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28/03/2024. 21:01:25

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Economías colaborativas

Asociado Senior Departamento Laboral
DA LAWYERS

“Hay una regla para el empresario y es: hacer los productos con la mayor calidad posible al menor coste y pagando unos sueldos lo más altos posibles» Henry Ford

Economía

Vuelve a ser objeto de debate la figura del falso autónomo, a raíz de la expansión de las nuevas formas de negocio, llamadas todas ellas "economía colaborativa" pero que en realidad es una traducción del concepto anglosajón "sharing economy" y que abarca tres áreas distintas: i) economía colaborativa, entendida como aquella que funciona como intermediaria entre oferta y demanda de recursos o bienes como son, Wallapop y Airbnb; ii) economía bajo demanda, en donde hay una intermediación pero previa solicitud o necesidad de un usuario, que son las más habituales como Uber y Glovo; iii) economía de acceso, donde no hay intermediación sino una prestación de un servicio, como puede ser Car2go.

La primera y la tercera variante del "sharing economy", no está dando lugar a problemas en materia laboral, puesto que ambas economías no sustentan sus éxitos económicos y beneficios en la mano de obra, sino en el servicio que se pone a disposición del usuario, véase el coche que se alquila para el desplazamiento, o bien, en la intermediación entre un vendedor y un comprador a través de una plataforma online.

El problema surge porque la economía colaborativa sustenta sus beneficios en la mano de obra, que además tiene que ser numerosa y efectiva, puesto que hay mucha competencia, y para que una empresa sea elegida por el usuario frente a otra, la elegida debe ser más rápida y eficiente, ya que la competencia no puede estar en el precio, debido a que los precios del servicio, en todas estas economías son muy reducidos, es decir, el beneficio de estas economías está únicamente basado en hacer el mayor número de "servicios o pedidos" y para hacerlo, su único soporte es la mano de obra que ejecuta el trabajo.

Conviene hacer una reflexión que a mi juicio a veces se obvia y creo que resulta esencial, lo que han hecho la mayoría de estos modelos económicos no es crear algo nuevo, sino adaptar lo existente a la era digital. La plataforma Wallapop no es algo novedoso, es actualizar a un nivel online lo que antes se hacía en papel, publicando un anuncio en Segundamano. Del mismo modo, siempre han existido repartidores de comida a domicilio, pongamos por ejemplo, de pizza y las condiciones laborales de esos repartidores eran idénticas a los que aplican las nuevas versiones de este servicio, es decir, contratación como personal autónomo.

¿Por qué es noticia ahora?

La novedad radica en que estas nuevas formas de negocio se han extendido rapidísimamente y las necesidades de los usuarios cada vez abarcan más aspectos de la vida ordinaria debido a la falta de tiempo y la digitalización absoluta en la que vivimos, pero eso no quiere decir que la figura laboral empleada para hacer frente a estos servicios, es decir, el trabajador autónomo, sea un fraude. El problema de estas actividades se encuentra en cómo se remunera ese servicio y las condiciones en las que se presta, y no es conveniente que nos hagamos trampas en la baraja, no es garantía de mejora de esas condiciones, que la relación laboral sea por cuenta ajena.

La Inspección de Trabajo tiene instrucciones claras: declarar, por cuenta ajena, todas las relaciones laborales vinculadas a estas economías colaborativas, y para ello inició una campaña a nivel nacional en diciembre de 2017. Ante estas inspecciones se han pronunciado las empresas, exponiendo que no son el modelo de empleador que contempla el Estatuto de los Trabajadores, y por lo tanto, la obligación de convertir a los autónomos en trabajadores, haría dar un giro de 360º a su actividad.

El Ministerio de Empleo no se ha pronunciado de forma clara, más allá de alegar que supervisará a aquellas plataformas que lleven a cabo prácticas en contra el "trabajo estable", resultando llamativo que el propio Ministerio de Empleo no considere a los autónomos como una forma de trabajo estable, cuando es uno de los motores de la economía española.

La Ley de reforma urgente de los trabajadores autónomos, que ha entrado en vigor en su totalidad el pasado enero, pone de manifiesto lo poco de reforma que ha tenido, estando lejos de fomentar y solucionar las discriminaciones que estos trabajadores tienen en materias tan importantes como desempleo, incapacidades y jubilación.

Sancionar a las economías colaborativas y no entender los nuevos modelos de negocio, que al final son los que crean empleo y fomentan la mejora en la economía, no es la solución para gestionar una realidad que es la desigualdad y trabas que implica ser un trabajador autónomo. Y quizás, si se regulara a fondo esta figura, igualándola a los trabajadores por cuenta ajena, se evitaría en gran medida su uso fraudulento. Es evidente que es un tema mucho más extenso y complejo que lo que da de sí este artículo, pero es importante que reflexionemos viendo todas las caras del prisma.

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