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20/04/2024. 00:07:57

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Cómo conseguir una pensión de incapacidad

Si una persona sufre lesiones, limitaciones orgánicas o funcionales y la repercusión de éstas le afecta en el trabajo hasta el punto de no poder realizarlo con un mínimo de profesionalidad, dignidad, continuidad y eficacia, debe ser protegida con una prestación. En Tribunal Médico estamos especializados en materia de incapacidades permanentes de la Seguridad Social, así como en la valoración general de lesiones y sus consecuencias jurídicas. Si una persona ve mermados sus derechos en este sentido, o no sabe cómo encararlos desde el inicio, debe luchar por conseguirlos porque la ley le ampara si realmente está en situación de que le reconozcan oficialmente una invalidez.

Dibujo de un muñeco con dolor de espalda

La pensión de incapacidad permanente de la Seguridad Social trata de cubrir la pérdida de rentas que sufre una persona cuando está afectada por una enfermedad o ha sufrido un accidente que le reduce o anula su capacidad laboral -muchas veces de forma definitiva-. Pero en ocasiones esta institución deniega este tipo de solicitudes alegando que no hay pruebas suficientes de que la dolencia incapacite a un trabajador (antes activo) a seguir desarrollando correctamente su empleo. En esta línea, el propio Tribunal Superior de Justicia -y otros juzgados- se han pronunciado repetidas veces en contra de dichas resoluciones del INSS y dando la razón al demandante que ha reclamado ante la justicia, ya que se puede demostrar que sí se dan los requisitos necesarios.

Por definición, se considera incapacidad permanente aquella situación de un trabajador en la que, después de haber estado sometido a un tratamiento médico prescrito y de haber sido dado de alta, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, que disminuyen o anulan su capacidad laboral. En Tribunal Médico, como centro médico-jurídico que atiende esta clase de necesidades, hemos vivido de primera mano estos casos con nuestros pacientes y clientes, reclamando judicialmente el derecho a su calidad de vida. Cuando estas personas llegan a nosotros suelen sentirse desamparadas pero con la suficiente fuerza y valentía para pedirnos que les ayudemos a conseguir lo que les han negado -o que no han hecho aún la gestión porque no saben cómo enfrentarse a ella-. Pero, ¿cómo comenzar este proceso? Veamos los procedimientos tanto para particulares como para empresas.

Enfermos, lesionados o incapacitados

Las personas que quieran solicitar una incapacidad al INSS, o un grado de invalidez al gobierno de su Comunidad Autónoma -según el caso se ha de acudir a una u otra entidad- tiene dos opciones iniciales. Puede ocurrir que desee comenzar el proceso personalmente, y puede hacerlo cumplimentando el formulario correspondiente (y aportando la documentación necesaria) en cualquiera de los centros de atención e información de la Seguridad Social. El equipo de valoración de incapacidades -EVI- hará un dictamen, en el cual se basará la resolución final de la Dirección Provincial del INSS. En caso de concederse la incapacidad, se informará al interesado del  grado de la misma, de la cuantía de la prestación económica, y de cuándo debe revisarla para evaluar su permanencia tanto si hay mejoría como si hay un empeoramiento del estado de salud. Pero si la persona, por distintas razones, no se vé preparado para iniciar dicho camino solo, puede pedir ayuda a una empresa especializada en esta materia.

En esta segunda opción, que es la que ofrecemos en Tribunal Médico, será atendido por un asesor y, a continuación, por un equipo médico independiente que le realiza un estudio, además de analizar los informes médicos aportados por el paciente. Con todo ello se comunica la conclusión al afectado, estudiando con él las posibles opciones, el grado de incapacidad que se aconseja solicitar, las posibilidades de éxito, qué pensión puede conseguir, etc. Si en ese momento la persona decide llevarlo adelante, comienza la gestión ante la institución que proceda en manos de juristas con experiencia en el campo. El individuo deja aquí su caso en manos de éstos y evita una implicación en primera persona que, por otra parte y debido a la complejidad de estos asuntos, podría incluso perjudicar su salud psicológica por las largas esperas e incertidumbres a la hora de actuar si por ejemplo el INSS durante su estudio va pidiendo más documentación para poder resolver el caso.

Sin embargo, si ya se ha pasado por todo esa experiencia y finalmente se ha denegado la solicitud de invalidez pedida, es hora de recurrir a los tribunales. Y nunca solo. Es preciso contratar los servicios de especialistas. El procedimiento inicial es el mismo (valoración y conclusión jurídica y médica), tras el cual la persona reclamará sus derechos ante la justicia con la intermediación de los profesionales que ha contratado. En Tribunal Médico opinamos que los derechos deben ser la meta de este tipo de centros, como el nuestro.

De este modo,se puede obtener alguna de las tipologías de incapacidades actuales: permanente parcial para la profesión habitual (una disminución reconocida pero que no impide al empleado a realizar sus tareas, aunque la empresa se ha de adaptar a sus necesidades y ponerle las facilidades que necesite); permanente total para la profesión habitual (que sí inhabilita al trabajador para su trabajo actual, pero pueda dedicarse a otro distinto); permanente absoluta para todo trabajo (la que incapacita por completo al trabajador para todo oficio) o gran invalidez (cuando además de no poder desarrollar ningún trabajo también precisa de la asistencia de una tercera persona para la rutina básica diaria). Cada uno de estos grados dará derecho a la correspondiente prestación económica.

También puede suceder que una persona, ya declarada inválida, desee y necesite aumentar su grado de incapacidad reconocido. Un aumento de este tipo no es sólo una cifra, sino que supone beneficios especiales que son necesarios para la calidad de vida de la persona (tener por ejemplo  una minusvalía mayor del 65% implica, entre otros, un incremento de la pensión cobrada, una prestación por hijos a cargo mayores de edad, deducciones en transporte público y a la posibilidad de jubilarse anticipadamente.)

Bajas médicas en las empresas

Aparte de la situación particular de cada uno, a día de hoy, las incapacidades inciden en otro aspecto crucial: el absentismo laboral. Éste incide negativamente en la organización y  la productividad  de las empresas, siendo la mayor causa de falta de competitividad y ocasionando significativos aumentos de los costes laborales. Por este motivo, las empresas privadas deberían revisar los expedientes de las bajas de sus empleados para comprobar si, efectivamente, estos se encuentran en situación de recibir una pensión pública por invalidez, y de este modo "sanear" la compañía y paliar una realidad que perjudica a la empresa impidiendo la rotación de empleo y posibles nuevas contrataciones. Se trata de un beneficio para ambas partes. El trabajador queda protegido mientras la empresa ya no se hace cargo económicamente, si realmente está en situación de que le reconozcan oficialmente la invalidez.

Para este fin, se han de estudiar los informes médicos, la asistencia al trabajo y hacer un seguimiento de la incapacidad, y por supuesto del trámite de las pensiones de incapacidad permanente, tal como hacemos en Tribunal Médico. Por nuestra experiencia, podemos asegurar que cada vez son más las firmas que externalizan este tipo de gestiones de una parte de su departamento a una corporación como la nuestra. No obstante, aún queda un largo camino por recorrer ya que el absentismo laboral supone cada año unos costes de 4.503 millones de euros a las empresas por el abono de los días en que esas personas aún están de baja en la empresa, según se observa en el V Informe Adecco sobre Absentismo. La realidad es que un millón de trabajadores no acuden a su puesto de trabajo cada día en nuestro país, según los estudios. En este tipo de situaciones encontramos por tanto las necesidades de los empresarios y, por otro, las de los trabajadores, donde la clave es hallar el punto de equilibrio para satisfacer ambas partes.

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