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19/04/2024. 03:42:59

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El Instituto Nacional de Tecnologías de la Información (INTECO) se enfrenta a una multa de entre 40.001 y 300.000 euros

abogada y directora Jurídica de ePrivacidad

La violación de seguridad ocurrida en los sistemas del Instituto Nacional de Tecnologías de la Información (INTECO) podría saldarse con una multa de entre 40001 y 300000 euros por vulnerar el artículo 9 de la Ley Orgánica de Protección de Datos.

En la pantalla de ordenador portatil, una caja fuerta abierta

La normativa sobre protección de datos es muy clara al respecto en materia de seguridad de la información, considerando como "grave" el mantener los ficheros con datos personales sin las necesarias medidas de seguridad, así se consagra en el artículo 9 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), artículo que viene denominándose "principio de seguridad de los datos" que impone la obligación, en este caso a INTECO, de adoptar las medidas de índole técnica y organizativa que garanticen la seguridad de los datos, teniendo tales medidas la finalidad de evitar el acceso no  autorizado a los datos por terceros, no bastando además la simple adopción de cualquier medida ya que como ha señalado la Audiencia Nacional deben ser las necesarias para garantizar los objetivos fijados en el precepto y que éstas se instauren y pongan en práctica de manera efectiva.

Es evidente que si se ha filtrado en Internet un fichero informático con algo más de 20000 registros con datos de carácter personal, las medidas de seguridad adoptadas por el INTECO no alcanzan ese mínimo exigido por la Ley, que impone una obligación de resultado: evitar accesos no autorizados.

Vulnerar este precepto, como se ha indicado, se considera una infracción grave cuya sanción de multa oscila entre 40001 y 300000 euros.

Hasta la fecha, la sanción más alta impuesta por la Agencia Española de Protección de Datos en temas relativos a la seguridad de la información le corresponde a la productora de televisión de Gran Hermano, habiendo sido sancionada hace unos años con una multa ligeramente superior al millón de euros.

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