que tuvo en el pasado el uso de las deducciones fiscales a la I+D+i. Según los datos de MINECO, de las empresas que declaran realizar actividades de I+D+i y aplicar deducciones fiscales en España, sólo un 20% lo viene haciendo desde la aprobación de la normativa actual en 1995, mientras que un 36% lo hace desde más de 5 años, particularmente desde que apareció la certificación UNE 166001 en 2003 y se habilitaron los informes motivados para actividades de I+D+i en 2004. El 44% restante aplican las deducciones desde hace menos de 5 años, lo que refleja un incremento importante de la utilización de las deducciones fiscales a la I+D+i en los últimos años.

Uno de los principales factores de este crecimiento se encuentra sin duda en la buena acogida del sistema de aplicación de las deducciones fiscales por parte de las empresas. La obtención del Informe Motivado, expedido por el MINECO con carácter vinculante para la Administración Tributaria, da a las empresas seguridad jurídica en el momento de solicitar un incentivo fiscal para sus actividades de I+D+i, particularmente cuando se centran en aspectos a veces tan difusos como "investigación" e "innovación".

La misma senda de las deducciones fiscales a la I+D+i a principios de la década pasada la está siguiendo ahora incentivo "Patent Box". Ya un 88% de las empresas innovadoras españolas reclama la implantación de algún instrumento que aporte seguridad jurídica a su aplicación, tal y como ya sucede con el Informe Motivado en el ámbito de las deducciones fiscales. Es preciso notar que, en este sentido, se han promovido varias iniciativas desde el año 2010, entre las que cabe destacar dos:

  1. La constitución de un grupo de trabajo en el MINECO para estudiar la adopción de medidas legislativas necesarias para regular un sistema a través del cual sea posible la obtención de informes motivados que certifiquen la actividad de explotación del intangible;
  2. La normalización del proceso de transferencia de tecnología, que ha dado lugar a la Norma UNE 166008 recientemente publicada y presentada por AENOR. La UNE 166008 es una norma de ámbito español que proporciona un modelo para llevar a la práctica la transferencia de tecnología, describiendo cómo identificar o proteger los activos intangibles innovadores, determinar su valor razonable y formalizar el proceso de transmisión o licencia.

Adicionalmente, con el fin de probar que la Norma UNE 166008 es un mecanismo de referencia para la aplicación del "Patent Box", AENOR ha promovido varios proyectos pilotos con distintas empresas para evaluar su efectividad. En ellos han intervenido entidades especialistas en fiscalidad de I+D+i y expertos en la identificación y valoración de activos intangibles, y se llevaron a cabo fundamentalmente entre junio y septiembre de 2012. Los resultados han servido para testear y poner a prueba la capacidad de las grandes empresas para aplicar el incentivo, así como los principales obstáculos a los que se tienen que enfrentar en el proceso de aplicación.

El Patent Box a Nivel Internacional

España no está sola en la implantación de un sistema Patent Box. Existen en la actualidad 8 países en el mundo con sistemas de incentivos fiscales que favorecen la comercialización de los resultados de la innovación: Bélgica, China, España, Francia, Holanda, Irlanda, Luxemburgo y Suiza. Irlanda fue el primer país en desarrollar un Patent Box en 1973, pero las demás naciones han adoptado estos sistemas recientemente, principalmente a partir de 2005. En 2013 se unirá un nuevo país al grupo, Reino Unido, donde entrará en vigor la política Patent Box en marzo de este año.

En todos los casos, las políticas de Patent Box permiten tributar con una tasa impositiva menor a aquellos beneficios procedentes de la explotación de activos innovadores. Se diferencia por lo tanto de otras políticas fiscales a la I+D+i como son las deducciones en que no fomentan tanto la realización de actividades de I+D+i como la comercialización de la innovación propiamente dicha.

Existen sin embargo numerosas divergencias entre los distintos sistemas implantados, particularmente en los siguientes aspectos:

  • Activos considerados: como es de esperar, en todos los países las patentes son considerados activos "incentivables", es decir, que pueden beneficiarse del incentivo, pero algunos países como China, Irlanda, Luxemburgo, Suiza o la propia España también consideran deducibles los ingresos provenientes de diseños, know-how técnico y comercial, copyrights o incluso en algunos casos marcas;
  • Activos adquiridos: otro aspecto de divergencia es como son tratados los activos de Propiedad Industrial e Intelectual adquiridos a terceros y no directamente generados en el seno de la empresa. Mientras que la mayor parte de los sistemas permiten que estos activos también se beneficien de los incentivos, independientemente de su origen, en España y en Holanda se limita el incentivo únicamente a aquellos activos desarrollados internamente;
  • Tasa impositiva: el sistema de aplicación varía mucho entre países, desde tasas impositivas reducidas de entre el 0% (China) y el 15% (Francia), a la reducción de la base imponible entre un 50% (España) y un 80% (Bélgica y Luxemburgo);
  • Limitaciones: algunos países establecen alguna limitación a la aplicación del incentivo, desde los 5 millones de euros de Irlanda, a las 6 veces el coste de desarrollo de España o los 5 millones de RMB de China, limite a partir del cual los ingresos procedentes de la innovación pasan a tributar al 50% de la tasa impositiva habitual.

De esta manera, en comparación con los restantes sistemas, la política española de Patent Box es limitada en algunos aspectos (activos adquiridos, tasa impositiva y limitaciones), pero amplia en otros (activos considerados).

Aunque los efectos a largo plazo de estas medidas son difíciles de medir debido a lo relativamente reciente de las mismas, los beneficios fundamentales del Patent Box son claros:

  • Reduce los riesgos financieros relacionados con la innovación: de esta manera, se incentiva precisamente a aquellas empresas que aportan un alto valor a la sociedad, fundamentalmente mediante la creación de nuevos puestos de trabajo de alto valor añadido;
  • Ofrece un entorno fiscal atractivo a las empresas innovadoras internacionales: en un entorno donde el talento y las infraestructuras necesarias para la innovación están cada vez más repartidas, la política fiscal es esencial para atraer mayor inversión extranjera en I+D+i.

Tanto es así que algunas de las economías más avanzadas del planeta como EE.UU. y Alemania ya han anunciado recientemente que están estudiando la implantación de medidas similares, con el fin de no perder competitividad.

Hacia una Mayor Competitividad

En general, un sistema fiscal efectivo es aquel que refleja las realidades actuales de economía de un país. Y es bien conocido que, en la economía globalizada actual, la I+D+i y la innovación son elementos cada vez más importantes para permitir el éxito económico a largo plazo de una nación. Esto es particularmente cierto en el caso de países desarrollados, que deben competir con algo más que bajos costes de producción. Además, la innovación genera a largo plazo mayor productividad y mayores salarios, así como mayores tasas de exportación.

Este es precisamente el grave problema al que se enfrenta actualmente la economía española, su relativa falta de competitividad internacional. En la última década, ha existido un crecimiento notable del gasto de I+D+i en España, tanto público como privado. Sin embargo, la I+D+i es una condición necesaria pero no suficiente para lograr mejorar nuestra competitividad. Es precisamente la comercialización efectiva de la innovación lo que relaciona la I+D+i con el crecimiento económico, y es una de las principales asignaturas pendientes de nuestra economía.

Es indudable que una implantación efectiva conllevará cierta reducción de ingresos fiscales a corto plazo debido a la menor tasa fiscal efectiva de las empresas innovadoras, pero esta caída se verá en parte compensada al aflorar relaciones de cesión de tecnología efectiva entre empresas nacionales y filiales en el extranjero cuyos rendimientos no tributaban hasta la fecha en España al no encontrarse formalizadas dichas relaciones.

Si deseamos que la economía española vuelva a la senda del crecimiento de una manera sostenida y sea capaz de atraer nuevos negocios de base tecnológica, debemos contar con incentivos fiscales que promuevan tanto la generación de nueva investigación como, sobre todo, la comercialización de los resultados obtenidos. Desde un punto de vista legislativo, ya se han asentado las bases para ello a través de la medida Patent Box, pero la falta de claridad y la inseguridad jurídica a la que se enfrentan las empresas a la hora de utilizar el incentivo ha lastrado por ahora su aplicación efectiva.

Las iniciativas realizadas hasta la fecha suponen un importante avance, pero todavía es necesario potenciar más el desarrollo de las medidas adecuadas para facilitar la implantación el "Patent Box", pues puede suponer un elemento crucial para la competitividad de nuestro país a largo plazo. Herramientas como los informes motivados, así como la realización de programas piloto en los que participen no sólo las grandes empresas, sino también las medianas y las PYMES, favorecerán la adopción real de esta medida y, por ende, la mejora de la competitividad española.

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